DECRETO SUPREMO N° 094-2013-PCM - Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en el distrito de Locroja, en la provincia de Churcampa, del departamento de Huancavelica

Fecha de publicación23 Agosto 2013
Fecha de disposición23 Agosto 2013
El Peruano
Viernes 23 de agosto de 2013
501578
Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres
(SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-
2011-PCM, que regula el procedimiento de la Declaratoria
de Estado de Emergencia;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y
con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;
DECRETA:
Artículo 1.- Declaratoria del Estado de
Emergencia
Declárese el Estado de Emergencia en el Centro
Poblado de Carampa, del distrito de Pazos, en la provincia
de Tayacaja, en el departamento de Huancavelica, por el
plazo de sesenta (60) días calendario, por peligro inminente
generado por procesos de erosión, acarcavamientos en el
terreno y deslizamientos de tierra.
Artículo 2.- Acciones a ejecutar
El Gobierno Regional de Huancavelica, los Gobiernos
Locales involucrados, en coordinación con el Instituto
Nacional de Defensa Civil - INDECI, y la participación
del Ministerio de Agricultura y Riego – Autoridad
Nacional del Agua, el Ministerio de Salud, el Ministerio
de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento y demás
Instituciones públicas y privadas involucradas, dentro de
sus competencias, ejecutarán las acciones inmediatas
y necesarias de respuesta y rehabilitación en cuanto
corresponda, así como de reducción y minimización
del muy alto riesgo existente en las zonas afectadas;
acciones que pueden ser modif‌i cadas de acuerdo a las
necesidades y elementos de seguridad que se vayan
presentando durante su ejecución, sustentadas en los
estudios técnicos de las entidades competentes; así
como en caso sea necesario, continuar con la ejecución
de las acciones iniciadas con la aprobación del Estado
de Emergencia declarado con Decreto Supremo Nº 016-
2013-PCM y sus prórrogas.
Artículo 3.- Responsabilidad de las
coordinaciones
El Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, será
responsable de realizar las coordinaciones necesarias
entre el Gobierno Regional y los Sectores, instituciones
y organismos del Gobierno Nacional que deben ejecutar
las acciones de respuesta, rehabilitación, así como de
reducción y minimización del muy alto riesgo existente,
con la f‌i nalidad de que éstas se inicien o se cumplan
dentro del plazo de vigencia de la Declaratoria de
Estado de Emergencia, debiendo mantener informada a
la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres de la
Presidencia del Consejo de Ministros del avance de las
mismas.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de
Agricultura y Riego, por la Ministra de Salud, por el Ministro
de Transportes y Comunicaciones, y por el Ministro de
Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós
días del mes de agosto del año dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Agricultura y Riego
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud
CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
978957-1
Decreto Supremo que declara el
Estado de Emergencia en el distrito de
Locroja, en la provincia de Churcampa,
del departamento de Huancavelica
DECRETO SUPREMO
Nº 094-2013-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
el 08 de febrero del 2013, se aprobó la Declaratoria de Estado
de Emergencia en el distrito de Locroja, en la provincia
de Churcampa, del departamento de Huancavelica, por
el plazo de sesenta (60) días calendario, prorrogado con
los Decretos Supremos Nº 034-2013-PCM publicado el
04 de abril y Nº 068-2013-PCM publicado el 08 de junio
de 2013, con vigencia hasta el 07 de agosto de 2013,
para la ejecución de acciones inmediatas y necesarias de
respuesta y rehabilitación en cuanto corresponda, así como
de reducción y minimización del muy alto riesgo existente
en las zonas afectadas por peligro inminente generado por
procesos de deslizamiento de tierras que se presentan en
la microcuenca del río Aguatario;
Que, la mencionada Declaratoria de Estado de
Emergencia fue aprobada en razón a que en las zonas
ubicadas en el distrito de Locroja, en la provincia de
Churcampa, del departamento de Huancavelica, existe un
proceso de movimiento de masas de tierra en laderas, cuyo
origen según el mapa sísmico elaborado por el IGP y por
la información de campo obtenida, se iniciaron por sismos
ocurridos en los años 1980 y 1981, que incluye además
en las partes altas de la microcuenca del río Aguatario
derrumbes, desprendimientos, desplomes y huaycos que
tienen como factores los f‌l ujos hídricos, las precipitaciones
pluviales, la erosión, entre otros; habiendo sido necesario,
entre otras acciones inmediatas la reubicación temporal de
un aproximado de 94 familias. Asimismo, en las partes bajas
en la zona de Yanayacu la erosión del río y el deslizamiento
de masas de tierra de un aproximado de 500,000 m3 formó
en el cauce una sección de 40 metros por 25 metros de altura
con el riesgo de embalsamiento, y en la zona de Accobamba,
un deslizamiento con un volumen de 180,000 m3, habiendo
formado una laguna de aproximadamente 1800 m2;
Que, el Gobierno Regional de Huancavelica, mediante
Of‌i cio Nº 255-2013/GOB.REG.HVCA/PR de fecha 26 de
julio de 2013, ampliado con los Of‌i cios Nº 259-2013/GOB.
REG.HVCA/PR y Nº 265-2013/GOB.REG.HVCA/PR de
fechas 05 y 06 de agosto de 2013, solicitó la prórroga de la
Declaratoria Estado de Emergencia por peligro inminente en
el distrito de Locroja, provincia de Churcampa, departamento
de Huancavelica por procesos de deslizamiento de tierras,
adjuntando como sustento técnico el Informe: “Estimación de
Riesgos de la Microcuenca Aguatario - Centro Poblados de
Accollasca y Marcayllo - Huancavelica, actualizado al 30 de
Julio 2013”; sin embargo, la vigencia prorrogada del Estado
de Emergencia venció el 07 de agosto de 2013;
Que, la Dirección de Respuesta del Instituto Nacional de
Defensa Civil - INDECI, mediante Informe Técnico Nº 0018 -
2013-INDECI/11.0 de fecha 09 de agosto del 2013, teniendo
en consideración lo informado y sustentado por el Gobierno
Regional de Huancavelica, señala que de la documentación
presentada se evidencia que subsisten las condiciones de
peligro inminente en la zonas de la microcuenca del río
Aguatario perteneciente al distrito de Locroja, provincia de
Churcampa, departamento de Huancavelica, por procesos
de deslizamientos de tierras; así como, existe la necesidad
de continuar con las acciones inmediatas y necesarias
destinadas a la reducción del muy alto riesgo existente y a
la rehabilitación de las zonas afectadas; dicha Dirección se
pronuncia luego del análisis correspondiente y emite opinión
favorable para que se apruebe el Estado de Emergencia en
el referido distrito, a f‌i n que permita continuar y culminar las
acciones iniciadas en su oportunidad dispuesto con Decreto
Supremo Nº 018-2013-PCM y sus prórrogas;
Que, la magnitud de la situación descrita demanda
la adopción de medidas inmediatas que permitan al
Gobierno Regional del Huancavelica, a los Gobiernos
Locales involucrados, con la coordinación del Instituto
Nacional de Defensa Civil - INDECI, y la participación del
Ministerio de Agricultura y Riego - Autoridad Nacional del
Agua, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construcción

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