DECRETO DE ALCALDIA N° 022-2014 - Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 258, que aprueba Beneficio de Regularización de Deudas No Tributarias por concepto de multas administrativas

Fecha de publicación30 Abril 2014
Fecha de disposición30 Abril 2014
El Peruano
Miércoles 30 de abril de 2014
521984
Que, la Tercera Disposición Final de la misma
Ordenanza, faculta al señor Alcalde a aprobar mediante
Decreto de Alcaldía la prórroga correspondiente;
Estando a los fundamentos expuestos y contando
con la conformidad de la Subgerencia de Recaudación
y Fiscalización Tributaria mediante Informe Nº 075-2014-
MDLM-GAT-SGRFT, de la Gerencia de Administración
Tributaria mediante Informe Nº 013-2014-MDLM-GAT y
de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe
Nº 191-2014-MDLM-GAJ; y, en uso de las facultades
conferidas en los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia
de la Ordenanza Nº 260, que establece el Benef‌i cio de
Regularización Tributaria en el Distrito de La Molina hasta
el 30 de mayo de 2014.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de
Administración Tributaria, a la Subgerencia de Recaudación
y Fiscalización Tributaria, a la Subgerencia de Registro y
Atención al Ciudadano, al Ejecutor Coactivo Tributario, a la
Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la
Gerencia de Tecnologías de Información, el cumplimiento
y efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía, de
acuerdo a sus competencias y atribuciones.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria
General la publicación del texto del presente Decreto de
Alcaldía en el Diario Of‌i cial El Peruano, y a la Gerencia
de Tecnologías de Información la publicación en la página
web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en
el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en
el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.
serviciosalciudadano.gob.pe.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JUAN CARLOS ZUREK P.F.
Alcalde
1077833-2
Prorrogan vigencia de la Ordenanza
Nº 258, que aprueba Beneficio
de Regularización de Deudas No
Tributarias por concepto de multas
administrativas
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 022-2014
La Molina, 28 de abril de 2014
EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA
VISTO: El Memorando Nº 335-2014-MDLM-GM
de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 047-2014-
MDLM-GDUE de la Gerencia de Desarrollo Urbano y
Económico y el Informe Nº 288-2014-MDLM-GDUE-
SGFA de la Subgerencia de Fiscalización Administrativa,
mediante los cuales se solicita la prórroga de la vigencia
de la Ordenanza Nº 258 que aprueba el “Benef‌i cio de
Regularización de Deudas No Tributarias por concepto de
multas administrativas en el Distrito de La Molina”.
CONSIDERANDO:
Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar
establece que los gobiernos locales tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, mediante Ordenanza Nº 258, publicado en el
Diario Of‌i cial El Peruano el 21 de julio del 2013, se aprobó
el Benef‌i cio de Regularización de Deudas No Tributarias
por concepto de multas administrativas en el Distrito de
La Molina;
Que, a través del Decreto de Alcaldía Nº 017-2014,
se prorrogó el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 258
hasta el 30 de abril de 2014;
Que, siendo política de la actual gestión, otorgar a
los vecinos las facilidades para el cumplimiento de sus
obligaciones administrativas, resulta necesario ampliar el
plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 258;
Que, la Segunda Disposición Final de la misma
Ordenanza, faculta al señor Alcalde a aprobar mediante
Decreto de Alcaldía la prórroga correspondiente;
Estando a los fundamentos expuestos y contando
con la conformidad de la Subgerencia de Fiscalización
Administrativa mediante Informe Nº 288-2014-MDLM-
GDUE-SGFA, de la Gerencia de Desarrollo Urbano y
Económico mediante Informe Nº 047-2014-MDLM-GDUE
y de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe
Nº 190-2014-MDLM-GAJ; y, en uso de las facultades
conferidas en los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de
la Ordenanza Nº 258 que aprueba el “Benef‌i cio de
Regularización de Deudas No Tributarias por concepto de
multas administrativas en el Distrito de La Molina”, hasta
el 31 de mayo de 2014.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
de Desarrollo Urbano y Económico, la Subgerencia
de Fiscalización Administrativa, el Ejecutor Coactivo
Administrativo y la Subgerencia de Recaudación
y Fiscalización Tributaria, así como a la Gerencia
de Tecnologías de Información, y a la Gerencia de
Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento
y efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía, de
acuerdo a sus competencias y atribuciones.
Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General
la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía
en el Diario Of‌i cial El Peruano y a la Gerencia de
Tecnologías de Información, la publicación en la página
web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en
el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en
el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.
serviciosalciudadano.gob.pe.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JUAN CARLOS ZUREK P.F.
Alcalde
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MUNICIPALIDAD DE
LURIGANCHO CHOSICA
Amplían plazo de vencimiento para
el pago de primera cuota de Impuesto
Predial y Arbitrios Municipales del
ejercicio 2014
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 008-2014/MDLCH
Chosica, 28 de abril de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LURIGANCHO - CHOSICA
Visto el Informe Nº 112-2014/MDLCH-GR elevado
al despacho de la Gerencia Municipal, el Gerente de
Rentas remite el proyecto de Decreto de Alcaldía por el
cual amplía el plazo de vencimiento del primer trimestre
del impuesto predial y de los arbitrios municipales del año
2014, hasta el 30 de mayo del presente año.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 196-MDL, publicado el 8
de febrero de 2014, se establece el vencimiento del pago
de los Tributos Municipales para el Ejercicio Fiscal 2014.
Que, en vista de que a la fecha aún muchos
contribuyentes aún no han recibido sus cuponeras de
pago del impuesto predial y de los arbitrios municipales

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