RESOLUCION N° 099-2014-INGEMMET/PCD - Aprueban relación de derechos mineros que no han cumplido con el pago del Derecho de Vigencia del año 2014

Fecha de publicación25 Agosto 2014
Fecha de disposición25 Agosto 2014
El Peruano
Lunes 25 de agosto de 2014 530877
De conformidad con la Ley N° 27619, que regula
la autorización de viajes al exterior de los servidores
y funcionarios públicos, sus modif‌i catorias, el Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de
Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú
para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Mirko Luis
Bayetto Vásquez, a la ciudad de Cartagena, República de
Colombia, del 26 al 28 de agosto de 2014, para que en
representación de PROMPERÚ lleve a cabo acciones de
promoción de imagen país, durante el evento mencionado
en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución se efectuarán con cargo al
Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del
Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de
acuerdo al siguiente detalle:
- Viáticos (US$ 185,00 x 2 días) : US $ 370,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario
siguientes a su retorno al país, el señor Mirko Luis Bayetto
Vásquez, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal
de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones
realizadas y los logros obtenidos durante el evento al
que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de
cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.
Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni
exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros,
cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARACELLY LACA RAMOS
Secretaria General (e)
1127793-1
INSTITUTO GEOLOGICO
MINERO Y METALURGICO
Aprueban relación de derechos mineros
que no han cumplido con el pago del
Derecho de Vigencia del año 2014
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº 099-2014-INGEMMET/PCD
Lima, 21 de agosto de 2014
VISTO; el Informe Nº 2667-2014-INGEMMET/DDV/
L de fecha 20 de agosto de 2014, de la Dirección de
Derecho de Vigencia;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM se
asigna a la Dirección de Derecho de Vigencia del Instituto
Geológico Minero y Metalúrgico, la responsabilidad de
administrar los pagos por Derecho de Vigencia y Penalidad
de los derechos mineros;
Que, los pagos por Derecho de Vigencia se efectúan
sobre la base del Padrón Minero Nacional actualizado
al 31 de diciembre de cada año, el cual se encuentra
automatizado e integrado con una o más entidades del
Sistema Financiero Nacional, conforme lo dispone el
Decreto Supremo Nº 052-99-EM;
Que, el pago por Derecho de Vigencia es una obligación
anual exigible por parte del Estado a los titulares de los
derechos mineros, la misma que tiene efecto cancelatorio
cuando se realiza en forma íntegra entre el primer
día hábil del mes de enero al 30 de junio de cada año,

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