RESOLUCION N° 424-2014-GODU-GG/MDSA - Declaran habilitación urbana de oficio respecto de inmueble ubicado en el distrito

Fecha de disposición24 Septiembre 2014
Fecha de publicación24 Septiembre 2014
El Peruano
Miércoles 24 de setiembre de 2014
533240
LOTE FRENTE L. DERECHO L. IZQUIERDO FONDO AREA
3 7.47 20.00 20.00 7.47 149.40
4 7.00 20.00 20.00 7.00 140.00
5 13.82 20.00 20.00 14.61 283.98
6 2.91-8.78 18.54 20.00 13.12 241.32
7 5.93 20.00 20.00 5.93 118.60
8 6.00 20.00 20.00 6.00 120.00
9 6.00 20.00 20.00 6.00 120.00
10 9.01 20.00 20.00 8.22 172.10
TOTAL 1594.22
MANZANA C
LOTE FRENTE L. DERECHO L. IZQUIERDO FONDO AREA
1 9.28 24.08 23.33 9.39 218.63
2 6.00 24.56 24.08 6.07 145.06
3 6.04 25.05 24.56 6.12 149.23
4 6.00 25.54 25.05 6.08 151.15
5 6.00 26.02 25.54 6.08 154.05
6 6.98 26.30 26.02 5.17 157.73
TOTAL 975.85
Aportes Reglamentarios.- La nueva modalidad de
Habilitación Urbana de Of‌i cio, por su carácter excepcional,
de conformidad con lo expresado en el Artículo 24º de la
Ley Nº 29090 y su modif‌i catoria en la Ley Nº 29898, no se
encuentra sujeta a los aportes de habilitación urbana.
Artículo Cuarto.- DISPONER la Inscripción registral
del cambio de rústico a urbano de la ahora Urbanización
Los Jardines de La Encalada, al haberse declarado la
habilitación Urbana de Of‌i cio, de acuerdo a los planos
Plano de Ubicación y Localización, Plano Perimétrico
y Plano Lotización, que forman parte de la presente
Resolución, acto que se formalizará ante el registro de
Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima.
Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la
presente Resolución a la Gerencia General, Gerencia de
Obras y Desarrollo Urbano y la Sub Gerencia de Catastro
y Habilitaciones Urbanas.
Artículo Sexto.- HACER DE CONOCIMIENTO el
presente acto administrativo a la parte interesada e
instancias administrativas que correspondan.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
NELLY HELGA ARIAS CHAUCA
Gerente de Obras y Desarrollo Urbano (e)
1141394-1
Declaran habilitación urbana de oficio
respecto de inmueble ubicado en el
distrito
GERENCIA DE OBRAS Y DESARROLLO
URBANO
RESOLUCIÓN DE GERENCIA
Nº 424-2014-GODU-GG/MDSA
Santa Anita, 12 de setiembre 2014
VISTO:
El Memorándum Nº 600-2014-GODU/MDSA de
fecha 13.Jun.2014 de la Gerencia de Obras y Desarrollo
Urbano, Informe Nº 465-2014-SGCHU-GODU/MDSA
de fecha 11.Jun.2014 de la Sub Gerencia de Catastro y
Habilitaciones Urbanas e Informe Nº 590-2014-GAJ/MDSA
de fecha 15.Ago.2014 de la Gerencia de Asesoría Jurídica,
a través del cual se solicita a la Municipalidad Distrital de
Santa Anita iniciar el proceso administrativo de Habilitación
Urbana de Of‌i cio del predio rústico denominado parte del
Lote Tres de los Fundos Encalada y Salinas del distrito
de Santa Anita, inscrito en la Ficha 146413 continuada en
la Partida Registral Nº 45116816 de la Zona Registral Nº
IX, Sede Lima, de la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 73º Numeral 1 Inc. 1.3 de la Ley Nº
27972 señala que una de las funciones específ‌i cas de las
municipalidades es la organización de espacios físicos y
uso del suelo en materia de habilitaciones urbanas. Lo
anterior se complementa con lo establecido en el artículo
79º, Numeral 3.6 Inc. 1 de la acotada ley, que determina
dentro de las funciones específ‌i cas y exclusivas de
las municipalidades distritales, la de normar, regular y
otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la
f‌i scalización de Habilitaciones Urbanas;
Que, el Artículo 24º de la Ley Nº 29090 – Ley
de Regularización de Habilitaciones Urbanas y de
Edif‌i caciones, modif‌i cada por la Ley Nº 29898, establece
que: “Las municipalidades declaran la habilitación urbana
de of‌i cio de los predios calif‌i cados registralmente como
rústicos ubicados en zonas urbanas consolidadas,
que cuentan con edif‌i caciones y servicios públicos
domiciliarios. Estas habilitaciones no se encuentran
sujetas a los aportes de habilitaciones urbanas”;
Que, el Artículo 4º Numeral 9 de la Ley Nº 29090 – Ley
de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edif‌i caciones,
establece que las municipalidades distritales, en el ámbito
de su jurisdicción, las municipalidades provinciales y la
Municipalidad Metropolitana de Lima, en el ámbito del
Cercado, tienen competencia para la aprobación de proyectos
de habilitación urbana y de edif‌i cación, de conformidad
con lo dispuesto en la Ley Nº 27972Ley Orgánica de
Municipalidades. Asimismo, establece que corresponde a
las municipalidades, conforme su jurisdicción, competencias
y atribuciones, el seguimiento, supervisión y f‌i scalización en
la ejecución de los proyectos contemplados en las diversas
modalidades establecidas en la presente Ley;
Que, con Documento Externo Nº 13498 de fecha
27.Set.2013, las personas de Oswaldo Malasquez
Romero, Aida P. Canchan Rodriguez y Nila A. Hipolito
Astocondor de Quispe, quienes se presentan como
Presidente, Tesorera y Secretaria de la Asociación de
Propietarios La Encalada de Santa Anita Primera Etapa
solicitan a este corporativo iniciar el procedimiento de las
habilitaciones urbanas de of‌i cio Ley Nº 29090 y la Ley Nº
29476 del predio ocupado por la Asociación de Vivienda
La Encalada, ubicado en parte del Lote Tres de los Fundos
Encalada y Salinas, en la jurisdicción de este distrito;
Que, con Informe Nº 465-2014-SGCHU-GODU/MDSA
de fecha 11.Jun.2014, la Sub Gerencia de Catastro y
Habilitaciones Urbana opina que realizada la inspección
ocular (Informe Nº 058-2014-MGC-SGCHU-GODU-
MDSA) y de la revisión de la documentación técnica, se
solicite la opinión de la Gerencia de Asesoría Jurídica
respecto a la viabilidad de iniciar el procedimiento a f‌i n
de declarar habilitado de of‌i cio la habilitación urbana
para la Asociación de Vivienda La Encalada, teniendo en
consideración lo indicado en el respectivo informe, que
el inmueble es parte de un inmueble matriz registrado
en la Ficha Nº 146413 (y su continuación en la Partida
Electrónica Nº 45116816) y que los solicitantes presentan
documentos privados y en otros casos, tienen Acta
de Señalización y Adjudicación otorgada por la Cía.
Inmobiliaria Pacasmayo S.A.-CIPCOPSA, co-propietario
registral del inmueble matriz de acuerdo a la Partida Nº
45116816, además de lo anteriormente descrito. Asimismo,
que dicha Gerencia opine tambien respecto a lo señalado
en el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y
Licencias de Edif‌i cación: D.S Nº 008-2013-VIVIENDA, Art.
40-F ítem a) y b);
Que, mediante Memorándum Nº 600-2014-GODU/
MDSA de fecha 13.Jun.2014, la Gerencia de Obras y
Desarrollo Urbano remite en consulta a la Gerencia de
Asesoría Jurídica para verif‌i car la viabilidad de iniciar
el procedimiento a f‌i n de declarar habilitado de of‌i cio la
habilitación urbana para la Asociación de Vivienda La
Encalada;

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