ORDENANZA N° 008-2013-MPH - Establecen Lineamientos de Prevención y Control de Ruidos Molestos en la jurisdicción del distrito de Huaral

Fecha de publicación27 Junio 2013
Fecha de disposición27 Junio 2013
El Peruano
Jueves 27 de junio de 2013 498219
Que, la Ley Nº 26298, Ley de Cementerios y Servicios
Funerarios y su Reglamento aprobado con Decreto
Supremo Nº 03-94-SA, regulan todo lo concerniente a la
construcción, habilitación, conservación y administración
de cementerios y locales funerarios, así como a la
prestación de servicios funerarios en general, de acuerdo
con las normas de la materia y el Código Sanitario, por
parte de las personas jurídicas, públicas y privadas,
nacionales y extranjeras,
Que, mediante el Informe Nº 281-2012-SGRC/GSM/
MVES, la Sub Gerencia de Registros Civiles, informa
que existen a la fecha expedientes para regularización,
respecto a contratos de tumbas familiares; por lo
que considerando lo establecido con Ordenanza
Municipal Nº 250-2012-MVES, la misma que aprueba el
Reglamento Interno de Administración y Funcionamiento
del Cementerio Municipal del distrito de Villa El
Salvador, propone la expedición de una Directiva que
complemente la norma mencionada, denominándola
“Directiva sobre los Procedimientos para el Uso de
Nichos, Tumbas, y Espacios para Sepulturas en el
Cementerio Municipal del Cono Sur Cristo El Salvador”;
en merito al informe antes mencionado la Gerencia
de Servicios Municipales con Informe Nº 156-2012-
GSM/MVES, ratif‌i ca lo expresado por la Sub Gerencia
de Registros Civiles, requiriendo la expedición del
dispositivo municipal pertinente;
Que, con Informe Nº 206-2013-OPP/MVES la Of‌i cina
de Planeamiento y Presupuesto, señala que al no existir
una normativa que regule el correcto funcionamiento
de los servicios que presta en el Cementerio Municipal,
es pertinente la aprobación de la Directiva propuesta;
asimismo, con Informe Nº 025-2013-OAJ/MVES, la
Of‌i cina de Asesoría Jurídica señala que el Proyecto de
Directiva sobre los Procedimientos para el Uso de Nichos,
Tumbas, y Espacios para Sepulturas en el Cementerio
Municipal del Cono Sur “Cristo El Salvador”, ha sido
elaborado en concordancia con la Ley Nº 26298, Ley de
Cementerios y Servicios Funerarios y su Reglamento,
recomendando algunas modif‌i caciones al texto y que
una vez efectuadas correspondería la aprobación de la
Directiva propuesta;
Que, mediante el Informe Nº 139-2013-SGRC/GSM/
MVES, la Sub Gerencia de Registros Civiles, remite la
propuesta de Directiva, debidamente corregida conforme
a las mejoras señaladas por la Of‌i cina de Asesoría
Jurídica;
Estando a los informes técnicos y legales señalados
en los considerandos precedentes y en uso de las
facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 20º
y el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR la Directiva Nº 003-
2013/MVES, Directiva sobre los Procedimientos para el
Uso de Nichos, Tumbas, y Espacios para Sepulturas en
el Cementerio Municipal del Cono Sur “Cristo El Salvador”
de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, que forma
parte integrante del presente Decreto.
Artículo Segundo.- DISPONER que la Unidad de
Desarrollo Institucional, Tecnología de la Información
y Estadística, cumpla con la publicación del presente
Decreto de Alcaldía y sus anexos en el Portal Electrónico
de la Municipalidad de Villa El Salvador, www.munives.
gob.pe.
Artículo Tercero.- DISPONER que el presente
Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de
su publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR velar por el f‌i el
cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal,
a través de la Gerencia de Servicios Municipales y la Sub
Gerencia de Registros Civiles en coordinación con las
demás unidades orgánicas pertinentes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
GUIDO IÑIGO PERALTA
Alcalde
954628-2
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE HUARAL
Establecen Lineamientos de Prevención
y Control de Ruidos Molestos en la
jurisdicción del distrito de Huaral
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 008-2013-MPH
Huaral, 14 de junio del 2013.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE HUARAL
POR CUANTO:
EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL
VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto
de Ordenanza Municipal que Establece los Lineamientos
de Prevención y Control de Ruidos Molestos, del Distrito
capital de la Provincia de Huaral; y,
CONSIDERANDO:
del Perú, modif‌i cado mediante Ley Nº 27680 – Ley
de Reforma Constitucional, en concordancia con lo
dispuesto en los Artículos I y II del Título Preliminar de
reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su
competencia.
Que, el Artículo 80 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, otorga a las Municipalidades Distritales
la facultad de f‌i scalizar y ejercer labores de control sobre
la emisión de ruidos y demás elementos contaminantes
de la atmósfera y el ambiente.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 085-2003-
PCM, se aprobó el Reglamento de Estándares
Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido, se
estableció la Escala de Límites Máximos de Calidad
Ambiental permisibles para la generación de ruido,
y que a su vez establece los lineamientos para que
las Municipalidades Distritales, adopten las políticas
normativas necesarias para la prevención y control de
los mismos.
Que, el Artículo 24 de la precitada norma, establece
como competencia de las Municipalidades Distritales, la
implementación y coordinación con la Municipalidades
Provinciales, de los Planes de Prevención y Control de la
Contaminación Sonora, así como ejercer la f‌i scalización
respectiva de la misma.
Que, mediante Informe Nº 280-2012-MPH/CICHS/
FCARMPDAF/GDUySGOPyEM de fecha 08 de Junio
del 2012, el Jefe del Proyecto: “Fortalecimiento de
las Capacidades de las Áreas Recaudadoras de la
Municipalidad Provincial en el Desarrollo de Acciones de
Fiscalización, Provincial de Huaral – Lima”, recomienda
utilizar todos los medios de comunicación, para la difusión
y conocimiento público de la presente ordenanza y
asimismo la adquisición de los equipos necesarios para
realizar la medición de los decibeles (sonómetros), y
detectar de esta manera a quienes infrinjan la presente
ordenanza.
Que, a través del Informe Nº 516-2012-MPH-OAJ
de fecha 08 de Junio del 2012, la Gerencia de la Of‌i cina
de Asesoría Jurídica, opina por la PROCEDENCIA para
la emisión de la Ordenanza Municipal, que contiene los
Lineamientos de Prevención y Control de Ruidos Molestos
de la Municipalidad Provincial de Huaral, en consecuencia,
remítase al Concejo Municipal, por así corresponder a
sus atribuciones, conforme lo dispone la Ley Orgánica de
Municipalidades – Ley Nº 27972.
Que, mediante Informe Nº 024-2013-MPH-GSCFyC
de fecha 19 de Febrero del 2013, la Gerencia de

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