RESOLUCION N° 050-024-0000596-2014-SUNAT/6F0000 - Designan Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Arequipa

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Fecha de la disposición 1 de Octubre de 2014
El Peruano
Miércoles 1 de octubre de 2014
533880
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan Auxiliares Coactivos de la
Intendencia Regional Arequipa
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
Nº 050-024-0000596-2014-SUNAT/6F0000
Arequipa, 25 de setiembre del 2014
CONSIDERANDO:
Que, es necesario dejar sin efecto la designación
de Auxiliares Coactivos y designar nuevos Auxiliares
Coactivos de la Intendencia Regional Arequipa para
garantizar el normal funcionamiento de su cobranza
coactiva;
Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del
Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 133-2013-EF y modi catoria, establece los requisitos
que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo
de Auxiliar Coactivo;
Que, el personal propuesto ha presentado Declaración
Jurada manifestando reunir los requisitos antes
indicados;
Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto
Único Ordenado del Código Tributario, establece que
lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la
Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la
Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante
Concurso Público;
Que, el Artículo Único de la Resolución de
Superintendencia Nacional adjunta Operativa N° 005-
2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente
Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente
Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para
designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia
de cada intendencia;
En uso de las facultades conferidas en la Resolución
de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-
2014-SUNAT/600000.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación como
Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Arequipa, de
la trabajadora que se indica a continuación:
REG. APELLIDOS Y NOMBRES
1 6885 JIMENEZ RONCALLA, ERIKA KARINA
Artículo 2°.- Designar como Auxiliares Coactivos de
la Intendencia Regional Arequipa, a los trabajadores que
se indica a continuación:
REG. APELLIDOS Y NOMBRES
1 2214 RODRIGUEZ ORTIZ, GIULIANA MONICA
2 4138 MUÑOZ LOZADA, JUAN CARLOS
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GIOVANNA CONSUELO FERNÁNDEZ VELAZCO
Intendente Regional
Intendencia Regional Arequipa
1144240-1
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 290-2014-SUNAT
Mediante O cio Nº 302-2014-SUNAT/1M0100
la Superintendencia Nacional de Aduanas y de
Administración Tributaria solicita se publique Fe de
Erratas de la Resolución de Superintendencia Nº 290-
2014-SUNAT, publicada en la edición del 23 de setiembre
de 2014.
En el inciso e) del primer párrafo y en el segundo y
tercer párrafo del numeral 2.12 “Comunicación de alta o
modi cación de establecimientos anexos” del Anexo Nº
2 de la Resolución de Superintendencia Nº 210-2004-
SUNAT y normas modi catorias (páginas 533163 y
533164):
DICE:
“ANEXO Nº 2
COMUNICACIONES AL REGISTRO
(…)
REQUISITOS ESPECÍFICOS:
2.12 Comunicación de
alta o modi cación
de establecimientos
anexos
Exhibir original y presentar fotocopia simple
de uno de los siguientes documentos:
(...)
e) En caso de mercados, galerías
o centros comerciales: carta rmada por el
presidente de la asociación de comerciantes
inscrita en el RUC, indicando la dirección
que se declara a la SUNAT estableci-
miento anexo. Dicha carta deberá tener una
antigüedad no mayor de quince (15) días
calendarios.
(...)
El documento que se presente para sustentar
el domicilio scal deberá contener de manera
expresa la dirección completa de dicho
domicilio.
En caso el documento que sustente el
domicilio scal gure a nombre de un
tercero, éste deberá autorizar su uso a
través del formato “Autorización de uso
de documento de tercero para declarar
domicilio scal o establecimiento anexo”,
aprobado para dicho efecto. Adicionalmente,
se adjuntará al trámite fotocopia simple del
documento de identidad del tercero.”.
DEBE DECIR:
“ANEXO Nº 2
COMUNICACIONES AL REGISTRO
(…)
REQUISITOS ESPECÍFICOS:
2.12 Comunicación de
alta o modi cación
de establecimientos
anexos
Exhibir original y presentar fotocopia simple
de uno de los siguientes documentos:
(...)
e) En caso de mercados, galerías
o centros comerciales: carta rmada por el
presidente de la asociación de comerciantes
inscrita en el RUC, indicando la dirección
que se declara a la SUNAT como estableci-
miento anexo. Dicha carta deberá tener una
antigüedad no mayor de quince (15) días
calendarios.
(...)

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