ORDENANZA N° 356-MDR - Modifican la Ordenanza N° 234-MDR que aprobó el Régimen Municipal de Sanciones Administrativas y Cuadro de Infracciones y Sanciones

Fecha de disposición20 Noviembre 2013
Fecha de publicación20 Noviembre 2013
El Peruano
Miércoles 20 de noviembre de 2013
507438
Los administrados que mantengan o hayan iniciado
procesos judiciales (demanda contenciosa administrativa
o revisión judicial) sobre las multas administrativas objeto
de la presente Ordenanza, deberán presentar copia
fedateada del escrito de desistimiento debidamente
recibido por el órgano jurisdiccional que conoce el
proceso.
Sin perjuicio de lo anteriormente referido, el
acogimiento a los benef‌i cios contemplados en la presente
Ordenanza implica el reconocimiento voluntario de la
deuda administrativa. La Administración de considerarlo
pertinente, en los casos de los recursos presentados por los
administrados vinculados a dicha sanción administrativa,
podrá declarar que ha operado la sustracción de la
materia.
DISPOSICIONES FINALES
Primero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia
a partir del día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano hasta el 15 de diciembre del presente
año.
Una vez vencido el plazo de vigencia de la presente
Ordenanza, las notif‌i caciones de infracción y las multas
administrativas volverán a su estado anterior a la vigencia
de la presente Ordenanza.
Segundo.- Facultades del Alcalde
Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto
de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias y/o
complementarias necesarias para lograr la adecuada
aplicación y/o ampliación del plazo de vigencia de la
presente Ordenanza.
Tercero.- Cumplimiento
Encargar a la Secretaría General la publicación de la
presente Ordenanza en el Diario Of‌i cial El Peruano, a la
Gerencia de Comunicaciones su difusión, a la Gerencia de
Control y Seguridad Ciudadana, Gerencia de Administración
Tributaria y Rentas, Subgerencia de Informática y
Estadísticas, Subgerencia de Sanciones, demás unidades
orgánicas, el cumplimiento de la presente Ordenanza
de acuerdo a sus competencias y a la Subgerencia de
Informática y Estadística la publicación de la presente
Ordenanza en la página web de la Municipalidad www.
munimagdalena.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano:
www.peru.gob.pe.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE
Alcalde
1016194-1
MUNICIPALIDAD
DEL RIMAC
Modifican la Ordenanza Nº 234-MDR
que aprobó el Régimen Municipal de
Sanciones Administrativas y Cuadro de
Infracciones y Sanciones
ORDENANZA Nº 356-MDR
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC:
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Rímac, en Sesión Ordinaria
de Concejo de fecha 07 de noviembre de 2013,
Dictamen Nº 08-2013-CARyDEL/MDR de la Comisión de
Administración, Rentas y Desarrollo Económico Local,
Informe Nº 701-2013-GAJ-MDR de fecha 06 de noviembre
de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorandum Nº
156-2013/GFA-MDR de fecha 04 de noviembre de 2013
de la Gerencia de Fiscalización Administrativa;
CONSIDERANDO:
Que, las municipalidades gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos
de su competencia, de conformidad con lo dispuesto
concordante con el artículo II del Título Preliminar de la
Que, a través de la Ordenanza Nº 234-MDR
se aprobó el “Régimen Municipal de Aplicación de
Sanciones Administrativas y Cuadro de Infracciones y
Sanciones de la Municipalidad Distrital del Rímac”, que
regula el procedimiento administrativo sancionador,
dentro de la jurisdicción del distrito del Rímac, iniciado
contra los ciudadanos que incumplan las normas
administrativas municipales o leyes que establezcan
infracciones, cuya sanción se encuentre reservado a
los gobiernos locales
Que, la capacidad sancionadora de los Gobiernos
Locales, se encuentra contemplada en el artículo 46º
en la cual se precisa que las normas municipales son
de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las
sanciones administrativas pertinentes; asimismo, se indica
que las ordenanzas determinan el régimen de sanciones
administrativas por la infracción de sus disposiciones,
estableciendo las escalas de multas en función de la
gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones
no pecuniarias;
Que, a través de la Ordenanza Nº 332-MDR, publicado
el 22 de mayo de 2013 en el Diario Of‌i cial El Peruano, se
aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones
– ROF de la Municipalidad Distrital del Rímac, mediante
el cual la Subgerencia de Fiscalización Administrativa
se independizó de la Gerencia de Rentas, y pasó a ser
la Gerencia de Fiscalización Administrativa; además se
creó la Sub Gerencia de Control y Sanciones el cual es
su inferior jerárquico, y ayudará al cumplimiento de sus
funciones asignadas;
Que, mediante el Memorando Nº 156-2013/GFA-
MDR de fecha 04 de noviembre de 2013, la Gerencia
de Fiscalización Administrativa, envía el proyecto de
la “Modif‌i cación de la Ordenanza Nº 234-MDR”, que
tiene por objeto modif‌i car algunos artículos, y además,
agregar y modif‌i car algunas infracciones en el Cuadro de
Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital del
Rímac;
Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, “Ley Orgánica
de Municipalidades”, establece que las Ordenanzas
Municipales son normas de carácter general de
mayor jerarquía en la estructura normativa municipal;
asimismo, indica que mediante ordenanzas se crean,
modif‌i can, suprimen, exoneran, los arbitrios, tasas,
licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites
establecidos por Ley;
Estando a lo expuesto y con el Dictamen favorable
de la Comisión de Administración, Rentas Y Desarrollo
Económico Local y en uso de las atribuciones conferidas
el Concejo Municipal, con el voto mayoritario y con la
dispensa de la lectura y aprobación del acta;
Aprobó la siguiente Ordenanza:
ORDENANZA QUE APRUEBA
LA MODIFICACIÓN DE LA
ORDENANZA Nº 234-MDR
Artículo Primero.- MODIFÍCAR, con el texto “Sub
Gerencia de Control y Sanciones”, aquellas partes de los
artículos de la Ordenanza Nº 234-MDR, que digan “Sub
Gerencia de Fiscalización Administrativa”.
Artículo Segundo.- MODIFÍCAR, con el texto
“Gerencia de Fiscalización Administrativa”, aquellas
partes de los artículos de la Ordenanza Nº 234-MDR, que
digan “Gerencia de Rentas”.
Artículo Tercero.- MODIFICAR los literales b.1)
y b.2) del numeral 2 del artículo 25º de la Ordenanza
Nº 234-MDR, quedando redactados en los siguientes
términos:
“b.1) Clausura Transitoria.- Consiste en la
prohibición por un determinado plazo, respecto del uso
de edif‌i caciones, establecimientos o servicios para el

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