ACUERDO N° 986-2013/GRP-CR - Eligen Consejera Delegada del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura para el período anual 2014

Fecha de disposición11 Enero 2014
Fecha de publicación11 Enero 2014
El Peruano
Sábado 11 de enero de 2014 514143
Que, el artículo 38 del Decreto Supremo Nº 007-2008-
VIVIENDA, señala:
“Artículo 38.- Del procedimiento de aprobación
La primera inscripción de dominio de predios
estatales, sin perjuicio de lo establecido en normas
especiales, será sustentada y aprobada por los
Gobiernos Regionales o la SBN de acuerdo a sus
respectivas competencias.
La resolución que dispone la primera inscripción de
dominio del predio del Estado, deberá publicarse por
única vez en el Diario Of‌i cial “El Peruano” y, un extracto,
en un diario de mayor circulación en la Región en que se
encuentre el predio.
La inscripción de los bienes del Estado de dominio
público y de dominio privado se efectuará en el Registro de
Predios a favor del Estado”.
Que, de conformidad con lo establecido en la
Segunda Disposición Complementaria Derogatoria del
procedimiento, se encuentra regulado por las Directivas
Nros. 001-2002/SBN y 003-2004-SBN, sobre Trámites
de Inscripción de la Primera de Dominio de Predios
a favor del Estado, aprobadas con Resolución Nº
011-2002/SBN y Resolución Nº 014-2004/SBN,
respectivamente.
Que, según se desprende del Informe Técnico Legal
Nº 091-2013-GRA/OOT, Informes Nros. 1216 y 1217-
2013-GRA/OOT, emitidos por la Of‌i cina de Ordenamiento
Territorial, se ha seguido el procedimiento establecido y
que se cuenta con los requisitos exigidos en la norma.
Que, en virtud de lo señalado y de la documentación
acompañada, es procedente que el Gobierno Regional
de Arequipa, emita la resolución correspondiente a f‌i n
de que se inscriba en Primera de Dominio en favor del
Estado, el terreno eriazo de dominio privado que consta
de 130.4763 Has ubicado en el Distrito de Yura, Provincia y
Departamento de Arequipa.
Que, de conformidad con lo establecido en las
Directivas mencionadas, la presente resolución es visada
por los profesionales que suscribieron el Informe Técnico
Legal del presente procedimiento.
Con Informe Nº 1596 -2013-GRA/ORAJ emitido por la
Of‌i cina Regional de Asesoría Jurídica y de conformidad
con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de
la Descentralización, Ley N° 27867 Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, Ley N° 27444 Ley de Procedimiento
Administrativo General, Ordenanza Regional N° 010-
AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante
Resolución Ejecutiva Regional N° 772-2011-GRA/PR;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la Primera Inscripción de
Domino a favor del Estado Peruano del terreno eriazo de
dominio privado que consta de 130.4763 Has ubicado en
el Distrito de Yura, Provincia y Departamento de Arequipa;
conforme a los documentos técnicos que sustentan la
presente resolución y que son parte integrante de la
misma.
Artículo 2º.- Disponer que la presente resolución sea
publicada por única vez en el Diario Of‌i cial “El Peruano”
y, un extracto, en el diario de mayor circulación en la
Región.
Artículo 3º.- La Of‌i cina Regional de Planeamiento
Presupuesto y Ordenamientos Territorial del Gobierno
Regional de Arequipa, realizará el registro de los
mencionados terrenos en el SINABIP y tramitará ante la
Zona Registral Nº XII Sede Arequipa, de la Superintendencia
Nacional de Registros Públicos, la inscripción del terreno
materia de la presente resolución.
Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa,
a los veinticuatro días del mes de diciembre del Dos Mil
Trece.
Regístrese y comuníquese.
JORGE LUIS AGUILAR GALLEGOS
Gerente General Regional
1035855-1
GOBIERNO REGIONAL
DE PIURA
Eligen Consejera Delegada del Consejo
Regional del Gobierno Regional Piura
para el período anual 2014
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
Nº 986-2013/GRP-CR
Piura, 26 de diciembre de 2013
CONSIDERANDO:
establece que los gobiernos regionales tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, el artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales, en su literal a) establece como
atribución del Consejo Regional, aprobar, modif‌i car o derogar
las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias
de competencia y funciones del Gobierno Regional;
Que, el artículo 13º de la Ley Nº 29053, que modif‌i ca
establece que el Consejo Regional es el órgano normativo
y f‌i scalizador del Gobierno Regional, le corresponde las
funciones y atribuciones que se establecen en la presente
Ley y aquellas que le sean delegas, está integrado por
los Consejeros Regionales. Anualmente los Consejeros
Regionales eligen, entre ello, a un Consejero Delegado que
convoca y preside las Sesiones del Consejo Regional, lo
representa y tramita sus acuerdos;
Que, el artículo 12º del Reglamento Interno del Consejo
Regional, aprobado con Ordenanza Regional Nº 212-2011/
GRP-CR del 09 de setiembre de 2011, señala “El Consejero
Delegado del Consejo Regional preside y representa al
Consejo Regional, y por lo tanto recibe los honores que
corresponde a su investidura. Anualmente los Consejeros
Regionales eligen entre ellos a un Consejero Delegado
quien convoca y preside las sesiones del Consejo Regional,
el que es elegido por la mayoría simple de miembros del
Consejo Regional”; asimismo, el artículo 14º, establece que
el Consejero Delegado Suplente se encarga de reemplazar
temporalmente al Consejero Delegado en caso de ausencia,
con las prerrogativas y atribuciones propias del cargo;
Que, estando a lo acordado y aprobado, en Sesión
Extraordinaria Nº 30-2013, celebrada el día 26 de diciembre del
2013, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno
Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones
conferidas por la Constitución Política del Estado, modif‌i cada
Nº 27867, y sus modif‌i catorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013,
Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053;
ACUERDA:
Artículo Primero.- Elegir, de conformidad con la
modif‌i cada por Ley Nº 29053, y al Reglamento Interno del
Consejo Regional, aprobado con Ordenanza Regional Nº
212-2011/GRP-CR, a la Sra. Vanessa Periche Boulangger,
Consejera Regional por la Provincia de Paita, como
Consejera Delegada del Consejo Regional del Gobierno
Regional Piura para el Periodo Anual 2014.
Artículo Segundo.- Elegir, de conformidad al
Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado
con Ordenanza Regional Nº 212-2011/GRP-CR, a la Ing.
Uristela Catalina Martínez Ojeda, Consejera Regional por
la Provincia de Huancabamba, como Consejera Delegada
Suplente del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura
para el Periodo Anual 2014.
Artículo Tercero.- Disponer, la publicación del presente
Acuerdo de Consejo Regional en el diario of‌i cial El Peruano.
Artículo Cuarto.- Dispensar al presente Acuerdo de
Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
TOMAS FIESTAS ECHE
Consejero Delegado
Consejo Regional
1036164-1

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