ORDENANZA N° 5-2014/MDV - Aprueban fijación de monto por concepto de emisión mecanizada de actualización de valores y determinación del Impuesto Predial del Ejercicio Fiscal 2014

EmisorMUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Fecha de la disposición12 de Febrero de 2014
El Peruano
Miércoles 12 de febrero de 2014
516680
Artículo 9º.- Del desistimiento a recursos en trámite
como requisito previo
Las deudas generadas producto de una declaración
voluntaria o fiscalización tributaria a las que se refiere
esta norma, que se encuentren reclamadas, apeladas,
sujetas a revisión judicial o acción de amparo en
trámite, deberán ser materia de desistimiento con firma
legalizada ante fedatario institucional del Corporativo
o del Tribunal Fiscal o Secretario de la Sala, según el
caso.
Luego de lo cual deberá presentar un escrito a la mesa
de partes de la Municipalidad de Ventanilla, comunicando
dicho desistimiento adjuntando copia fedateada o
legalizada del cargo del escrito de desistimiento.
Artículo 10º.- Obligación de permitir f‌i scalización
posterior y efectos
Los contribuyentes acogidos al presente benef‌i cio
quedan obligados a permitir la f‌i scalización de sus
declaraciones, previo requerimiento escrito de la
Subgerencia de Fiscalización Tributaria.
En el caso de negativa, o de no darse las facilidades a
la inspección, perderá el derecho a la condonación de las
multas e interés moratorio.
En caso de verif‌i carse declaraciones que no
corresponden a la realidad, la Administración Tributaria
generará los saldos correspondientes sin benef‌i cio
alguno.
Artículo 11º.- Plazo de vigencia
Los contribuyentes podrán acogerse a los benef‌i cios
tributarios dispuestos en la presente Ordenanza, desde el
01 de febrero al 30 de junio de 2014
DISPOSICIONES FINALES
Y TRANSITORIAS
Primera.- En el caso de contribuyentes cuya condición
sea distinta a las comprendidas en la disposición anterior,
que regularizaron su declaración jurada y no cancelaron
dentro del vencimiento de la presente Ordenanza la
totalidad de la deuda tributaria generada, el benef‌i cio se
extenderá sólo a los periodos cancelados.
Segunda.- Los poseedores del Proyecto Especial
Ciudad Pachacutec así como de otras agrupaciones
poblacionales que no tengan el saneamiento físico legal
concluido, también podrán presentar su declaración
jurada de autoavalúo para su inscripción en el registro de
contribuyentes con la respectiva constancia que acredite
la posesión.
Tercera.- Las Gerencias de Rentas Municipales, de
Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, y de
Comunicaciones, quedan encargadas de la ejecución y
de la efectiva difusión de la presente Ordenanza, dentro
del ámbito de su competencia.
Cuarta.- Facúltese al señor Alcalde, para que mediante
Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la presente
norma o dicte las disposiciones reglamentarias para su
mejor aplicación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA
Alcalde
1048740-3
Aprueban fijación de monto por
concepto de emisión mecanizada de
actualización de valores y determinación
del Impuesto Predial del Ejercicio
Fiscal 2014
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 5-2014/MDV
Ventanilla, 27 de enero de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
VENTANILLA
VISTO:
En Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal
Distrital, de 27 de enero de 2014; y,
CONSIDERANDO:
modif‌i cada por Ley de Reforma Constitucional y el artículo
II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, preceptúan que las Municipalidades
son órganos de Gobierno Local, emanados de la voluntad
popular, con personería jurídica de derecho público, con
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia.
Que, esta Entidad Edil, es la encargada de recaudar
y administrar los ingresos tributarios por concepto de
Impuesto Predial y por Arbitrios Municipales, conforme
se encuentra establecido en los artículos 6º y 60º del
Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal,
Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; y en las Ordenanzas
Municipales en materia de regulación de Arbitrios
Municipales emitidas por esta Entidad Edil.
Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único
Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, Decreto
Supremo Nº 156-2004-EF, señala “las municipalidades que
brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización
de valores, determinación de impuestos y de recibos de
pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio,
quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no más del
0.4% de la UIT vigente al 01 de enero de cada ejercicio,
en cuyo caso esta valorización sustituye la obligación de
presentación de declaraciones juradas”;
Que, mediante Informe Nº 4-2014/MDV-GRM, la
Gerencia de Rentas Municipales, manif‌i esta que el
mecanismo de emisión mecanizada de actualización de
valores, determinación de impuestos y de recibos de pago
correspondientes, sustituye la obligación de presentación
de declaraciones juradas; razón por la cual, propone la
expedición de la norma que establezca la prórroga de la
vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 37-2008/MDV-
CDV, de 17 de diciembre de 2008, ratif‌i cada por Acuerdo
de Concejo Nº 000077 de la Municipalidad Provincial del
Callao, que aprobó la Fijación del Monto por Concepto
de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores y
Determinación del Impuesto Predial del Ejercicio Fiscal
2009, debiendo aplicarse para el ejercicio f‌i scal 2014 por
el importe de S/. 6.90 (seis y 90/100 Nuevos Soles). Cabe
señalar que en los ejercicios 2010, 2011, 2012 y 2013 se
aprobaron las Ordenanzas Nº 001-2010/MDV, 02-2011/
MDV y 005-2012/MDV y 001-2013/MDV respectivamente,
las mismas que también prorrogaron la vigencia de la
Que, mediante Dictamen Nº 5-2014/MDV-CRM de
la Comisión de Rentas Municipales, se recomienda al
Concejo, la aprobación de la Ordenanza Municipal que f‌i je
el monto por concepto de la tasa por emisión mecanizada
de actualización de valores y determinación de Impuesto
Predial del ejercicio 2014, prorrogando la Ordenanza Nº
037-2008/MDV-CDV.
Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica
de Municipalidades, establece que las ordenanzas son
las normas de carácter general de mayor jerarquía en
la estructura normativa municipal, así mismo, indica
que mediante ordenanza, se crean, modif‌i can, suprimen
o exonerar, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y
contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley.
Estando a lo expuesto y con el Dictamen Favorable
de la Comisión de Rentas Municipales y en uso de las
atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, el Concejo Municipal Distrital con el
VOTO POR UNANIMIDAD y con la dispensa de la lectura
y aprobación del Acta Aprobó la siguiente Ordenanza:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA
FIJACIÓN DE MONTO POR CONCEPTO DE EMISIÓN
MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES
Y DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL DEL
EJERCICIO FISCAL 2014
Artículo 1º.- PRORROGAR la vigencia de la
Ordenanza Municipal Nº 037-2008/MDV-CDV de 17 de

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