DECRETO DE ALCALDIA N° 003-2014-MDCH - Convocan a la población, organizaciones públicas y privadas del distrito para participar en Proceso del Presupuesto Participativo 2015

Fecha de disposición04 Julio 2014
Fecha de publicación04 Julio 2014
El Peruano
Viernes 4 de julio de 2014
526880
los predios de propiedad del Cuerpo General de Bomberos
Voluntarios del Perú, así como de los mismos que le
hayan sido afectados en uso u otorgados en concesión,
así como bajo cualquier modalidad, siempre que el uso de
los mismos sea destinado para sus nes.
Artículo Segundo.- Inafectar del pago de Arbitrios
Municipales de Limpieza Pública (Barrido de Calles y
Recolección de Residuos Sólidos), de Parques y Jardines
y de Serenazgo, así como de los derechos de emisión y
distribución, correspondiente al presente ejercicio scal,
a los predios propiedad de las Entidades Religiosas
debidamente constituidas y acreditadas cuyos predios se
encuentren destinados a templos, conventos, monasterios
y museos.
Artículo Tercero.- Inafectar del pago de Arbitrios
Municipales de Limpieza Pública (Barrido de Calles y
Recolección de Residuos Sólidos), de Parques y Jardines
y de Serenazgo, así como de los derechos de emisión y
distribución, correspondiente al presente ejercicio scal, a
los predios de propiedad de Entidades Sociales sin nes
de lucro, cuyo uso en su totalidad esté destinado a Centros
de Rehabilitación y Asistencia Social, debidamente
constituidas y acreditadas, cuyos predios se encuentren
destinados a nes sociales.
Artículo Cuarto.- Condónese la deuda tributaria de
Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (Barrido de
Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y
Jardines y Serenazgo de los años 1999 a 2014, incluidos
los derechos de emisión y distribución que se encuentren
pendientes de pago, a los predios relacionados con el
cumplimiento de los Artículos Primero, Segundo y Tercero
de la presente Ordenanza.
Artículo Quinto.- Los pagos por concepto de Tasa
de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (Barrido de
Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y
Jardines y Serenazgo, así como los recargos e intereses
moratorios, que se hayan efectuado con anterioridad a la
publicación de la presente Ordenanza, no serán materia
de compensación o devolución.
Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el
Diario O cial El Peruano.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
OSCAR BENAVIDES MAJINO
Alcalde
1105884-2
MUNICIPALIDAD DE
CHACLACAYO
Convocan a la población, organizaciones
públicas y privadas del distrito para
participar en Proceso del Presupuesto
Participativo 2015
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 003-2014-MDCH
Chaclacayo, 2 de julio del 2014
VISTO: El Informe Nº 111-2014-GGM/MDCH de la
Gerencia General Municipal, el Informe Nº 070-2014-
GDS de la Gerencia de Desarrollo Social, el Informe Nº
061-2014-PV-GDS-MDCH de la División de Participación
Vecinal; y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades establece que las municipalidades se
rigen por presupuestos participativos anuales como
instrumentos de administración y gestión, los cuales se
formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la
materia y en concordancia con los planes de desarrollo
concertado en su jurisdicción;
Que, por Ordenanza Municipal Nº 298-MDCH
se aprobó el instrumento normativo que aprueba el
Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo en
el Distrito de Chaclacayo, en donde se señala a través de
los artículos 10º y 11º que mediante Decreto de Alcaldía
se convocará a la población debidamente organizada y
a las organizaciones públicas y privadas del distrito al
proceso para la elaboración del presupuesto participativo,
asimismo la convocatoria incluirá el cronograma del
proceso y los requisitos para la inscripción de los agentes
participantes, debiendo publicarse en la página web de la
municipalidad, vitrinas de información de la municipalidad
y los medios de comunicación que sean necesarios;
Estando a las consideraciones expuestas y en uso de
las atribuciones conferidas en el artículo 20º inciso 6 de la
Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- CONVOCAR a la población
debidamente organizada y a las organizaciones públicas
y privadas del distrito para que participe en el proceso
del Presupuesto Participativo 2015 en el Distrito de
Chaclacayo.
Artículo Segundo.- Los requisitos para la inscripción
en el Registro de los Agentes Participantes son los
siguientes:
1.- Para las organizaciones territoriales y/o temáticas:
a) Llenar el formato de inscripción proporcionado por
el Departamento de Participación Vecinal, en la cual se
indique los datos del representante a participar (Nombres
y Apellidos, Nº de DNI y/o cargo representativo en su
organización).
b) Presentar:
• Copia fedateada y/o autenticada del acta de reunión
de su organización en la cual se le designa representante
para el proceso.
• Copia de Constancia de Inscripción en los Registros
Públicos o Municipales.
• Copia del Documento Nacional de Identidad del
representante.
2.- Sólo en los casos de las zonas, sectores o
agrupaciones de viviendas que no se encuentran
comprendidos dentro de una organización territorial
debidamente constituida, deberán cumplir con los
siguientes requisitos:
a) Llenar el formato de inscripción proporcionado por
el Departamento de Participación Vecinal, en la cual se
indique los datos del representante a participar (Nombres
y Apellidos, Nº de DNI y/o cargo representativo en su
organización).
b) Presentar:
• Acta rmada por un mínimo de 25 (veinticinco)
personas que residan en el distrito y que acredite su
representatividad como agente participante.
• Copia del Documento Nacional de Identidad del
representante.
Para ello tendrán que acercarse a la División de
Participación Vecinal de la Municipalidad.
Artículo Tercero.- APROBAR el Cronograma del
Proceso de Ejecución del Presupuesto Participativo 2015
en el distrito de Chaclacayo, consistente en la ejecución
de actividades por fase del proceso del Presupuesto
Participativo basado en Resultados, que en anexo adjunto
forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento
del presente Decreto a la Gerencia de Planeamiento
y Presupuesto, a la Gerencia de Desarrollo Social, a
la División de Participación Vecinal y a la Unidad de
Relaciones Públicas e Imagen Institucional según lo
establecido en la Ordenanza Nº 298-MDCH.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN
Alcalde
1105484-1

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