RESOLUCION N° 947-2014-JNE - Declaran nula resolución que declaró improcedente inscripción de lista de candidatos presentada para el Concejo Provincial de Carlos Fermín Fitzcarrald, departamento de Ancash

Fecha de disposición01 Septiembre 2014
Fecha de publicación01 Septiembre 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Lunes 1 de setiembre de 2014 531553
del nuevo pronunciamiento respecto a la solicitud de
inscripción de lista de candidatos por el partido político
Democracia Directa, resuelva el pedido de acreditación
de personeros, conforme a lo establecido en la Resolución
N.° 748-2014-JNE.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de
Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo único.- Declarar NULA la Resolución
N.° 002, de fecha 11 de julio de 2014, emitida por
el Jurado Electoral Especial de Huari, que declaró
improcedente la inscripción de la lista de candidatos
presentada para el Concejo Distrital de Uco, provincia
de Huari, departamento de Áncash, para participar
en las Elecciones Regionales y Municipales 2014; y,
en consecuencia, DISPONER que el citado órgano
electoral calif‌i que nuevamente la solicitud de inscripción
de candidatos, observando los criterios expuestos en la
presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
1131065-6
Declaran nula resolución que declaró
improcedente inscripción de lista de
candidatos presentada para el Concejo
Provincial de Carlos Fermín Fitzcarrald,
departamento de Ancash
RESOLUCIÓN N° 947-2014-JNE
Expediente N° J-2014-01073
CARLOS FERMÍN FITZCARRALD - ÁNCASH
JEE HUARI (EXPEDIENTE N° 00076-2014-010)
ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014
RECURSO DE APELACIÓN
Lima, treinta de julio de dos mil catorce
VISTO en audiencia pública de la fecha el recurso
de apelación interpuesto por Daniel Ronald Raa Ortíz,
personero legal titular por la organización política
Democracia Directa, inscrito ante el Registro de
Organizaciones Políticas, en contra de la Resolución N°
002, de fecha 11 de julio de 2014, emitida por el Jurado
Electoral Especial de Huari, que declaró improcedente la
solicitud de inscripción de la lista de candidatos presentada
para el Concejo Provincial de Carlos Fermín Fitzcarrald,
departamento de Áncash, con el objeto de participar en
las elecciones municipales de 2014.
ANTECEDENTES
Sobre el procedimiento de inscripción de las listas
de candidatos
Con fecha 4 de julio de 2014, Anf‌i err Francisco Fierro
Navarro presentó ante el Jurado Electoral Especial de
Huari (en adelante JEE), la solicitud de inscripción de la
lista de candidatos para el Concejo Provincial de Carlos
Fermín Fitzcarrald, departamento de Áncash, a efectos de
participar en las elecciones municipales de 2014 (fojas 2
y siguientes).
Mediante Resolución N° 002 (fojas 67 a 69), de
fecha 11 de julio de 2014, el JEE declaró improcedente
la solicitud de inscripción antes referida debido a que
Anf‌i err Francisco Fierro Navarro, quien suscribió y
presentó la referida solicitud, carecía de legitimidad
para obrar en tanto no se encontraba inscrito como
personero legal titular o alterno en el Registro de
Organizaciones Políticas (en adelante ROP), y mucho
menos acreditado ante el JEE, de conformidad con
el artículo 25, numeral 25.1, del Reglamento de
Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones
Municipales, aprobado por Resolución N° 271-2014-
JNE (en adelante, Reglamento de inscripción), siendo
esto último advertido de la revisión de los registros de
ingreso del Sistema Integrado de Procesos Electorales
(en adelante SIPE), así como del registro de mesa de
partes del mencionado JEE.
Sobre el procedimiento de acreditación del
personero
Con fecha 28 de junio de 2014, Jaime Alberto Calva
Moreira, personero legal alterno por la organización
política Democracia Directa, inscrito en el ROP, presentó,
la solicitud de acreditación, entre otros, de Anf‌i err
Francisco Fierro Navarro, como personero legal titular
ante el JEE (fojas 107), generando el Expediente N°
00004-2014-010.
En mérito de la mencionada solicitud, mediante
Resolución N° 002, de fecha 7 de julio de 2014, recaída
en el expediente citado en el párrafo anterior, se resuelve
rechazar la solicitud de acreditación de personero de la
mencionada agrupación política, quedando consentida
según la Resolución N° 003 del mismo expediente, de
fecha 10 de julio de 2014. Por último, se verif‌i ca del
SIPE que contra la Resolución N° 003 se ha interpuesto
recurso de apelación, la misma que ha sido concedida
mediante Resolución N° 004. Dicho recurso de apelación
fue resuelto mediante la Resolución N° 748-2014-JNE,
de fecha 22 de julio de 2014 (expedida en el Expediente
N° J-2014-00964), declarándose fundado en el extremo
de la improcedencia de la solicitud de acreditación de
personeros, disponiendo que el JEE continúe con la
calif‌i cación de la referida solicitud.
Sobre el recurso de apelación
Con fecha 17 de julio de 2014, Daniel Ronald Raa
Ortíz, personero legal titular de la organización política
Democracia Directa, inscrito ante el ROP, interpuso
recurso de apelación en contra de la Resolución N° 002,
de fecha 11 de julio de 2014, que declaró improcedente
la solicitud de inscripción de la lista de candidatos
presentada para el Concejo Provincial de Carlos
Fermín Fitzcarrald, departamento de Áncash, con el
objeto de participar en las elecciones municipales de
2014, en base a las siguientes consideraciones (fojas
71 a 78):
a) La falta de acreditación de personeros ante el JEE
no acarrea la improcedencia de la solicitud de inscripción
de lista de candidatos según el Reglamento de inscripción,
por lo que constituye una interpretación restrictiva de su
articulado.
b) Anf‌i err Francisco Fierro Navarro fue acreditado
oportunamente como personero legal de la referida
organización política en el Sistema de Personeros,
Candidatos y Observadores (en adelante PECAOE),
cumpliendo el procedimiento establecido.
CUESTIÓN EN DISCUSIÓN
Determinar si la Resolución N° 002, de fecha 11
de julio de 2014, que declaró improcedente la solicitud
de inscripción de la lista de candidatos presentada por
Anf‌i err Francisco Fierro Navarro por la organización
política Democracia Directa, se encuentra conforme a
derecho.

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