RESOLUCION N° 467-2014-JNE - Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Quichuay, provincia de Huancayo, departamento de Junín

Fecha de publicación29 Junio 2014
Fecha de disposición29 Junio 2014
El Peruano
Domingo 29 de junio de 2014 526525
Artículo Segundo.- REMITIR copias de lo actuado
en el presente expediente al presidente de la Junta de
Fiscales Superiores del distrito f‌i scal de Amazonas, para
que las remita al f‌i scal provincial competente, a f‌i n de que
evalúe lo actuado, conforme a sus atribuciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
1103043-1
Convocan a ciudadano para que asuma
el cargo de regidor del Concejo Distrital
de Quichuay, provincia de Huancayo,
departamento de Junín
RESOLUCIÓN Nº 467-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-00521
QUICHUAY - HUANCAYO - JUNÍN
ACREDITACIÓN DE CANDIDATO
NO PROCLAMADO
Lima, once de junio de dos mil catorce
VISTA la solicitud de convocatoria de candidato
no proclamado, presentada el 16 de mayo de 2014
por Gonzalo Alfonso Párraga Camarena, alcalde de
la Municipalidad Distrital de Quichuay, provincia de
Huancayo, departamento de Junín, al haberse declarado
la vacancia del regidor Abel Jesús Chirinos Chacón, por la
causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº
ANTECEDENTES
Mediante Acta de Sesión Extraordinaria Nº 003-
2014, de fecha 5 de marzo de 2014 (fojas 5 a 6), el
Concejo Distrital de Quichuay, provincia de Huancayo,
departamento de Junín, declaró la vacancia del regidor
Abel Jesús Chirinos Chacón, por inasistencia injustif‌i cada
a más de tres sesiones ordinarias consecutivas realizadas
entre el 13 de agosto de 2013 al 19 febrero de 2014,
causal contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la Ley
LOM).
CONSIDERANDOS:
1. Conforme al artículo 23 de la LOM, la vacancia
del cargo de alcalde o regidor es declarada por el
correspondiente concejo municipal, con el voto aprobatorio
de dos tercios del número legal de sus miembros, previa
notif‌i cación al afectado para que ejerza su derecho de
defensa.
2. En tal sentido, antes de expedir las credenciales a
las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional
de Elecciones verif‌i car la legalidad del procedimiento de
vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la
LOM.
3. Del análisis de autos se puede apreciar que
el regidor Abel Jesús Chirinos Chacón inasistió
injustif‌i cadamente a más de tres sesiones ordinarias de
concejo, siendo estas últimas las sesiones ordinarias
de concejo, de fechas 22 de enero y 5 y 19 de febrero
del año 2014, según las respectivas actas que obran
en el expediente (fojas 60 a 70), hechos por los cuales
se declaró su vacancia mediante Acta de Sesión
Extraordinaria Nº 003-2014.
4. En ese sentido, el numeral 21.4 del artículo 21 de
la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo
General, establece que la notif‌i cación podrá entenderse
con la persona que se encuentre en el domicilio, dejándose
constancia de su nombre, documento de identidad y
de su relación con el administrado, razón por la cual,
conforme se advierte del cargo de notif‌i cación de fojas 71,
la notif‌i cación del citado acuerdo de concejo se entendió
con Isabel Charito Salomé Arroyo de Chirinos, esposa del
mencionado regidor.
5. Por otro lado, mediante Acta de Sesión
Extraordinaria Nº 007-2014, de fecha 23 de abril de
2014, el Concejo Distrital de Quichuay declara consentida
REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones
Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente:
1. La solicitud de publicación se efectuará mediante of‌i cio dirigido al Director del Diario Of‌i cial El Peruano y
las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la
entidad solicitante.
2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en
la Separata de Declaraciones Juradas.
3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico:
dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al
del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto
publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse.
4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda.
5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de
otra.
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