ORDENANZA N° 080-2014-CR-GRH - Aprueban la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Huánuco

Fecha de publicación20 Septiembre 2014
Fecha de disposición20 Septiembre 2014
El Peruano
Sábado 20 de setiembre de 2014
532974
Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro
de los 15 (quince) días calendario siguientes a su
reincorporación, deberá presentar un informe detallado
describiendo las acciones realizadas y los resultados
obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el
cumplimiento de la presente autorización, según se
indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con
cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014,
de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes US$ 722.25
Viáticos US$ 1,480.00
Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga
derecho a exoneración o liberación de impuestos de
Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la
funcionaria cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER POGGI CAMPODÓNICO
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de
Pensiones (a.i)
1140410-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE HUANUCO
Aprueban la modificación del
Reglamento de Organización y Funciones
(ROF) de la Dirección Regional
de Transportes y Comunicaciones
Huánuco
ORDENANZA REGIONAL
Nº 080-2014-CR-GRH
Huánuco, 6 de agosto del 2014
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
HUÁNUCO.
POR CUANTO:
Visto, en Sesión Ordinaria del Consejo Regional, de
fecha 31 de julio del dos mil catorce, el Dictamen Nº 031-
2014-GRH-CP/CPPPATAL, de la Comisión Permanente
de Planeamiento, Presupuesto, y Acondicionamiento
Territorial y Asuntos Legales, sobre la propuesta de
modif‌i cación del Reglamento de Organización y Funciones
(ROF), de la Dirección Regional de Transportes y
Comunicaciones Huánuco, y;
CONSIDERANDO:
Estado, modif‌i cado por la Ley de Reforma Constitucional
del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización
- Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales
tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia; y el artículo 192º en su
inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son
competentes para aprobar su organización interna y su
presupuesto;
Que, el artículo 35º de la Ley de Bases de la
Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos
Regionales son competentes para aprobar su organización
interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de
Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales
de Presupuesto;
Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 4o
de la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de
Gestión del Estado señala que el proceso de modernización
de la gestión del estado, tiene como f‌i nalidad fundamental
la obtención de mayores niveles de ef‌i ciencia del aparato
estatal, de manera que se logre una mejor atención a
la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los
recursos públicos, alcanzando un estado con servidores
públicos calif‌i cados y adecuadamente remunerados;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-
PCM, de fecha 26 de Julio de 2006, se aprobaron
los lineamientos para la elaboración y aprobación del
Reglamento de Organización y Funciones – ROF de las
Entidades de la Administración Pública, estableciendo en
el Titulo III Aprobación del ROF.- Art. 28º De la Necesidad
de aprobar el ROF, incisos c) Por efecto de la transferencia
de funciones en el marco del proceso de descentralización
y f) Para optimizar o simplif‌i car los procesos de la entidad
con la f‌i nalidad de cumplir con mayor ef‌i ciencia su misión
y funciones;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones
– ROF, es el documento técnico normativo de gestión
institucional que formaliza la estructura orgánica de
la Entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro
de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones
generales de la Entidad y las funciones específ‌i cas de los
órganos y unidades orgánicas;
Que, de conformidad a lo establecido en el literal a),
del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional,
aprobar modif‌i car o derogar las normas que regulen o
reglamenten los asuntos y materias de competencias y
funciones del Gobierno Regional, asimismo el artículo
38 de la norma acotada, establece que las Ordenanzas
Regionales, norman asuntos de carácter general, la
Organización y Administración del Gobierno Regional y
reglamentan materias de su competencia;
Que, mediante Informe Nº 009 -2014-GRH-GRPPAT/
SGDIS/GACB de fecha 17 de junio del 2014, presentado
por la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Sistemas
solicita la aprobación del proyecto de Reglamento
de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección
Regional de Transportes y Comunicaciones Huánuco,
instrumento de gestión adecuado y modif‌i cado en el
marco de las necesidades surgidas de la experiencia
de la Descentralización; así como concordado con la
normatividad legal vigente que rige el actual proceso de
modernización de la gestión del Estado y de las nuevas
tendencias del desarrollo organizacional; evitándose
cualquier caso de duplicidad de funciones entre sus
distintos Órganos y Dependencias;
Que, la presente Ordenanza Regional cuenta con
el dictamen favorable de la Comisión Permanente de
Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial
del Consejo Regional y de conformidad con las atribuciones
conferidas por los Artículos 9o, 10º, 11º, 15º, y 38 de la
Ley Orgánica de Gobierno Regionales Nº 27867;
Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones
conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867
por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional
de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y
aprobación del acta.
HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA
REGIONAL :
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO
DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA
DIRECCIÓN REGIONAL DE TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES HUÁNUCO.
Artículo Primero,- APROBAR, la modif‌i cación del
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES -
ROF DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TRANSPORTES
Y COMUNICACIONES HUÁNUCO, el mismo que consta
de siete (07) Títulos, Cuarenta y siete (47) Artículos, Tres
(03) Disposición Complementaria, Transitorias y Finales y
una Estructura Orgánica, cuyo texto adjunto forma parte
integrante de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Segundo.- DEJESE, sin efecto toda
disposición que se oponga a la presente Ordenanza
Regional.
Artículo Tercero.- PUBLICAR, la presente Ordenanza
en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Huánuco,
conforme a lo dispuesto en el artículo diecisiete del
Decreto Supremo número cero cuarenta y tres del dos mil
cuatro - PCM; concordante con lo previsto en el artículo

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