ORDENANZA N° 255-MDSJM - Fijan pago único por concepto de Constancia de Posesión, por un plazo de 90 días calendario
Fecha de publicación | 13 Julio 2013 |
Fecha de disposición | 13 Julio 2013 |
El Peruano
Sábado 13 de julio de 2013 499335
MUNICIPALIDAD DE
MIRAFLORES
FE DE ERRATAS
Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 404/MM, publicada
en la edición del día 12 de julio de 2013.
DICE:
Mirafl ores, 9 de julio de 201”
(...)
DEBE DECIR:
Mirafl ores, 9 de julio de 2013”
(...)
962009-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE MIRAFLORES
Fijan pago único por concepto de
Constancia de Posesión, por un plazo
de 90 días calendario
ORDENANZA Nº 255-MDSJM
San Juan de Mirafl ores 25 de junio de 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE MIRAFLORES
VISTO:
En Sesión Ordinaria del Concejo de fecha 25
de junio de 2013, la Solicitud del AA.HH Monseñor
Pedr o Laos Hurtado de fecha 29 de noviembre del 2012,
Informe Nº 1908-2012-JRRJ-SGOPCGT-GDU-MDSJM
de fecha 10 de diciembre del 2012 , Informe Nº 581-2012-
SGOPCGT-MDSJM de fecha 10 de diciembre del 2012 de
la Sub Gerencia de Obras Privadas, Catastro y Gestión de
Territorio, Informe Nº 431-2013-GAJ-MDSJM de fecha 17 de
junio del 2013 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre
exoneración de pago por Constancia de Posesión; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194º de
la Constitución Política del Perú, y a lo dispuesto por
Municipalidades Provinciales y Distritales, son órganos
de Gobierno Local que gozan de autonomía económica y
administrativa en asuntos de su competencia;
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo IV del
Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, los Gobiernos Locales representan al
vecindario y promueven el desarrollo integral sostenible y
armónico de su circunscripción;
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972
establece que las Municipalidades representan al vecindario,
promueven la adecuada prestación de los servicios públicos
locales, y el desarrollo integral, sostenible y armónico
de su circunscripción; otorgándole entre otros aspectos,
competencias específi cas y compartidas.
Que, mediante Solicitud s/n de fecha 29 de noviembre
del 2012, el Secretario General Adrian Sinche Colca del
AA.HH Pedro Laos Hurtado del Distrito de San Juan de
Mirafl ores, solicitan la Exoneración de Pago de Constancia
de Posesión.
Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Ley Nº 27972 establece que: “Mediante
Ordenanza se crean, modifi can, suprimen o exoneran,
los arbitrios, tasas, licencias, decretos y contribuciones,
dentro de los límites establecidos por ley”.
Que, mediante Informe Nº 431-2013-GAJ-MDSJM de
fecha 17 de junio del 2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica
opina que mediante Ordenanza se exonere el Decreto de
Pago de trámite para la obtención de la Constancia de
Posesión del Asentamiento Humano Pedro Laos Hurtado.
Que, estando a lo expuesto, y de conformidad a lo
establecido en el Artículo 9. Numeral 8) Artículo 40 de
dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el
Concejo Municipal aprobó por MAYORÍA la siguiente:
ORDENANZA:
Artículo Primero.- FIJAR como pago único la suma
de S/. 30.00 nuevos soles, por concepto de Constancia
de Posesión, por un plazo de 90 días calendarios para el
distrito de San Juan de Mirafl ores.
Artículo Segundo.- La presente Ordenanza, entrará
en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Ofi cial El Peruano.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia
Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, el cumplimiento
de la presente Ordenanza.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ADOLFO OCAMPO VARGAS
Alcalde
961485-1
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Prorrogan vigencia de la Ordenanza
Nº 442-MSS que suspendió la recepción
de solicitudes de aprobación de
anteproyectos en consulta, licencias de
edificación y otros
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 10-2013-MSS
Santiago de Surco, 10 de julio del 2013
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
VISTO: Los Informes Nºs. 189 y 194-2013-GDU-MSS de
la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 267-2013-
SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento
Urbano y Catastro, el Memorándum Nº 319-2013-GTSV-
MSS de la Gerencia de Tránsito y Seguridad Vial, el Informe
Nº 151-2013-SGGRD-GSCGRD-MSS de la Subgerencia
de Gestión del Riesgo de Desastres, el Informe Nº 504-
2013-SGLAU-GDU-MSS de la Subgerencia de Licencias y
Autorizaciones Urbanas, el Informe Nº 085-2013-SGITSDC-
GDU-MSS de la Subgerencia de Inspecciones Técnicas de
Seguridad Vial en Defensa Civil y el Informe Nº 459-2013-
GAJ–MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante
los cuales proponen prorrogar la vigencia de la Ordenanza
Nº 442-MSS; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del
Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Ley
Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales
y distritales tienen autonomía política, económica y
administrativa, en los asuntos de su competencia;
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