ORDENANZA N° 425-MPL - Aprueban Ordenanza que regula la Tasa por Estacionamiento Vehicular en el distrito de Pueblo Libre

EmisorMUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Fecha de la disposición28 de Agosto de 2014
El Peruano
Jueves 28 de agosto de 2014 531163
que procede la ratif‌i cación solicitada por cumplir con las
Ordenanzas Nº 739 y Nº 1533 y las Directivas 001-006-
00000005 publicada el 16 de marzo de 2005 y N 001-006-
00000015 publicada el 30 de junio de 2011;
Que, la prestación del servicio se efectuará en 481
espacios de estacionamiento de lunes a sábado en el
horario establecido en el Anexo 4 de la Ordenanza N°
425-MPL, con la tasa de S/. 0.50 por 30 minutos y los
ingresos que la citada municipalidad ha proyectado
percibir f‌i nanciará el 98.98% de los costos del servicio y
la diferencia será cubierta con otros ingresos que perciba
la misma.
De acuerdo con lo opinado por el SAT, por la Gerencia
de Transporte Urbano en su Of‌i cio N° 1340-2014-MML-
GTU-SIT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos
Económicos y Organización en su Dictamen Nº 185-
2014-MML/CMAEO.
ACORDÓ:
Artículo Primero.- Ratif‌i car la Ordenanza Nº 425-
MPL, de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre que
establece la tasa por estacionamiento vehicular en zonas
urbanas de dicho Distrito, cuyo servicio se prestará en
481 espacios de estacionamiento de lunes a sábado en
el horario establecido en el Anexo 4 de la Ordenanza N°
425-MPL.
Artículo Segundo.- La ratif‌i cación se encuentra
condicionada al cumplimiento de la publicación del
presente Acuerdo ratif‌i catorio, así como del texto íntegro
de la Ordenanza Nº 425-MPL, y en especial de la última
versión de los Anexos que contienen los cuadros de
estructura de costos, de estimación de ingresos y la
cantidad de espacios habilitados de estacionamiento
vehicular, respectivamente, por lo que su aplicación sin el
cumplimiento de dichas condiciones, es responsabilidad
exclusiva de los funcionarios de la citada Municipalidad
Distrital.
Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de
publicación, el Servicio de Administración Tributaria -
SAT, a través de su página web www sat.gob.pe hará de
conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen
de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y
Organización y el Informe del Servicio de Administración
Tributaria - SAT.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
HERNÁN NÚÑEZ GONZALES
Encargado de Alcaldía
1128525-1
MUNICIPALIDAD DE
LURIGANCHO CHOSICA
Amplían plazo de vencimiento para el
pago del tercer trimestre del Impuesto
Predial y de los Arbitrios Municipales
del ejercicio 2014
DECRETO DE ALCALDÍA
N°014-2014/MDLCH
Chosica, 11 de agosto de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LURIGANCHO - CHOSICA;
Visto el Informe Nº 229-2014/MDLCH-GR elevado al
despacho de la Gerencia Municipal, el Gerente de Rentas
remite el proyecto de Decreto de Alcaldía por el cual
amplía el plazo de vencimiento de la 3ª cuota del impuesto
predial y de los arbitrios municipales del año 2014, hasta
el martes 30 de setiembre del presente.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 196-MDL, publicado el
08 de febrero de 2014, se establece el vencimiento del
pago de los Tributos Municipales para el Ejercicio Fiscal
2014.
Que, es política de la gestión, el otorgar facilidades
a los vecinos del distrito para que paguen de manera
oportuna sus tributos.
El articulo 29º del Texto Único Ordenado del Código
Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-
EF, establece que el plazo para el pago de la deuda
tributaria, podrá ser prorrogado con carácter general, por
la Administración Tributaria; y
Estando a mérito de lo expuesto y en uso de las
facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la
SE DECRETA:
Primero.- AMPLIAR el plazo de vencimiento para el
pago del TERCER TRIMESTRE del impuesto predial y de
los arbitrios municipales del ejercicio 2014 hasta el día
martes 30 de setiembre del presente año.
Segundo.- DISPONER que la Sub Gerencia de
Gestión Tecnológica proceda a la publicación del
presente dispositivo en el portal de la página web
municipal.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
LUIS FERNANDO BUENO QUINO
Alcalde
1128528-1
MUNICIPALIDAD DE
PUEBLO LIBRE
Aprueban Ordenanza que regula la
Tasa por Estacionamiento Vehicular en
el distrito de Pueblo Libre
ORDENANZA Nº 425-MPL
Pueblo Libre, 10 de julio de 2014
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesión
Ordinaria Nº 14 de la fecha, de conformidad con el
Dictamen Nº 031-2014-MPL/CPL-CPAFP;
CONSIDERANDO:
Perú, modif‌i cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº
27680, establece que las Municipalidades Provinciales y
Distritales son los órganos de gobierno local que tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia, por ello, en su Artículo 74º
les otorga la facultad para crear, modif‌i car y suprimir
contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro
de su jurisdicción, con los límites que señala la ley,
debiendo respetar los principios de reserva de la ley, los
de igualdad y respeto de los derechos fundamentales
de la persona. Ningún tributo puede tener carácter
conf‌i scatorio;
Que, la Norma IV del Título Preliminar del Código
Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-
EF, establece que los Gobiernos Locales, mediante
Ordenanza, pueden crear, modif‌i car y suprimir sus
contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar
de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que
señala la Ley;
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley Nº 27972, menciona que los
gobiernos locales gozan de autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia y que la
autonomía que la Constitución Política del Perú establece
para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer
actos de gobierno, administrativos y de administración,
con sujeción al ordenamiento jurídico.

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