RESOLUCION N° 296-2014-JNE - Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de regidores del Concejo Distrital de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición30 de Julio de 2014
El Peruano
Miércoles 30 de julio de 2014
528978
ORGANOS AUTONOMOS
JURADO NACIONAL
DE ELECCIONES
Convocan a ciudadanos para que
asuman cargos de regidores del Concejo
Distrital de Villa El Salvador, provincia
y departamento de Lima
RESOLUCIÓN Nº 296-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-00081
VILLA EL SALVADOR - LIMA - LIMA
RECURSO DE APELACIÓN
Lima, diez de abril de dos mil catorce.
VISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso de
apelación interpuesto por María Beatriz Chauca Trujillo
en contra del Acuerdo de Concejo Nº 76-2013/MMVES,
del 13 de diciembre de 2013, que declaró infundada
su solicitud de suspensión presentada contra Paula
Encarnación Gamboa Pérez de Porcel y César Augusto
Lerzundi Samanez, regidores del Concejo Distrital de
Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, por
la causal prevista en el artículo 25, numeral 4, de la Ley
informe oral.
ANTECEDENTES
La solicitud de suspensión
Con fecha 31 de octubre de 2013, María Beatriz
Chauca Trujillo solicita que se suspenda a Paula
Encarnación Gamboa Pérez de Porcel y César Augusto
Lerzundi Samanez, regidores del Concejo Distrital de
Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima,
por considerarlos incursos en la causal prevista en el
de Municipalidades (en adelante LOM), debido a que
incurrieron en falta grave al denunciar, sin pruebas, a
otro miembro del concejo municipal, por lo que solicita la
imposición de la sanción de suspensión por el periodo de
treinta días naturales (fojas 025 al 032).
Ref‌i ere la solicitante que dichos regidores, con fecha
20 de mayo de 2011, presentaron una denuncia penal
ante la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada
en delitos de corrupción de funcionarios de Lima Sur,
por los delitos de abuso de autoridad, nombramiento y
aceptación ilegal de cargo, incumplimiento de funciones,
peculado y malversación de fondos, indicando como
hechos o sustento de dicha denuncia: a) el Acuerdo de
Concejo, de fecha 25 de enero de 2011, que aprueba la
modif‌i cación del cuadro de asignación de personal de la
Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, y b) el Acuerdo
de Concejo Nº 010-2011/MVES, de fecha 22 de febrero de
2011, que declaró infundada la reconsideración en contra
del acuerdo de concejo que aprobó la Ordenanza Nº 227-
MVES, del 25 de enero de 2011.
En dicha denuncia se indica que los regidores
incurren en responsabilidad penal, siendo cómplices en la
comisión de las conductas delictivas, al no haber ejercido
sus funciones de f‌i scalización. Al respecto, el solicitante
indica que el regidor Ángel Reinaldo Ríos Flores no asistió
a la sesión de concejo en la que se adoptó el acuerdo,
del 25 de enero de 2011. Asimismo, el regidor Ángel
Reinaldo Ríos Flores se abstuvo de votar sobre el recurso
de reconsideración interpuesto en contra del acuerdo de
concejo que aprobó la Ordenanza Nº 227-MVES, del 25 de
enero de 2011. Por lo tanto, no participó en la aprobación
de los actos que son considerados como delictivos y, a
pesar de ello, fue indebidamente denunciado.
Con la f‌i nalidad de acreditar sus af‌i rmaciones,
la solicitante proporciona, entre otras, la siguiente
documentación:
1. Denuncia penal presentada, el 20 de mayo de 2011,
ante la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada
en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito
Fiscal de Lima Sur, entre otros, por los regidores Paula
Encarnación Gamboa Pérez de Porcel y César Augusto
Lerzundi Samanez, por la presunta comisión de los delitos
de abuso de autoridad, nombramiento y aceptación
ilegal de cargo, incumplimiento de funciones, peculado
y malversación de fondos, en contra del regidor Ángel
Reinaldo Ríos Flores, así como de otros integrantes del
Concejo Distrital de Villa El Salvador (fojas 033 al 048).
2. Disposición Nº 5, del 6 de octubre de 2011, emitida
por Iris Catalina Alvarado Cuestas, f‌i scal provincial titular
de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en
Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal
de Lima Sur, que dispone no proceder a formalizar ni
continuar con la inMVEStigación preparatoria en contra,
entre otros, del regidor Ángel Reinaldo Ríos Flores, por
los delitos de peculado y malversación de fondos en
agravio del Estado (fojas 50 al 59).
3. Copia del acta de la sesión ordinaria de fecha 25
de enero de 2011, en la que se aprecia que el regidor
Ángel Reinaldo Ríos Flores no asistió a la misma y, en
consecuencia, no aprobó la Ordenanza Nº 227-MVES,
relativa al cuadro de asignación de personal (fojas 068
al 094).
4. Copia del acta de la sesión ordinaria de fecha 22
de febrero de 2011, en la que se aprecia que el regidor
Ángel Reinaldo Ríos Flores, si bien asistió a dicha
sesión, se abstuvo de votar, pero se abstuvo de votar la
reconsideración del acuerdo que aprobó la Ordenanza Nº
227-MVES, presentada por los regidores Wálter Quispe
Vilcas, Paula Encarnación Gamboa Pérez de Porcel,
Rafael Hernán Cumpén Bonifaz y César Augusto Lerzundi
Samamez (fojas 095 al 110).
Dictamen de la Comisión de Asuntos Legales
A través del Dictamen Nº 02-2013-CAL/MMVES, del
4 de diciembre de 2013, la Comisión de Asuntos Legales
de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, concluyó
recomendar a los miembros del concejo municipal,
que se declare improcedente el pedido de suspensión
presentado por María Beatriz Chauca Trujillo, debido
a que la imputación realizada contra el regidor Ángel
Reinaldo Ríos Flores, en la denuncia suscrita por los
regidores Paula Encarnación Gamboa Pérez de Porcel
y César Augusto Lerzundi Samanez, se habría debido a
un error, y a que estos últimos señalaron haber remitido
una carta notarial pidiendo disculpas al regidor afectado,
disculpas que fueron aceptadas en sesión de concejo
(fojas 169 al 170).
Posición del Concejo Distrital de Villa El Salvador
En sesión extraordinaria del 13 de diciembre de 2013,
contando con la asistencia del alcalde y trece regidores,
por ningún voto a favor y catorce en contra, el Concejo
Distrital de Villa El Salvador declaró infundado el pedido
de suspensión presentado por María Beatriz Chauca
Trujillo (fojas 198 al 204). Dicha decisión se formalizó a
través del Acuerdo de Concejo Nº 76-2013/MMVES, del
13 de diciembre de 2013 (fojas 023 al 024).
Consideraciones de la apelante
El 3 de enero de 2014, María Beatriz Chauca Trujillo
interpone recurso de apelación en contra del Acuerdo de
Concejo Nº 76-2013/MMVES, alegando que el regidor
Wálter Quispe Viscas fue suspendido por los mismos
hechos, esto es, formular una denuncia en contra, entre
otros, del regidor Ángel Reinaldo Ríos Flores, a pesar de
que este no votó a favor de la aprobación de los hechos
que motivaron la interposición de la denuncia, por el Pleno
del Jurado Nacional de Elecciones (fojas 002 al 004).
Asimismo, indica que la remisión de una carta notarial,
dirigida al regidor Ángel Reinaldo Ríos Flores, con el objeto
de pedir disculpas, acredita la comisión de la conducta
tipif‌i cada como falta grave.
CUESTIÓN EN DISCUSIÓN
La materia controvertida en el presente caso consiste
en determinar si los regidores Paula Encarnación Gamboa
Pérez de Porcel y César Augusto Lerzundi Samanez, han
incurrido en la causal de suspensión prevista en el artículo
25, numeral 4, de la LOM.

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