RESOLUCION JEFATURAL N° 001-004-00003286 - Designan funcionarios como Analista Auxiliar Coactivo I y Analista Auxiliar Coactivo III

Fecha de disposición06 Febrero 2014
Fecha de publicación06 Febrero 2014
El Peruano
Jueves 6 de febrero de 2014
516270
estratégica del Plan y la coordinación con las diferentes
entidades, unidades orgánicas regionales, sectoriales
y de la sociedad civil pertinentes, para el logro de la
visión con la realización gradual de los objetivos y f‌i nes
propuestos.
Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de
la presente Ordenanza Regional en el Diario Of‌i cial
El Peruano, así como en los Portales Electrónicos del
Gobierno Regional Amazonas.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Amazonas, para su promulgación.
En Chachapoyas, a los 23 días del mes de diciembre
del 2013.
WALTER HUGO SÁNCHEZ FERNÁNDEZ.
Presidente
Consejo Regional Amazonas
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de
Amazonas, a los 14 días del mes de enero del 2014.
JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO
Presidente
1046591-1
GOBIERNO REGIONAL
DE PIURA
Aprueban el Plan Regional de Empleo
Juvenil 2014 - 2016
ORDENANZA REGIONAL
Nº 283-2014/GRP-CR
El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura;
POR CUANTO:
De conformidad con lo previsto en los Artículos 191º
y 192º de la Constitución Política del Estado, modif‌i cada
por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV
del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680; la
sus modif‌i catorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº
28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y
demás normas complementarias.
CONSIDERANDO:
de 1993, modif‌i cada por Ley de Reforma Constitucional
del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización
Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales
tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia;
Que, mediante Informe Nº 032-2013/GRP-430000 del
09 de setiembre de 2013, Gerencia Regional de Desarrollo
Social remite el Plan Regional de Empleo Juvenil de la
Región Piura 2013 – 2016; con Informe Nº 115-2013/GRP-
410000 del 31 de octubre de 2013, Gerencia Regional
de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial emite opinión técnica respecto al Plan Regional
de Empleo Juvenil;
Que, con Informe Nº 002-2013/GRP-430400 del 11 de
diciembre de 2013, el Consejo Regional de la Juventud
– COREJU emite informe sobre la propuesta presentada,
alcanzando recomendaciones para continuar con el
proceso de aprobación del Plan Regional de Empleo
Juvenil 2014 – 2016; con Informe Nº 2797-2013/GRP-
460000 del 19 de diciembre de 2013, Of‌i cina Regional
de Asesoría Jurídica emite opinión favorable sobre esta
propuesta; y con Informe Nº 001-2014-ACCR del 09
de enero de 2014, Equipo de Apoyo a Comisiones del
Consejo Regional, recomienda la aprobación del Plan
Regional de Empleo Juvenil 2014 – 2016;
Que, El Plan Regional de Empleo Juvenil 2014-2016,
fue elaborado por la Dirección Regional de Trabajo y
Promoción del Empleo de la Región Piura en el primer
semestre del año 2013, habiéndose puesto en conocimiento
del Consejo Regional de Trabajo y Promoción de Empleo,
como órgano consultivo en la materia, el cual mediante
Acta de la sesión Nº 19 del año 2013 hace suya dicha
propuesta; presenta de modo analítico un diagnóstico
situacional del empleo juvenil en la Región Piura, y
una matriz que contiene el objetivo general, objetivos
específ‌i cos, resultado, productos e indicadores, así como
las principales estrategias a desarrollar y los actores
responsables de su ejecución;
Que, estando a lo acordado y aprobado por
unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 01 - 2014, de
fecha 15 de enero del 2014, con dispensa del trámite de
lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del
Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y
atribuciones conferidas por la Constitución Política del
Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales;
Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN REGIONAL
DE EMPLEO JUVENIL 2014 - 2016
Artículo Primero.- Aprobar el “Plan Regional de Empleo
Juvenil 2014 - 2016”, como un instrumento de planeamiento
regional, alineado con el Plan Regional de Desarrollo
Concertado y Plan Estratégico Institucional 2013-2016, y que
en anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General
Regional, disponga a la Gerencia Regional de Desarrollo
Social, la implementación de la presente Ordenanza
Regional.
Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional Piura para su promulgación.
En Piura, a los quince días del mes de enero del año
dos mil catorce.
VANESSA PERICHE BOULANGGER
Consejera Delegada
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional
Piura, a los veinte días del mes de enero del año dos mil
catorce.
JAVIER ATKINS LERGGIOS
Presidente
1046501-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Designan funcionarios como Analista
Auxiliar Coactivo I y Analista Auxiliar
Coactivo III
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 001-004-00003286
Lima, 14 de enero de 2014

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