RESOLUCION MINISTERIAL N° 0200-2013-AG - Encargan a la Dirección General de Infraestructura Hidráulica el ejercicio de la rectoría en materia de saneamiento físico legal y formalización de la propiedad agraria establecida en el D.S. N° 001-2013-AG

Fecha de disposición05 Junio 2013
Fecha de publicación05 Junio 2013
El Peruano
Miércoles 5 de junio de 2013 496511
Encargan a la Dirección General de
Infraestructura Hidráulica el ejercicio
de la rectoría en materia de saneamiento
físico legal y formalización de la
propiedad agraria establecida en el
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0200-2013-AG
Lima, 4 de junio de 2013
VISTO:
El Of‌i cio Nº 0502-2013-AG/DGIH-DG, de la Dirección
General de Infraestructura Hidráulica, proponiendo la
designación del órgano encargado de la rectoría en
materia de saneamiento físico legal de la propiedad
agraria; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 22.2 del artículo
los Ministerios diseñan, establecen, ejecutan y supervisan
políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría
respecto de ellas;
Que, concordando con dicha norma, el numeral 3.1
del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 997, Decreto
Legislativo que aprueba la Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Agricultura, prescribe que
este tiene por objeto diseñar, establecer, ejecutar y
supervisar la Política Nacional Agraria, asumiendo la
rectoría respecto a ella, de acuerdo con las atribuciones
Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de dicha Ley,
reitera que el Ministerio de Agricultura es el órgano
rector del Sector Agrario y es el que establece la Política
Nacional Agraria, la cual es de obligatorio cumplimiento
en todos los niveles de gobierno; precisándose en el
numeral 4.2 que el Sector Agrario comprende las tierras
de uso agrícola, de pastoreo, las tierras forestales, las
eriazas con aptitud agraria, los recursos forestales y su
aprovechamiento; la f‌l ora y fauna; los recursos hídricos;
la infraestructura agraria; las actividades de producción,
de transformación y de comercialización de cultivos y
de crianzas; y los servicios y actividades vinculados a
la actividad agraria como la sanidad, la investigación,
la capacitación, la extensión y la transferencia de
tecnología agraria, conforme a la Política Nacional
Agraria y a lo establecido en la Constitución Política
del Perú, demás leyes vigentes y su Reglamento de
Organización y Funciones;
establecido que el Ministerio de Agricultura es el ente
rector de la Política Nacional Agraria que comprende las
tierras de uso agrícola, de pastoreo, las tierras forestales,
las eriazas con aptitud agraria, los recursos forestales y
su aprovechamiento; desarrolla la política nacional que
def‌i ne los objetivos prioritarios, los lineamientos, los
contenidos y los estándares nacionales de cumplimiento
en materia de propiedad agraria, incluido el saneamiento
físico legal y formalización de la propiedad agraria,
comprendiendo las tierras de las Comunidades
Campesinas y Nativas;
Que, acorde con lo dispuesto en el referido Decreto
Supremo y, en tanto se modif‌i que el instrumento técnico
normativo de gestión institucional de este Ministerio, es
necesario determinar al órgano de línea del Ministerio de
Agricultura que se encargará del ejercicio de la rectoría
en materia de saneamiento físico legal y formalización de
la propiedad agraria establecida en el Decreto Supremo
Nº 001-2013-AG;
Que, el artículo 3 del Decreto Supremo en mención,
establece que mediante Resolución Ministerial
del Ministerio de Agricultura se aprobarán las
disposiciones que sean necesarias para implementar
lo regulado en él;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997,
Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento
de Organización y Funciones aprobado por Decreto
Supremo Nº 031-2008-AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Encargar a la Dirección General de
Infraestructura Hidráulica, en tanto se modif‌i que el
Reglamento de Organización y Funciones de este
Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 031-
2008-AG, el ejercicio de la rectoría en materia de
saneamiento físico legal y formalización de la propiedad
agraria, comprendiendo las tierras de las Comunidades
Campesinas y Nativas, establecida en el Decreto Supremo
Nº 001-2013-AG.
Artículo 2.- Publicar la presente Resolución Ministerial
en el Diario Of‌i cial El Peruano, en el Portal Electrónico del
Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el Portal Electrónico
del Ministerio de Agricultura www.minag.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Agricultura
946191-2
Encargan funciones de Sub Director
de la Unidad de Planeamiento de la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto
de la Autoridad Nacional del Agua
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 227-2013-ANA
Lima, 04 de junio de 2013
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 3º de la Resolución Jefatural
Nº 226-2013-ANA, se encargó temporalmente al señor
Héctor Fernando Piscoya Vera, las funciones de la
Unidad de Planeamiento de la Of‌i cina de Planeamiento y
Presupuesto de la Autoridad Nacional;
Que, se ha dispuesto dejar sin efecto la mencionada
encargatura temporal y encargar a un nuevo profesional
tales funciones;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594,
Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en
el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos
y el Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, que aprobó el
Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la
Autoridad Nacional del Agua.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Encargar, a partir del día 06 de junio
de 2013, al señor PERCY YGNACIO MARÍN LIRA, las
funciones de Sub Director de la Unidad de Planeamiento
de la Of‌i cina de Planeamiento y Presupuesto de la
Autoridad Nacional del Agua.
Artículo 2º.- Dar por concluida, a partir del día 06 de
junio de 2013, la encargatura temporal de funciones en la
Unidad de Planeamiento de la Of‌i cina de Planeamiento y
Presupuesto de la Autoridad Nacional del Agua, conferida
al señor HECTOR FERNANDO PISCOYA VERA, dejando
sin efecto a partir de dicha fecha el artículo 3º de la
Resolución Jefatural Nº 226-2013-ANA.
Regístrese, comuníquese y publíquese,
HUGO EDUARDO JARA FACUNDO
Jefe
Autoridad Nacional del Agua
946023-1

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