RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 317-2014-CE-PJ - Modifican denominación del Distrito Judicial de Lima Nor Oeste - Ventanilla por la de Distrito Judicial de Ventanilla - Lima Noroeste

Fecha de publicación26 Septiembre 2014
Fecha de disposición26 Septiembre 2014
El Peruano
Viernes 26 de setiembre de 2014 533397
NOMBRE CARGO EMPRESA SECTOR
QUE
PROPONE
SANDRA DOIG DIAZ DIRECTOR COFIDE MEF
TITTO ALMORA AYONA
Director Ejecutivo
1143026-1
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO
DEL PODER JUDICIAL
Cesan por límite de edad a magistrado
en el cargo de Juez Superior Titular de
la Corte Superior de Justicia de Ica
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 081-2014-P-CE-PJ
Lima, 22 de setiembre de 2014
VISTO:
El Memorándum Nº 233-2014-GPEJ-GG-PJ,
elaborado por el Gerente de Personal y Escalafón Judicial
de la Gerencia General del Poder Judicial, con relación al
cese por límite de edad del doctor Miguel Ángel Saavedra
Parra, Juez Superior Titular de la Corte Superior de
Justicia de Ica.
CONSIDERANDO:
Primero. Que mediante Resolución Administrativa
Nº 428-88-JUS, de fecha 10 de noviembre de 1988, se
nombró al doctor Miguel Ángel Saavedra Parra en el
cargo de Juez Superior Titular de la Corte Superior de
Justicia de Ica; quien fue reincorporado por el Consejo
Nacional de la Magistratura mediante Resolución Nº
186-2001-CNM, del 7 de setiembre de 2001.
Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras
causales, por alcanzar la edad límite de setenta años,
conforme lo establece el artículo 107º, numeral 9), de la
Tercero. Que, al respecto, del Memorándum Nº 233-
2014-GPEJ-GG-PJ, elaborado por el Gerente de Personal
y Escalafón Judicial de la Gerencia General del Poder
Judicial; así como de la fotocopia de la f‌i cha del Registro
de Identidad - RENIEC anexa, aparece que el nombrado
juez nació el 29 de setiembre de 1944. Por consiguiente,
el 29 de setiembre del año en curso cumplirá setenta años
de edad; correspondiendo disponer su cese por límite
de edad, de conformidad con lo previsto en la precitada
normatividad.
En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo
del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas
mediante Resolución Administrativa Nº 101-2011-CE-PJ,
de fecha 16 de marzo de 2011.
RESUELVE:
Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a
partir del 29 de setiembre del año en curso, al doctor
Miguel Ángel Saavedra Parra, en el cargo de Juez
Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Ica;
dándosele las gracias por los servicios prestados a la
Nación.
Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución
al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional
de la Magistratura, Of‌i cina de Control de la Magistratura
del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de
Justicia de Ica, Gerencia General del Poder Judicial; y al
interesado, para su conocimiento y f‌i nes consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente
1142697-2
Modifican denominación del Distrito
Judicial de Lima Nor Oeste - Ventanilla
por la de Distrito Judicial de Ventanilla
- Lima Noroeste
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 317-2014-CE-PJ
Lima, 17 de setiembre de 2014
VISTOS:
El Of‌i cio Nº 245-2014-D-CAC, cursado por el Decano y
Vicedecano del Ilustre Colegio de Abogados del Callao; Carta
Nº 035-2014/GRC-GGR, del Gerente General Regional del
Gobierno Regional del Callao; y, Carta Nº 113-CDCP-2014,
del Decano Presidente del Consejo Nacional de Decanos de
los Colegios Profesionales del Perú.
CONSIDERANDO:
Primero. Que el Poder Judicial de conformidad con
el mandato establecido en la Constitución Política es el
Poder del Estado encargado de administrar justicia, y en
ese sentido, en concordancia con las disposiciones de su
Ley Orgánica, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado
por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS y sus modif‌i catorias,
tiene como política institucional hacer más ef‌i ciente,
ef‌i caz, oportuno y predecible el servicio que brinda a la
ciudadanía; así como lograr que los ciudadanos tengan
un mejor acceso a los órganos jurisdiccionales según
corresponda al ámbito geográf‌i co en el que se desarrollan,
y con ese propósito adoptar las medidas que permitan
desconcentrar y descentralizar el servicio de justicia.
Segundo. Que este Órgano de Gobierno
mediante Resolución Administrativa Nº 128-2014-CE-
PJ, complementada, entre otras, por Resoluciones
Administrativas Nº 219-2014-CE-PJ y Nº 288-2014-CE-
PJ, de fechas 23 de abril, 27 de junio y 27 de agosto
del año en curso, respectivamente, creó el Distrito
Judicial de Lima Nor Oeste-Ventanilla, con el objeto,
precisamente, de acercar el servicio de justicia, acorde
con las modif‌i caciones dispuestas posteriormente, a
las poblaciones de los Distritos de Ventanilla y Mi Perú,
Provincia Constitucional del Callao, y de los Distritos de
Ancón y Santa Rosa, Provincia de Lima, reconociendo sus
características económicas y geográf‌i cas particulares.
Asimismo, por Resolución Administrativa Nº 279-2014-
CE-PJ, del 12 de agosto del año en curso, se dispuso el
funcionamiento del citado Distrito Judicial con sede en el
Distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao,
a partir del 30 de setiembre de 2014.
Tercero. Que, al respecto, el Decano y Vicedecano
del Ilustre Colegio de Abogados del Callao, el Gerente
General Regional del Gobierno Regional del Callao, y el
Decano Presidente del Consejo Nacional de Decanos de
los Colegios Profesionales del Perú, solicitan, entre otros
aspectos, la creación del Distrito Judicial Callao-Ventanilla,
lo que permitirá que la justicia se encuentre al alcance de
dicha comunidad.
Cuarto. Que, no obstante el pedido formulado, es
menester considerar que la denominación del Distrito
Judicial materia de la Resolución Administrativa Nº 128-
2014-CE-PJ, debe ref‌l ejar la objetiva dimensión territorial
que por competencia le ha sido asignada. Por lo que
siendo esto así, si bien resulta pertinente modif‌i car la
denominación del Distrito Judicial de Lima Nor Oeste-
Ventanilla, ésta debe ser por la de Ventanilla-Lima
Noroeste, en tanto def‌i ne, a partir de la sede, el ámbito de
su actual competencia territorial.

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