RESOLUCION N° 858-2013-JNE - Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Perené, provincia de Chachapoyas, departamento de Junín

Fecha de disposición27 Septiembre 2013
Fecha de publicación27 Septiembre 2013
El Peruano
Viernes 27 de setiembre de 2013
503696
Administrativas, debiendo a sus retornos rendir cuenta
documentada del gasto efectuado en el plazo de Ley.
2º Encargar a la Secretaría General y a la Of‌i cina de
Abastecimiento, la publicación de la presente Resolución
en el Diario Of‌i cial El Peruano de conformidad a las normas
vigentes, y a la Facultad de Ciencias Administrativas
asumir el pago del servicio de publicación.
3º Encargar a la of‌i cina General de Recursos
Humanos y a la Facultad de Ciencias Administrativas, el
cumplimiento de la presente Resolución Rectoral.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
PEDRO ATILIO COTILLO ZEGARRA
Rector
993135-1
JURADO NACIONAL
DE ELECCIONES
Convocan a ciudadana para que asuma
el cargo de regidora del Concejo Distrital
de Perené, provincia de Chachapoyas,
departamento de Junín
RESOLUCIÓN Nº 858-2013-JNE
Expediente Nº J-2013-00781
PERENÉ - CHANCHAMAYO - JUNÍN
Lima, dieciséis de setiembre de dos mil trece
VISTO el escrito presentado el 26 de junio de 2013, por
Juana María Uribe Tamayo, y el Of‌i cio Nº 138-2013-MDP/
GM, remitido el 9 de setiembre de 2013, por Luis Marroquín
Shapiama, gerente municipal de la Municipalidad Distrital
de Perené, sobre el procedimiento de declaratoria de
vacancia seguido contra el regidor Miguél Ángel Ambrocio
Tello, regidor del Concejo Distrital de Perené, provincia de
Chanchamayo, departamento de Junín, por considerarlo
incurso en la causal prevista en el artículo 22, numeral 1, de
ANTECEDENTES
1. Con fecha 26 de junio de 2013, Juana María Uribe
Tamayo comunicó al Jurado Nacional de Elecciones que el
regidor Miguel Ángel Ambrocio Tello había fallecido, por lo
que solicitó que se declare la vacancia de la citada autoridad
municipal y se convoque al candidato no proclamado para
que asuma dicho cargo de regidor en su reemplazo.
No obstante la pretensión planteada ante este Supremo
Tribunal Electoral, Juana María Uribe Tamayo acompañó
a su escrito la solicitud de declaratoria de vacancia del
regidor Miguel Ambrocio Tello Tamayo, por considerarlo
incurso en la causal prevista en el artículo 22, numeral 1,
adelante LOM), que presentó el 25 de junio de 2013, ante
la Municipalidad Distrital de Perené.
2. Atendiendo a que la propia solicitante había iniciado
el trámite del procedimiento de declaratoria de vacancia
ante la entidad edil, siendo esto puesto en conocimiento por
la peticionante, no correspondía a este órgano colegiado
aplicar el criterio jurisprudencial establecido en la Resolución
Nº 539-2013-JNE, en la que se indicó lo siguiente:
“5. Por tales motivos, este Supremo Tribunal Electoral
considera que, en los casos de las causales de declaratoria
de vacancia previstas en el artículo 22, numerales 1
y 6, de la LOM (fallecimiento y condena consentida o
ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la
libertad), se encuentra legitimado para, de contar con la
documentación correspondiente remitida por los órgano
competentes, declarar, en única y def‌i nitiva instancia
jurisdiccional, la vacancia de una autoridad municipal y,
consecuentemente, convocar a las nuevas autoridades
municipales respectivas”.
Efectivamente, al haber preferido Juana María Uribe
Tamayo iniciar primero el procedimiento de declaratoria de
vacancia ante el municipio, en vez que plantear su pretensión
directamente ante la jurisdicción electoral, se imposibilitó a
este Supremo Tribunal Electoral emitir un pronunciamiento,
en única y def‌i nitiva instancia jurisdiccional, a efectos de
declarar la vacancia del regidor Miguel Ángel Ambrocio
Tello. Y es que, de haber procedido de esa manera, este
órgano colegiado se hubiera avocado de manera ilegítima
e inconstitucional, a un procedimiento en trámite conocido
por otro órgano competente para resolver, en instancia
administrativa, dicho tipo de pretensiones, como el concejo
municipal, máxime si dicho concejo se encontraba dentro
del plazo para resolver la solicitud de declaratoria de
vacancia presentada por Juana María Uribe Tamayo.
3. Mediante Of‌i cio Nº 138-2013-MDP/GM, remitido
el 9 de setiembre de 2013, Luis Marroquín Shapiama,
gerente municipal de la Municipalidad Distrital de Perené,
remite la copia certif‌i cada del acta de defunción del
regidor Miguel Ángel Ambrocio Tello, que se produjo el 7
de mayo de 2013 (foja 22). Asimismo, remite el acta de la
sesión extraordinaria del 12 de agosto de 2012, en la que,
contando con la asistencia del alcalde y ocho regidores,
por unanimidad, el Concejo Distrital de Perené declaró
la vacancia del regidor Miguel Ángel Ambrocio Tello, por
considerarlo incurso en la causal prevista en el artículo
22, numeral 1, de la LOM (fojas 45 y 46), siendo dicha
decisión formalizada mediante el Acuerdo de Concejo Nº
069-2013-MDP, del 14 de agosto de 2013 (fojas 47 y 48).
4. En ese sentido, atendiendo a la copia certif‌i cada
del acta de defunción y al pronunciamiento emitido por el
Concejo Distrital de Perené, corresponde dejar sin efecto
la credencial otorgada a Miguel Ángel Ambrocio Tello
como regidor del Concejo Distrital de Perené y, en virtud
de lo dispuesto en el artículo 24 de la LOM, convocar
a Antonieta Albarosa Sandoval Barzola, candidata no
proclamada de la organización política Fuerza 2011 (ahora
Fuerza Popular), para que asuma el cargo de regidor del
Concejo Distrital de Perené. Dicha convocatoria se realiza
de acuerdo con el acta de proclamación de resultados,
de fecha 8 de noviembre de 2010, emitida por el Jurado
Electoral Especial de Chanchamayo, con motivo de las
elecciones municipales del año 2010.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de
Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial
otorgada a Miguel Ángel Ambrocio Tello, como regidor del
Concejo Distrital de Perené, provincia de Chanchamayo,
departamento de Junín, emitida con motivo de las
elecciones municipales del año 2010.
Artículo Segundo.- CONVOCAR a Antonieta
Albarosa Sandoval Barzola, para que asuma el cargo
de regidora del Concejo Distrital de Perené, provincia
de Chachapoyas, departamento de Junín, y complete el
periodo de gobierno municipal 2011-2014, para lo cual se
le otorgará la respectiva credencial, la misma que será
entregada a través de la entidad edil.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TAVÁRA CÓRDOVA
PEREIRA RIVAROLA
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
VELARDE URDANIVIA
Samaniego Monzón
Secretario General
993498-1

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