RESOLUCION N° 065-2014-JNE - Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Yurúa, provincia de Atalaya, departamento de Ucayali

Fecha de publicación17 Febrero 2014
Fecha de disposición17 Febrero 2014
El Peruano
Lunes 17 de febrero de 2014
517164
JURADO NACIONAL
DE ELECCIONES
Convocan a ciudadana para que asuma el
cargo de regidora del concejo municipal
de la Municipalidad Distrital de Yurúa,
provincia de Atalaya, departamento de
Ucayali
RESOLUCIÓN N° 065-2014-JNE
Expediente N° J-2013-0973
YURÚA – ATALAYA - UCAYALI
Lima, diez de enero de dos mil catorce
VISTO el Of‌i cio N° 136-2013-MDY-ALC presentado
por Edwin Hernani Alvaro Lima, alcalde de la Municipalidad
Distrital de Yurúa, provincia de Atalaya, departamento de
Ucayali, mediante el cual solicita la convocatoria de candidato
no proclamado al haberse declarado la vacancia de Wílder
Jesús Quinto Da Silva, regidor del citado concejo distrital, por
haber incurrido en la causal prevista en el artículo 22, numeral
ANTECEDENTES
En sesión extraordinaria, de fecha 21 de junio de 2013, el
Concejo Distrital de Yurúa, provincia de Atalaya, departamento
de Ucayali, acordó la vacancia del regidor Wílder Jesús Quinto
Da Silva, por ausencia de la respectiva jurisdicción municipal
por más de treinta días consecutivos, sin autorización del
concejo municipal, supuesto de hecho contemplado en el
numeral 4 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades (en adelante LOM).
El 31 de julio de 2013, Edwin Hernani Alvarado Lima,
alcalde de la Municipalidad Distrital de Yurúa, provincia de
Atalaya,departamento de Ucayali, solicitó ante el Jurado
Nacional de Elecciones la convocatoria del respectivo
candidato no proclamado (fojas 1).
Mediante Resolución N° 916-2013-JNE, de fecha 30 de
setiembre de 2013, obrante a fojas 39 a 41, el Pleno del Jurado
Nacional de Elecciones declaró improcedente la solicitud
de convocatoria de candidato no proclamado, en tanto que
se advirtió que el concejo municipal no había cumplido con
notif‌i car adecuadamente al regidor el Acuerdo de Concejo
N° 05-2013-MDY, de fecha 21 de junio de 2013, a través del
cual se aprobó su vacancia, requiriéndole al referido concejo
municipal que cumpla con notif‌i car a Wílder Jesús Quinto
Da Silva con el ya mencionado acuerdo, de conformidad
con el artículo 21 de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento
Administrativo General (en adelante LPAG).
En tal sentido, con fecha 5 de diciembre de 2013, el
burgomaestre de la comuna presenta la constancia de
notif‌i cación del Acuerdo de Concejo Nº 05-2013-MDY,
así como el Of‌i cio Nº 008-2013-SG-MDY, de fecha 12 de
noviembre de 2013, que comunica el término del plazo
del regidor para interponer recurso de apelación contra el
referido acuerdo (fojas 60).
CONSIDERANDOS
1. De acuerdo al artículo 23 de la LOM, la vacancia
del cargo de alcalde o regidor es declarada por
el correspondiente concejo municipal, en sesión
extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios
del número legal de sus miembros, previa notif‌i cación al
afectado para que ejerza su derecho de defensa.
2. Antes de expedir las credenciales a las que hubiere
lugar, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verif‌i car
la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo
prescrito en el artículo 23 de la LOM, y constatar, además,
si durante el proceso se han observado los derechos y
garantías inherentes al debido procedimiento.
3. Del análisis de autos se aprecia que el regidor vacado,
Wílder Jesús Quinto Da Silva, fue debidamente notif‌i cado
con el Acuerdo de Concejo N° 05-2013-MDY, aprobado
mediante sesión extraordinaria, de fecha 21 de junio de
2013, en el que el concejo municipal de dicha municipalidad
adoptó, por unanimidad, declarar su vacancia, conforme al
cargo de notif‌i cación, suscrita por él mismo (fojas 62 a 63)
la misma que cumple con los requisitos que exige el artículo
21, numeral 21.3, de la LPAG.
4. Asimismo, obra a fojas 60 la certif‌i cación de que
el citado regidor no impugnó el Acuerdo de Concejo N°
05-2013-MDY pese a haber sido notif‌i cado el día 21 de
octubre de 2013 y transcurrido el plazo para impugnar, por
lo que este habría quedado f‌i rme.
5. Por ello, al haberse verif‌i cado la legalidad del
procedimiento sobre la causal de vacancia, establecida
en el numeral 4 del artículo 22 de la LOM, corresponde
aprobar la decisión del concejo municipal y emitir la
credencial correspondiente al accesitario llamado por ley.
De acuerdo con el artículo 24 de la LOM, en caso de
vacancia de un regidor, este es reemplazado por el regidor
hábil que sigue en su propia lista electoral, por lo que
corresponde convocar a Luz Mary Ruiz Santos, identif‌i cada
con Documento Nacional de Identidad N° 41418209,
candidata no proclamada del Movimiento Regional Integrado
Ucayali, para completar el número de regidores del Concejo
Distrital de Yurúa. Dicha convocatoria se realiza conforme
al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de
Autoridades Municipalidades Distritales Electas, de fecha
1 de diciembre de 2010, remitida por el Jurado Electoral
Especial de Coronel Portillo, con motivo de las elecciones
municipales del año 2010 (fojas 117 a 119).
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de
Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de
convocatoria de candidato no proclamado como
consecuencia de la declaratoria de vacancia de Wílder
Jesús Quinto Da Silva, regidor de la Municipalidad Distrital
de Yurúa, provincia de Atalaya, departamento de Ucayali,
por la causal establecida en el artículo 22, numeral 4, de
Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial
otorgada a Wílder Jesús Quinto Da Silva como regidor del
concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Yurúa,
provincia de Atalaya, departamento de Ucayali, emitida
con motivo de las elecciones municipales del año 2010.
Artículo Tercero.- CONVOCAR a Luz Mary Ruiz Santos,
identif‌i cada con Documento Nacional de Identidad N°
41418209, para que asuma el cargo de regidora del concejo
municipal de la Municipalidad Distrital de Yurúa, provincia
de Atalaya, departamento de Ucayali, a f‌i n de completar el
periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiéndose otorgar
la respectiva credencial que la faculta como tal.
Regístrese, comuníquese, publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
PEREIRA RIVAROLA
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
1050848-1
Convocan a ciudadana para que
asuma el cargo de regidora del concejo
municipal de la Municipalidad Distrital
de Huasta, provincia de Bolognesi,
departamento de Ancash
RESOLUCIÓN N° 074-2014-JNE
Expediente N° J-2013-01609
HUASTA - BOLOGNESI - ÁNCASH
Lima, cinco de febrero de dos mil catorce

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