ORDENANZA N° 005-2013-CDB - Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA 2013 de la Municipalidad Distrital de Bellavista

Fecha de disposición16 Julio 2014
Fecha de publicación16 Julio 2014
El Peruano
Miércoles 16 de julio de 2014 527929
por D.S. Nº 135-99-EF, modif‌i cado por Decreto Legislativo
Nº 953;
Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley Nº 27972 establece que “las
ordenanzas de la municipalidades en la materia de su
competencia, con las normas de carácter general de
mayor jerarquía en la estructura normativa Municipal, por
medio de las cuales se aprueba la organización interna,
la regulación, administración, supervisión de los Servicios
Públicos y las materias en la que las Municipalidades
tienen competencias normativas. Mediante Ordenanzas
se crean, modif‌i can, suprimen o exoneran, los arbitrios,
tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los
límites establecidos por Ley”. Lo cual resulta concordante
con lo establecido en el Texto Único Ordenado del Código
Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-
99-EF, señala en la norma IV de su Título Preliminar que
los Gobiernos Locales mediante Ordenanza, pueden crear,
modif‌i car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos
y licencia o exonerar de ellos, dentro de su Jurisdicción y
con los límites que la Ley señala;
Que, el numeral 9º del artículo 9º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Ley Nº 27972 establece que corresponde
al Concejo Municipal “Crear, modif‌i car, suprimir o exonerar
contribuciones, tasas, arbitrios, licencia y derechos
conforme a Ley”;
Que, con Ordenanza Municipal Nº 005-2013-CDB se
aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos
- TUPA 2013 y de conformidad con el Artículo 38º de la
Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General, numeral 38.5: Una vez aprobado el TUPA,
toda modif‌i cación que no implique creación de nuevos
procedimientos, incremento de derechos de tramitación
o requisitos se deberá realizar por Decreto de Alcaldía.
En caso contrario su aprobación se realiza conforme al
mecanismo establecido en el numeral 38.1.
Que, mediante Informe 094-2013-GPP/MDB, la
Gerencia de Planeamiento y Presupuesto solicita
la modificación del Texto Único de Procedimientos
Administrativos – TUPA 2013, en merito a las
observaciones realizadas por la Municipalidad
Provincial del Callao en virtud al proceso de ratificación
de la Ordenanza Nº 005-2013-CDB.
Que, mediante el Dictamen Nº 003-2013-MDB-CAR,
la Comisión de Administración y Rentas, recomienda la
aprobación del proyecto de ordenanza que modif‌i ca el
texto único de procedimientos administrativos – TUPA
2013 aprobado por ordenanza Nº 005-2013-CDB.
En uso de las facultades conferidas por el Numeral
8º del Artículo 9º y Artículo 40º de la Ley Orgánica de
MunicipalidadesLey 27972, el Concejo por UNANIMIDAD
y por dispensa del trámite de aprobación del Acta aprobó
lo siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO ÚNICO DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA 2013
APROBADO POR ORDENANZA Nº 005-2013-CDB
Artículo Primero.- Modifíquese el Texto Único de
Procedimientos Administrativos de la Municipalidad
de Bellavista, aprobado mediante Ordenanza Nº 005-
2013-CDB, incorporándose la Tasa por VERIFICACION
TECNICA y la Tasa por INFRAESTRUCUTRA NECESARIA
PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICOS DE
TELECOMUNICACIONES.
Artículo Segundo.- Exonerar el cobro de los Anexos 4
y 6 de los procedimientos 1 y 2 del TUPA 2013.
Artículo Tercero.- Eliminar los procedimientos 57,
58, 59, 60 y 61, por ser competencia exclusiva de la
Municipalidad Provincial del Callao.
Artículo Cuarto.- El Texto Único de Procedimientos
Administrativos – TUPA 2013 quedara redactado conforme
al anexo que forma parte integrante de la presente
Ordenanza.
Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación.
POR LO TANTO
Regístrese, publíquese y cúmplase.
IVAN RIVADENEYRA MEDINA
Alcalde
1110377-1
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE HUARAL
Disponen el embanderamiento general
de inmuebles del Distrito Capital de la
Provincia de Huaral
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 007-2014-MPH
Huaral, 14 de julio del 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE HUARAL
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local,
con personería de Derecho Público y gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, conforme lo establece el Artículo 194º de la
Constitución Política del Perú, modif‌i cado por el Artículo
Único de la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional
del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización,
concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº
Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 6º de
Alcalde es el Representante Legal de la Municipalidad y su
máxima autoridad administrativa; correspondiéndole dictar
medidas de Participación Vecinal.
Que, de conformidad a lo preceptuado en el inciso 6) del
Artículo 93º del cuerpo normativo municipal, dentro de las
facultades especiales de las Municipalidades se encuentra
la de Disponer la Pintura Periódica de las Fachadas y el
Uso o No Uso de determinados colores.
Que, el 28 de Julio del presente año, se celebra el 193º
Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú.
Que, con tal motivo durante el mes de Julio se
realizan diversas actividades patrióticas que fortalecen los
sentimientos de identidad nacional y profundo respeto y
amor a nuestros símbolos patrios; por ello la Municipalidad
Provincial de Huaral considera conveniente resaltar este
hecho trascendente, como una demostración de especial
civismo, debemos cumplir con el embanderamiento general
de todos los inmuebles en nuestra jurisdicción.
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones
conferidas por el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica
DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO
GENERAL de las Viviendas, Locales Comerciales e
Instituciones Públicas y Privadas con Sede en Nuestro
Distrito Capital de la Provincia de Huaral, desde el 16 hasta
el 31 de julio del 2014, con motivo de conmemorarse el
CXCIII Aniversario de la Independencia del Perú.
Artículo Segundo.- INVOCAR a los vecinos del Distrito
Capital de la Provincia de Huaral, cumplir con la limpieza
y pintado de las fachadas de sus predios, para mejorar el
Ornato de la Ciudad; invitándolos a concurrir y participar de
los Actos Celebratorios por el Aniversario Patrio.
Artículo Tercero.- OFICIAR a las Empresas Telefónica
del Perú S.A., Edelnor S.A. y EMAPA HUARAL S.A., a f‌i n
que de acuerdo a lo dispuesto por el presente Decreto de
Alcaldía, cumplan con la limpieza y pintado de sus postes e
instalaciones.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental,
Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control,
Gerencia de Desarrollo Social y Económico y la Sub
Gerencia de Imagen Institucional, cumplan con la difusión e
implementación del presente Decreto de Alcaldía, en lo que
les corresponda.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de
Tecnologías de la Información y Sistemas, que el presente
Decreto de Alcaldía sea Publicado en la Página Web de
esta Corporación Edil (www.munihuaral.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
VÍCTOR HERNÁN BAZÁN RODRÍGUEZ
Alcalde Provincial
1111017-1

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