RESOLUCION N° 070-2013-FONCODES/DE - Formalizan asignación de Gerentes Públicos en los cargos de Jefes de las Unidades Territoriales Moquegua y Huancavelica del FONCODES
Fecha de publicación | 06 Julio 2013 |
Fecha de disposición | 06 Julio 2013 |
El Peruano
Sábado 6 de julio de 2013
498750
Que, el referido personal militar ingresará a territorio de
la República, del 8 al 28 de julio de 2013, a fi n de participar
en la Misión Humanitaria Bilateral con el Ministerio de
Defensa, Ministerio de Salud, Instituto Nacional de
Defensa Civil y el Gobierno Regional de Piura;
Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos
para la Autorización y consentimiento para el ingreso
de tropas extranjeras en el territorio de la República,
modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899,
establece que el ingreso de personal militar extranjero sin
armas de guerra para realizar actividades relacionadas a
las medidas de fomento de la confi anza, actividades de
asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios
militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con
personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar
visitas de coordinación o protocolares con autoridades
militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el
Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con
conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros,
quien da cuenta al Congreso de la República por escrito
en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición
de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución
Ministerial de autorización debe especifi car los motivos,
la relación del personal militar, la relación de equipos
transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio
peruano. En los casos en que corresponda se solicitará
opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,
Estando a lo opinado por la Dirección General de
Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de
conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley
Nº 28899;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la
República, sin armas de guerra, al Capitán de Corbeta
Matthew LOPEZ de los Estados Unidos de América, del
8 al 28 de julio de 2013, a fi n que participe en la Misión
Humanitaria Bilateral con el Ministerio de Defensa,
Ministerio de Salud, Instituto Nacional de Defensa Civil y
el Gobierno Regional de Piura.
Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente
del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que
dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que
por Ley Nº 28899.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
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RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 565-2013 DE/SG
Lima, 5 de julio de 2013
CONSIDERANDO:
Que, con Facsímiles (DSD) Nos. 536 y 552 del 1 y 5 de
julio de 2013, respectivamente, el Director de Seguridad
y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita
se expida la autorización para el ingreso de personal
militar de los Estados Unidos de América, sin armas de
guerra;
Que, con Ofi cio G.500-2387 del 26 de junio de 2013,
el Secretario del Comandante General de la Marina por
encargo del Comandante General de la Marina, emite
opinión favorable para el ingreso al país del personal
militar de los Estados Unidos de América;
Que, el referido personal militar ingresará a territorio
de la República, del 8 al 19 de julio de 2013, a fi n de
participar en el entrenamiento de Ofi ciales de Abordaje de
Interdicción Marítima y de Embarque de Equipo Móvil de
Operaciones, a llevarse a cabo en el Callao;
Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos
para la Autorización y consentimiento para el ingreso
de tropas extranjeras en el territorio de la República,
modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899,
establece que el ingreso de personal militar extranjero sin
armas de guerra para realizar actividades relacionadas a
las medidas de fomento de la confi anza, actividades de
asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios
militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con
personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar
visitas de coordinación o protocolares con autoridades
militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el
Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con
conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros,
quien da cuenta al Congreso de la República por escrito
en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición
de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución
Ministerial de autorización debe especifi car los motivos,
la relación del personal militar, la relación de equipos
transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio
peruano. En los casos en que corresponda se solicitará
opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,
Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del
Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada
por la Ley Nº 28899;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la
República, sin armas de guerra, al personal militar de
los Estados Unidos de América detallado a continuación,
del 8 al 19 de julio de 2013, a fi n que participen en el
entrenamiento de Ofi ciales de Abordaje de Interdicción
Marítima y de Embarque de Equipo Móvil de Operaciones,
a llevarse a cabo en el Callao.
1. Técnico 2º Jimi PARTYKA
2. Ofi cial de Mar 1º John BROOKS
3. Ofi cial de Mar 1º Carlos VELEZ
4. Ofi cial de Mar 3º Nicholas BACOKA
5. Ofi cial de Mar 3º Martha MADRIGAL
Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente
del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que
dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que
por Ley Nº 28899.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
958899-3
DESARROLLO E
INCLUSION SOCIAL
Formalizan asignación de Gerentes
Públicos en los cargos de Jefes de las
Unidades Territoriales Moquegua y
Huancavelica del FONCODES
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
Nº 070-2013-FONCODES/DE
Lima, 05 de julio de 2013
VISTO:
La Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 104-2013-
SERVIR-PE, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N°
108-2013-SERVIR-PE y el Informe N° 142-2013-MIDIS/
SG-OGAJ emitido por la Ofi cina General de Asesoría
Jurídica del MIDIS; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29792 se crea el Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito,
competencias, funciones y estructura orgánica básica,
disponiendo en su Tercera Disposición Complementaria
Final, la adscripción a dicho Ministerio, entre otros
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