RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 001-2014-P-CSJVLNO/PJ - Implementan el Sistema de Turno Permanente para los Procesos Penales en la Corte Superior de Justicia de Ventanilla - Lima Noroeste, por un periodo semanal

Fecha de disposición04 Octubre 2014
Fecha de publicación04 Octubre 2014
El Peruano
Sábado 4 de octubre de 2014
534188
Segundo.- La efectividad de lo dispuesto en la
presente resolución, será a partir del primero de octubre
del año en curso.
Tercero.- PONER la presente resolución a
conocimiento de la Presidente del Poder Judicial, Corte
Suprema de Justicia de la República, Consejo Ejecutivo
del Poder Judicial, Of‌i cina de Control de la Magistratura
del Poder Judicial, Comisión Nacional de Descarga
Procesal, Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia
de Personal y Escalafón Judicial, Of‌i cina Desconcentrada
de Control de La Magistratura de la Corte Superior
de Justicia de Lima Este – ODECMA y la Of‌i cina de
Administración Distrital de éste Distrito Judicial, para los
f‌i nes pertinentes.
Publíquese, comuníquese, regístrese y cúmplase.
MARIA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT
Presidenta
1146110-1
Implementan el Sistema de Turno
Permanente para los Procesos Penales
en la Corte Superior de Justicia de
Ventanilla - Lima Noroeste, por un
periodo semanal
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE
VENTANILLA – LIMA NOROESTE
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA
N° 001-2014-P-CSJVLNO/PJ
Lima, 29 de setiembre de 2014
CONSIDERANDO:
Mediante Resolución Administrativa N° 128-2014-
CE-PJ del 23 de abril de 2014, complementada por
las Resoluciones Administrativas N°s. 219, 288 y 317-
2014-CE-PJ de fechas 27 de abril, 27 de agosto y 17 de
setiembre de 2014, respectivamente, se creó el Distrito
Judicial de Ventanilla - Lima Noroeste, con sede en el
Distrito de Ventanilla, y cuyo ámbito de competencia
comprende los distritos de Ancón y Santa Rosa (Provincia
de Lima) y los distritos de Ventanilla y Mi Perú (Provincia
Constitucional del Callao).
Mediante Resolución Administrativa N° 279-2014-
CE-PJ del 12 de agosto de 2014, publicada en el Diario
Of‌i cial El Peruano el 06 de setiembre último, se dispuso el
funcionamiento del citado Distrito Judicial, a partir del 30
de setiembre de 2014.
Mediante Resolución Administrativa N° 121-
2014-CE-PJ del 02 de abril de 2014, publicada el 13
de junio del presente año, se implementó una nueva
estructura en el sistema de turnos judiciales de los
Jueces Penales en todas las Cortes Superiores de
Justicia del país, estableciendo el Artículo Primero de
la citada Resolución Administrativa la uniformización
del sistema de turno penal a uno de duración semanal,
el mismo que se iniciará el día lunes, a partir del minuto
siguiente de concluida la jornada laboral ordinaria del
Poder Judicial, según el horario dispuesto en cada sede
judicial, concluyendo al sétimo día de iniciado; es decir,
el próximo lunes, hasta un minuto antes del inicio de la
jornada laboral ordinaria.
En consecuencia, en cumplimiento de las disposiciones
administrativas anteriormente mencionadas, y en uso de
las atribuciones conferidas en los incisos 3), 4) y 9) del
artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, la Presidencia (e) de la Corte Superior
de Justicia de Ventanilla - Lima Noroeste:
RESUELVE:
Artículo Primero.- IMPLEMENTAR a partir del día
martes 30 de setiembre de 2014, el Sistema de Turno
Permanente para los Procesos Penales en la Corte
Superior de Justicia de Ventanilla - Lima Noroeste,
por un periodo semanal, de acuerdo a las siguientes
disposiciones:
a) Excepcionalmente, y teniendo en cuenta la fecha
de inicio de funciones del Distrito Judicial de Ventanilla
- Lima Noroeste, el primer Turno Permanente empezará
el día martes 30 de setiembre de 2014, a las 04:46 p.m.
hasta las 07:59 a.m. del día lunes 06 de octubre de 2014;
siendo que, en lo sucesivo, los Turnos Permanentes se
iniciarán los días lunes de cada semana a partir del minuto
siguiente de concluida la jornada laboral ordinaria en esta
Sede Judicial; esto es, desde las 4:46 p.m., extendiéndose
hasta un minuto antes del horario de ingreso del día lunes
de la siguiente semana, es decir, hasta las 7:59 a.m. de
dicho día.
b) Los pedidos ingresados fuera de la jornada laboral
ordinaria, así como aquellos ingresados los días sábados,
domingos y feriados no laborables en la semana de turno,
serán dirigidos y atendidos exclusivamente por el Juez
Penal de Turno.
Artículo Segundo.- DISPONER que el Sistema
de Turno Penal Permanente se aplicará únicamente
para los Jueces Penales del Primer Juzgado Penal
de Ventanilla, Segundo Juzgado Penal de Ventanilla
y Juzgado Penal Transitorio de Ventanilla, quedando
excluidos los Jueces del Juzgado Mixto Permanente
de Ventanilla y el Juzgado Mixto Transitorio de
Ventanilla.
Artículo Tercero.- ESTABLECER que el orden en
el desarrollo de los turnos judiciales efectuados por los
Jueces Penales, a implementarse a partir del 30 de
setiembre de 2014, se iniciará con el Juzgado Penal
Transitorio de Ventanilla, luego con el Primer Juzgado
Penal de Ventanilla y continuando con el Segundo
Juzgado Penal de Ventanilla respectivamente y así
sucesivamente el mes siguiente, detallándose el turno
conforme al siguiente cronograma:
MES DE OCTUBRE 2014
Juzgado Fecha Turno
Juzgado Penal
Transitorio de
Ventanilla Martes 30/09/2014 Desde las 04:46 p.m.
hasta las 07:59 a.m. del
día lunes 06/10/2014
Primer Juzgado
Penal de Ventanilla Lunes 06/10/2014 Desde las 04:46 p.m.
hasta las 07:59 a.m. del
día lunes 13/10/2014
Segundo Juzgado
Penal de Ventanilla Lunes 13/10/2014 Desde las 04:46 p.m.
hasta las 07:59 a.m. del
día lunes 20/10/2014
Juzgado Penal
Transitorio de
Ventanilla Lunes 20/10/2014 Desde las 04:46 p.m.
hasta las 07:59 a.m. del
día lunes 27/10/2014
Primer Juzgado
Penal de Ventanilla Lunes 27/10/2014 Desde las 04:46 p.m.
hasta las 07:59 a.m. del
día lunes 03/11/2014
Artículo Cuarto.- La Of‌i cina Desconcentrada de
Control de la Magistratura –ODECMA- en el ejercicio
de sus funciones, supervisará el cumplimiento de las
disposiciones establecidas en la presente resolución,
debiendo, de ser el caso, adoptar las medidas pertinentes
en caso de incumplimiento.
Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente
resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de
Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Of‌i cina
de Control de la Magistratura, Consejo Nacional de la
Magistratura, Fiscalía de la Nación, Ministerio de Justicia,
Of‌i cina Desconcentrada de Control de la Magistratura y
Of‌i cina de Administración Distrital de esta Corte Superior
de Justicia, así como, a los Magistrados que corresponda
para los f‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
JACKELINE YALÁN LEAL
Presidenta (e)
1146515-1

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