RESOLUCION N° 5236-2013 - Autorizan al Banco de Crédito del Perú la apertura de oficinas y agencias y el cierre de agencias en los departamentos de Arequipa, Lima y Lambayeque

Fecha de disposición20 Noviembre 2013
Fecha de publicación20 Noviembre 2013
El Peruano
Miércoles 20 de noviembre de 2013
507428
que regulan las inscripciones en los Registros de Estado
Civil.
Artículo 4°.- Asimismo, la Subgerencia Técnica de
Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles,
proveerá del respectivo Libro de Matrimonio, a la Of‌i cina de
Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad
Nativa Kayamas, Distrito de Río Santiago, Provincia de
Condorcanqui, Departamento de Amazonas, de remitirse
el acta de conformación de comité especial, a que hace
referencia el artículo 262° del Código Civil.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
ANA CASTILLO ARANSAENZ
Jefe Nacional (e)
1016567-3
Aprueban el Reglamento RE-205-
GRE/SGPRE/001 “Reglamento para la
verificación del domicilio declarado”,
primera versión
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 343-2013/JNAC/RENIEC
Lima, 19 de noviembre de 2013
VISTOS: La Hoja de Elevación N° 000023-2013/
GRE/RENIEC (22MAY2013) y el Informe N° 000017-
2013/GRE/RENIEC (22MAY2013) de la Gerencia
de Registro Electoral; el Memorando N° 001564-
2013/GPP/RENIEC (24JUN2013) de la Gerencia de
Planif‌i cación y Presupuesto; el Informe N° 000158-2013/
GPP/SGR/RENIEC (24JUN2013) de la Sub Gerencia
de Racionalización de la Gerencia de Planif‌i cación y
Presupuesto y el Informe N° 001257-2013/GAJ/RENIEC
(09JUL2013), emitido por la Gerencia de Asesoría
Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26497 se creó el Registro
Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil, con arreglo a
los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del
Perú, como organismo constitucionalmente autónomo,
con personería jurídica de derecho público interno,
que goza de atribuciones en materia registral, técnica,
administrativa, económica y f‌i nanciera, encargado, entre
otros, de manera exclusiva y excluyente de organizar
y actualizar el Registro Único de Identif‌i cación de las
Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y
actos relativos a su capacidad y estado civil;
Que lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 28716
“Ley de Control Interno de las Entidades del Estado”, tiene
por f‌i nalidad que las entidades del Estado incorporen
obligatoriamente sistemas de control interno en sus
procesos, actividades, recursos, operaciones y actos
institucionales;
Que al respecto, diversos órganos y unidades
orgánicas del RENIEC, en su constante compromiso de
mejoramiento, vienen revisando su normativa a efectos
de solicitar la aprobación de nuevos documentos de
gestión o, entre otros casos, estos se dejen sin efecto,
con la f‌i nalidad de mejorar y optimizar las labores de cada
una de ellas;
Que en virtud de la nueva estructura orgánica del
RENIEC establecida en el Reglamento de Organización
y Funciones aprobado mediante Resolución Jefatural N°
124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013), la Gerencia de
Registro Electoral es el órgano de línea responsable de
planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y controlar
las actividades de naturaleza electoral, derivadas de
las competencias que sobre esta materia señala la
Constitución Política y la Ley, así como aquellas que son
materia de acuerdo entre los organismos que conforman
el Sistema Electoral como es el caso del RENIEC;
Que en ese sentido la referida Gerencia mediante
los documentos de vistos, remite el proyecto de
Reglamento RE-205-GRE/SGPRE/001 “Reglamento para
la Verif‌i cación del domicilio declarado”, primera versión,
para su aprobación, el mismo que establece lineamientos
y competencias para realizar la actividad de verif‌i cación
ordinaria y extraordinaria del domicilio (declarado)
según los datos proporcionados por los titulares de las
inscripciones ante el Registro Único de Identif‌i cación
de Personas Naturales (RUIPN) a f‌i n de verif‌i car que
dicha información sea la adecuada contribuyendo con la
seguridad jurídica a efectos de la elaboración de padrón
electoral;
Que la Gerencia de Planif‌i cación y Presupuesto,
mediante el documento de vistos, informa que el
reglamento señalado precedentemente, ha sido elaborado
en virtud a lo dispuesto en la Directiva DI-200-GPP/001
“Lineamientos para la Formulación de los Documentos
Normativos del RENIEC”, cuarta versión, aprobada
mediante Resolución Secretarial N° 000005-2012/SGEN/
RENIEC (29FEB2012);
Que en tal sentido, corresponde aprobar el
Reglamento RE-205-GRE/SGPRE/001 “Reglamento para
la Verif‌i cación del domicilio declarado”, primera versión,
propuesto por la Gerencia de Registro Electoral, debiendo
publicarse en el diario of‌i cial El Peruano de acuerdo a
lo dispuesto en el numeral 7 del artículo 4° del Decreto
Supremo N° 001-2009-JUS;
Que de otro lado, mediante Resolución Jefatural N°
333-2013/JNAC/RENIEC (08NOV2013), se encarga a
la señora Ana Magdelyn Castillo Aransaenz, Secretaria
General, el despacho administrativo de la Jefatura
Nacional del RENIEC, con retención de su cargo, desde
el 11 al 22 de noviembre de 2013; y
Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría
Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por
la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional
de Identif‌i cación y Estado Civil, y el Reglamento de
Organización y Funciones aprobado por Resolución
Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013);
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento RE-205-
GRE/SGPRE/001 “Reglamento para la verif‌i cación del
domicilio declarado”, primera versión, propuesto por la
Gerencia de Registro Electoral, que en Anexo forma parte
de la presente Resolución Jefatural.
Artículo Segundo.- Disponer la publicación del
Reglamento aprobado en el artículo precedente en la
página web institucional, www.reniec.gob.pe.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
ANA CASTILLO ARANSAENZ
Jefe Nacional (e)
1016567-4
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco de Crédito del Perú
la apertura de oficinas y agencias y el
cierre de agencias en los departamentos
de Arequipa, Lima y Lambayeque
RESOLUCIÓN SBS Nº 5228-2013
Lima, 29 de agosto de 2013
LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco de Crédito del
Perú para que esta Superintendencia autorice la apertura

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