ORDENANZA N° 007-2014-GRU-CR - Aprueban modificación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones ROF del Gobierno Regional de Ucayali

Fecha de disposición08 Junio 2014
Fecha de publicación08 Junio 2014
El Peruano
Domingo 8 de junio de 2014
524900
recursos mediante decreto supremo refrendado por
el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de
Educación y a propuesta de este último, a favor de las
unidades ejecutoras de educación de los Gobiernos
Regionales, para el f‌i nanciamiento de nuevas plazas
para promotores de Educación Física, en concordancia
con la Resolución Ministerial Nº 041-2014-MINEDU y
su modif‌i catoria la Resolución Ministerial Nº 081-2014-
MINEDU.
Que, para tal propósito el Decreto Supremo Nº 047-
2014-EF, autoriza transferir recursos presupuestales al
Gobierno Regional de Lambayeque para el f‌i nanciamiento
de las citadas plazas a favor de las Unidades Ejecutoras:
300 – Educación Chiclayo, treinta y dos (32), 302 –
Educación Lambayeque, doce (12); y, 303 – Educación
Ferreñafe, nueve (09).
Que, la Gerencia Regional de Educación, mediante
Of‌i cio Nº 924-2014-GR.LAMB/GRED-DEGI, está
solicitando la modif‌i cación del Cuadro para Asignación de
Personal – CAP, del Gobierno Regional Lambayeque, en
lo pertinente a las Unidades de Gestión Educativa Locales
de Chiclayo, Lambayeque y Ferreñafe, en el entendido
que dichas UGEL han cumplido con remitir el desagregado
de las plazas asignadas a nivel de institución educativa
primaria y cantidad asignada.
Que, a fin de implementar dicho requerimiento,
resulta pertinente modificar el CAP del Gobierno
Regional Lambayeque, aprobado con Ordenanza
Regional 009-2011-GR.LAMB/CR, incorporando
cincuenta y tres (53) cargos - plazas, cantidad que está
dentro del límite que establece el Decreto Supremo
No. 043-2004-PCM, sobre los cargos de apoyo y
asesoramiento que no supera el 2%, porcentaje que
está dentro del límite del 20% que establece la citada
norma nacional;
atribuciones del Consejo Regional, el “aprobar, modif‌i car
o derogar las normas que regulen o reglamenten los
asuntos y materias de competencia y funciones del
Gobierno Regional”.
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo
Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional
del departamento de Lambayeque ha emitido la siguiente
Ordenanza Regional;
SE ORDENA:
Artículo Primero.- APROBAR la modif‌i cación
propuesta por la Gerencia Regional de Educación del
vigente Cuadro para Asignación de Personal – CAP del
Gobierno Regional Lambayeque, incorporando cincuenta
y tres (53) nuevos cargos – plazas en las siguientes
Unidades Ejecutoras:
a) “300 – Educación Chiclayo”, en número de treinta
y dos (32);
b) “302 – Educación Lambayeque”, en número de
doce (12); y,
c) “303 – Educación Ferreñafe”, en número de nueve
(09).
Artículo Segundo.- APROBAR el desagregado de
la asignación de plazas en las unidades ejecutoras
que alude el artículo anterior y en las instituciones
educativas que se detallan en los anexos A, B y C, de
esta ordenanza.
Artículo Tercero.- SOLICITAR a la Presidencia
Regional, para que mediante Decreto Regional, apruebe
la renumeración y codif‌i cación del Cuadro para Asignación
de Personal – CAP de las Unidades Ejecutoras 300, 302
y 303, Pliego 452 – Gobierno Regional del Departamento
de Lambayeque, en los términos que establece el Artículo
anterior de la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de
la presente ordenanza regional en el diario of‌i cial El
Peruano, así como en el diario encargado de la publicación
de los avisos judiciales de la región Lambayeque,
difundiéndose además a través del Portal Electrónico
Institucional del Gobierno Regional de Lambayeque,
www.regionlambayeque.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de
Lambayeque para su promulgación.
Dado en Chiclayo, a los treinta días del mes de mayo
del año dos mil catorce.
MIGUEL BAZÁN ZÁRATE
Consejero Delegado
Gobierno Regional Lambayeque
Presidente de la Comisión de Promoción de Turismo
La Inversión y Cooperación Internacional
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la sede central del Gobierno Regional de
Lambayeque, a los treinta días del mes de mayo del año
dos mil catorce.
HUMBERTO ACUÑA PERALTA
Presidente Regional
1093648-1
GOBIERNO REGIONAL
DE UCAYALI
Aprueban modificación de la
Estructura Orgánica y el Reglamento
de Organización y Funciones ROF del
Gobierno Regional de Ucayali
ORDENANZA REGIONAL
Nº 007-2014-GRU-CR.
EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI
POR CUANTO:
El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad
con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la
Constitución Política del Estado, modif‌i cado por Ley de
Reforma Constitucional, Capítulo XIV, Título IV sobre
Descentralización – Ley Nº 27680, Ley Nº 27783, Ley
de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales, modif‌i cado por la
Leyes Nº 27902, Nº 28968, Nº 29053 y demás normas
complementarias en Sesión Ordinaria de fecha, 21 de
marzo del 2014, y;
CONSIDERANDO:
Estado, prescribe que los Gobiernos Regionales, gozan
de autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia.
Que, con Ordenanza Regional Nº 025-2013-GRU/
CR, de fecha 16 de Diciembre de 2013, se aprueba la
modif‌i cación de la Estructura Orgánica y las funciones
del Reglamento de Organización y Funciones - ROF,
del Gobierno Regional de Ucayali, conteniendo nueve
(09) Títulos, dieciocho (18) Capítulos, ciento veinte (120)
Artículos y ocho (08) disposiciones complementarias
transitorias y f‌i nales.
Que, con Ordenanza Regional Nº 001-2013-GRU-
CR, de fecha 04 de febrero de 2013, se Crea la Autoridad
Regional Ambiental de Ucayali (ARAU) como órgano
dependiente de la Gerencia General Regional, encargada
de consolidar, planif‌i car y ejercer la autoridad en materia
ambiental, ordenamiento territorial y manejo sostenible
de los recursos naturales renovables dentro del ámbito
regional.
Que, el Consejo Regional de Ucayali, tiene las
atribuciones de normar la organización interna del
Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales,

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