ORDENANZA N° 181-2014/MLV - Fijan tope en el incremento de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2014

EmisorMUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
Fecha de la disposición11 de Enero de 2014
El Peruano
Sábado 11 de enero de 2014 514145
DEBE DECIR: ESTRUCTURA DE COSTOS - 2014
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO
COSTOS DE LA SUBGERENCIA DE LIMPIEZA PUBLICA PARA EL AÑO 2014
ESTRUCTURA DE COSTOS DEL SERVICIO DE SERENAZGO
Concepto Cantidad
Unidad de
medida
Costo
Unitario
% de
Dedicación
% de Depreciación
2/
Costo
Mensual Costo Anual
COSTOS DIRECTOS 224,407.86 2,692,894.29
2COSTO DE MATERIALES 38,183.56 458,202.77
Uniformes de Trabajo 6,001.83 72,022.00
Consumo de Combustible 24,670.90 296,050.77
Gas - camioneta - Litros/año 1.50 100% - -
Gas - automovil - Litros/año 1.50 100% - -
Gasolina - automovil - Galón/año 12.054 100% - -
Gasolina - motocicleta 24,560 Galón/año 12.054 100% 21,998.55 263,982.60
TOTAL 244,271.44 2,931,707.33
1/ Considerar los costos derivados de las actividades de barrido de calles y plazas, recolección de residuos sólidos, recojo de maleza, entre otras relacionadas
directamente con la prestación del servicio.
2/ Usar los siguientes porcentajes de depreciación:
Inmuebles 0.03
Maquinaria, equipo y otras unidades
para la producción
0.10
Equipos de transporte 0.25
Equipos de cómputo 0.25
Muebles y enseres 0.10
3/ Estos costos no podrán exceder el 10% del total del costo del servicio
4/ Considerar personal administrativo, de supervisión, secretarias, entre otros.
1035901-1
MUNICIPALIDAD DE
LA VICTORIA
Fijan tope en el incremento de los
Arbitrios Municipales para el ejercicio
2014
ORDENANZA Nº 181-2014/MLV
La Victoria, 10 de enero de 2014
EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA:
VISTO; en sesión ordinaria de la fecha el Dictamen
Conjunto Nº 002-2014-CPPPAL-CPRDE/MLV de las
Comisiones Permanentes de Planeamiento, Presupuesto
y Asuntos Legales, y de Rentas y Desarrollo Económico, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de
la Constitución Política del Perú en concordancia con el
artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley
Orgánica de Municipalidades –, los gobiernos locales tienen
autonomía política, económica y administrativa en los

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR