ORDENANZA N° 359-MSI - Regulan monto de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio 2014

EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Fecha de la disposición16 de Febrero de 2014
El Peruano
Domingo 16 de febrero de 2014
517124
Modifican Directiva de Acceso a
la Información Pública y Portal de
Transparencia de la Municipalidad,
aprobada mediante D.A. N° 023-2011-
MDJM
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 007-2014-MDJM
Jesús María, 31 de enero del 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
JESÚS MARIA
VISTOS, los Memoranda Nºs. 08 y 14-2014-MDJM-
GA/SGI del 17 y 23 de enero del 2014, respectivamente,
emitidos por la Sub Gerencia de Informática; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 023-2011-
MDJM de fecha 13 de diciembre del 2011 se aprobó la
Directiva de Acceso a la Información Pública y Portal
de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Jesús
María, a misma que se modif‌i có mediante Decretos de
Alcaldía Nº 010-2012-MDJM del 22 de junio del 2012 y
029-2013-MDJM del 08 de noviembre del 2013;
Que, mediante los memoranda de Vista, la Sub Gerencia
de Informática ref‌i ere que no es competencia de su unidad
orgánica administrar la información sobre las audiencias
públicas de rendición de cuentas y del proceso participativo;
Que, a f‌i n de encargar la responsabilidad del órgano que
administra dicha información y cumplir con lineamientos
para la implementación del Portal de Transparencia
Estándar en las Entidades de la Administración Pública,
resulta necesario asignar al área competente la remisión
de la información referida a las Audiencias señaladas.
Estando a las atribuciones conferidas por el Artículo
42º y el numeral 6 del Artículo 20º de la Ley Nº 27972
Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- MODIFICASE las f‌i las del cuadro
contenido en el inciso 27.1 del Artículo 27 de la Directiva de
Acceso a la Información Pública y Portal de Transparencia
de la Municipalidad de Jesús María aprobada mediante
Decreto de Alcaldía Nº 023-2011-MDJM de fecha 13 de
diciembre de 2011, el mismo que en Anexo adjunto forma
parte integrante del presente Decreto.
Artículo Segundo.- PUBLÍCASE el texto del presente
Decreto en el diario of‌i cial El Peruano; y, el íntegro del
Anexo a que se ref‌i ere el Artículo Primero en el Portal
Electrónico de la Municipalidad: www.munijesusmaria.gob.
pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas
– PSCE; www.psce.gob.pe
Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en
vigor a partir del 01 de febrero del 2014.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ENRIQUE OCROSPOMA PELLA
Alcalde
1051174-2
MUNICIPALIDAD DE
SAN ISIDRO
Regulan monto de emisión mecanizada
de actualización de valores, determinación
del tributo y distribución domiciliaria del
Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
del Ejercicio 2014
ORDENANZA Nº 359-MSI
San Isidro, 27 de noviembre de 2013
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO
POR CUANTO:
El CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO
Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 31 de la
fecha; y,
CONSIDERANDO:
Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía
política, económica, y administrativa en los asuntos de su
competencia, y les otorga la potestad tributaria para crear,
modif‌i car y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y
derechos municipales;
Que, en los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal
cumple la función normativa, de acuerdo a lo establecido
Que, del mismo modo el numeral 8) del artículo
establece que son atribuciones del Concejo Municipal
aprobar, modif‌i car o derogar las ordenanzas;
Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que mediante
Ordenanzas se crean, modif‌i can, suprimen o exoneran
los arbitrios, licencias, derechos y contribuciones dentro
de los límites establecidos por ley; señalando que las
Ordenanzas son normas de carácter general por medio
de las cuales se regula las materias en las que la
Municipalidad tiene competencia normativa;
Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único
Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado
municipalidades a cobrar por el servicio de emisión
mecanizada de actualización de valores, determinación
de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida
su distribución a domicilio, un monto no mayor al 0.4% de
la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de
cada ejercicio;
Que, la Gerencia de Administración y Finanzas,
remite el Informe Técnico respecto de la determinación
del costo de la Emisión Mecanizada de Carpetas para el
ejercicio 2014, sobre el cual la Gerencia de Administración
Tributaria ha remitido el proyecto normativo que f‌i ja la tasa
anual del servicio de emisión mecanizada para el año
2014, el mismo que ha sido elaborado en observancia
a los lineamientos estructurados por la Municipalidad
Metropolitana de Lima;
Que, existe la necesidad de establecer los montos
que deberán abonar los contribuyentes por concepto
de emisión mecanizada de actualización de valores,
determinación del tributo y distribución domiciliaria
del impuesto predial y arbitrios municipales para el
ejercicio 2014, que ref‌l ejen los resultados del costo
individual informado por la Gerencia de Administración
y Finanzas;
Que, a f‌i n de determinar el referido Derecho es
indispensable el aprobar los cuadros de estructura
de costos del servicio de emisión mecanizada de
actualización de valores, determinación de impuestos,
incluida su distribución a domicilio, así como la estimación
de ingresos por la prestación de dicho servicio a f‌i n de
establecer el monto que les corresponde abonar a los
contribuyentes por dicho concepto;
Que, conforme a lo antes expuesto resulta necesario
f‌i jar la tasa por concepto de emisión mecanizada de
actualización de valores, determinación del tributo y
distribución domiciliaria del impuesto predial y arbitrios
municipales para el ejercicio 2013, de acuerdo al costo
que demanda la prestación de este servicio para el
presente ejercicio f‌i scal;
Que, estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría
Jurídica en su Informe Nº 2186-2013-0400-GAJ/MSI;
Que, de acuerdo a lo expuesto y en uso de las
facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º
Nº 27972, el Concejo Municipal por MAYORÍA; con la
dispensa de un día del plazo establecido en el numeral
5) del artículo 16º del Reglamento Interno del Concejo y
con la dispensa del trámite de aprobación de Acta, aprobó
la siguiente:

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