DECRETO SUPREMO N° 274-2014-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, a favor del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para la adquisición de bicicletas y kits de educación inicial

Fecha de disposición03 Octubre 2014
Fecha de publicación03 Octubre 2014
El Peruano
Viernes 3 de octubre de 2014 534025
de los productores en programas de capacitación y
entrenamiento para el manejo de viveros; en mérito de lo
cual, con los Of‌i cios Nºs 960 y 1088-2014-MINAGRI-SG,
el Secretario General del referido Ministerio solicita una
transferencia de partidas a favor del pliego 163: Instituto
Nacional de Innovación Agraria;
Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado
de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº
304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del
Sector Público consideran una Reserva de Contingencia
que constituye un crédito presupuestario global dentro
del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas,
destinada a f‌i nanciar los gastos que por su naturaleza y
coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos
de los pliegos, disponiendo que las transferencias o
habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva
de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo
refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;
Que, los recursos solicitados para atender las acciones
descritas en los considerandos precedentes no han sido
previstos en el presupuesto institucional del pliego 163:
Instituto Nacional de Innovación Agraria, en consecuencia,
resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas,
hasta por la suma de NUEVE MILLONES OCHENTA Y
UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 9 081 997,00), con cargo a los
recursos previstos en la Reserva de Contingencia del
Ministerio de Economía y Finanzas;
De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del
Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014,
hasta por la suma de NUEVE MILLONES OCHENTA Y
UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 9 081 997,00), a favor del pliego
163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, para atender
los gastos que demanden las acciones descritas en la
parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al
siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso
Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 9 081 997,00
------------------
TOTAL EGRESOS 9 081 997,00
==========
A LA:
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 163 : Instituto Nacional de Innovación
Agraria
UNIDAD EJECUTORA 001 : Sede Central
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5002071 : Innovación en Productos de
Consumo Interno
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 8 903 447,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 178 550,00
------------------
TOTAL EGRESOS 9 081 997,00
==========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente
Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución,
la desagregación de los recursos autorizados en el artículo
1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de
los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente
dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida
dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos
señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto
Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en el Pliego involucrado solicitará a la Dirección
General de Presupuesto Público las codif‌i caciones que
se requieran como consecuencia de la incorporación de
nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de
Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad
Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas
para Modif‌i cación Presupuestaria” que se requiera, como
consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que
hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo
no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a f‌i nes
distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días
del mes de octubre del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ALONSO ARTURO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
1145999-4
Autorizan Transferencia de Partidas en
el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2014, a favor del pliego
Ministerio de Desarrollo e Inclusion
Social, para la adquisición de bicicletas
y kits de educacion inicial
DECRETO SUPREMO
Nº 274-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto de Urgencia Nº 002-2014 dicta
medidas extraordinarias y urgentes adicionales en materia
económica y f‌i nanciera para estimular la economía
nacional, entre las cuales se encuentra la establecida en
el artículo 13 de dicha norma que autoriza al Ministerio de
Educación a adquirir bicicletas, en el marco de la iniciativa
Rutas Solidarias, y kits de educación inicial para la atención
de niños de 0 a 2 años, hasta por la suma de CUARENTA
Y UN MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 41 500 000,00), mediante los procedimientos
y mecanismos dispuestos por el Capítulo I del Decreto
de Urgencia Nº 058-2011, relativos a la aplicación de la
modalidad del Núcleo Ejecutor, a través del Fondo de
Cooperación para el Desarrollo Social (FONCODES);
Que, asimismo, el artículo 13 citado en el considerando
precedente dispone que para tal efecto, se incluya en el
ámbito de aplicación del Decreto de Urgencia Nº 058-
2011 y de sus normas complementarias y modif‌i catorias,
la adquisición de las referidas bicicletas y los kits de
educación; asimismo, y únicamente para los f‌i nes antes
señalados, se autoriza al Ministerio de Educación a

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