DECRETO DE ALCALDIA N° 023 - Aprueban el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad

EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Fecha de la disposición27 de Diciembre de 2013
El Peruano
Viernes 27 de diciembre de 2013 511313
Artículo Segundo.- DISPONER que se remita la
publicación del presente Decreto de Alcaldía así como
el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y
Demolición depositados en espacios públicos y de obras
menores de la Municipalidad Distrital de Santa Anita a
la Of‌i cina de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de
Servicios Públicos y Desarrollo Social la implementación
y ejecución del Plan de Gestión de Residuos de la
Construcción y Demolición depositados en espacios
públicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital
de Santa Anita.
Artículo Cuarto.- NOTIFICAR el presente Decreto
de Alcaldía a la Unidades Orgánicas pertinentes de la
Municipalidad Distrital de Santa Anita a f‌i n que brinden las
facilidades del caso a la Gerencia de Servicios Públicos y
Desarrollo Social respecto a la implementación y ejecución
del Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y
Demolición depositados en espacios públicos y de obras
menores.
Artículo Quinto.- DISPONER la publicación del
presente Decreto de Alcaldía en el Diario Of‌i cial El Peruano,
así como en el Portal de Transparencia de la Municipalidad
Distrital de Santa Anita.
Artículo Sexto.- DISPONER que el presente Decreto
de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su
publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA
Alcaldesa
1031945-1
MUNICIPALIDAD DE
SURQUILLO
Aprueban el Plan de Gestión de Residuos
de la Construcción y Demolición
depositados en espacios públicos y de
obras menores de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA
Nº 015-2013-MDS
Surquillo, 23 de diciembre de 2013.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
SURQUILLO
Visto, el Informe Nº 02-2013- EQUIPO TECNICO/
MDS de fecha 20 de diciembre de 2013, designados
por Resolución de Alcaldía Nº 193-2013-MDS y
Resolución de Alcaldía Nº 373-2013-MDS, el Informe
Nº 710-2013-GAJ-MDS de fecha 20 de diciembre de
2013 y Memorándum Nº 883-2013-MDS de fecha 20
de diciembre de 2013 de la Gerencia de Planeamiento,
Presupuesto y Cooperación Internacional de fecha 19
de diciembre de 2013; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad distrital de Surquillo en su
condición de gobierno local, cuenta con autonomía de
Descentralización y en la Ley Orgánica de Municipalidades
y ejerce sus competencias dentro del ámbito del distrito
de Surquillo, conforme lo establece el Artículo ll del Título
Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades
27972, en concordancia con lo señalado en el artículo 194º
Que, la Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos
Sólidos, establece derechos, obligaciones, atribuciones
y responsabilidades de la sociedad en su conjunto para
asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos,
sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a
los Principios de Minimización, Prevención, de Riesgo
Ambiental y Protección de la Salud y el bienestar de la
persona humana; la gestión de los residuos sólidos en el
país tiene como f‌i nalidad su manejo integral y sostenible,
mediante la articulación, integración y compatibilización de
las políticas, planes, programas, estrategias y acciones
de quienes intervienen en la gestión y el manejo de los
residuos sólidos;
Que, la Segunda Disposición Complementaria,
Transitoria y Final del Reglamento de la Ley General de
Residuos Sólidos aprobado por el Decreto Supremo Nº
057-2004-PCM establece la obligación de una adecuada
disposición f‌i nal de residuos cualquiera sea su origen
así como la importación de residuos sólidos, por lo
que esta obligación se hace extensiva a los residuos
sólidos de la construcción y demolición resultantes
de las actividades de construcción, rehabilitación,
restauración, remodelación y demolición de edif‌i caciones
e infraestructura;
establece que los gobiernos locales representan al
vecindario, promueven la adecuada prestación de los
servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible
y armónico de su circunscripción, y conforme al cardenal 2,
numeral 2.1 del artículo 73º, tienen, dentro del marco de las
competencias y funciones específ‌i cas la que sumen con
carácter compartido el saneamiento ambiental, salubridad
y salud, que conlleven al saneamiento ambiental, así
como, la limpieza, higiene y salubridad en los lugares
públicos, lo cual puede realizar en estrecha coordinación y
en forma compartida con la Municipalidad Provincial y los
Órganos Regionales, conforme lo establece el artículo 75º
de la citada Ley;
Que, los numerales 3.1 y 3.4 del cardenal 3. del artículo
establece como funciones específ‌i cas exclusivas de
las municipalidades distritales, proveer del servicio de
limpieza pública determinando las áreas de acumulación
de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento
industrial de desperdicios, así como f‌i scalizar y realizar
labores de control respecto de la emisión de humos, gases,
ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera
y el ambiente, respectivamente.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2013-
EF publicado en el Diario Of‌i cial El Peruano de fecha
10 de enero de 2013 se aprueban los Procedimientos
para el cumplimiento de Metas y la Asignación de los
Recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la
Gestión y Modernización Municipal del año 2013, donde
la Municipalidad Distrital de Surquillo, deberá cumplir
metas respecto a la mejora de la gestión de los residuos
sólidos la construcción y demolición y el propósito de
establecer una adecuada gestión de los RCD de obras
menores a nivel municipal;
Que, según el Informe Nº 02-2013-Equipo Técnico-
MDS, ha elaborado un Plan de Gestión Residuos de
la Construcción y Demolición depositados en espacios
públicos y de obras menores, en base al Informe de
identif‌i cación, cuantif‌i cación y clasif‌i cación de RCD,
depositados en espacios públicos del distrito de Surquillo,
realizado 23 de Julio de 2013, que, de acuerdo al Informe
Legal Nº 710-2013-GAJ-MDS el citado plan de gestión
cumple con los requisitos establecidos en las normas
reglamentarias, asimismo cuenta con la aprobación de la
Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación
Internacional, en su Memorándum Nº 883-2013 GPP/
MDS.
De conformidad a lo dispuesto en el inciso 6) del
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Gestión de
Residuos de la Construcción y Demolición depositados en
espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad
distrital de Surquillo.
Artículo Segundo.- DISPONER se remita la
publicación del presente Decreto de Alcaldía así como
el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y
Demolición depositados en espacios públicos y de obras
menores de la Municipalidad distrital de Surquillo, a la
Of‌i cina de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencias y Sub
Gerencias designadas como Equipo Técnico de Trabajo,
el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de
Alcaldía.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR la publicación del
presente Decreto de Alcaldía a la Secretaría General.

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