DECRETO DE ALCALDIA N° 008-2011/MDCH - Aprueban el Programa de Segregación en la Fuente como parte del Proceso de Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios

Fecha de publicación27 Abril 2014
Fecha de disposición27 Abril 2014
El Peruano
Domingo 27 de abril de 2014
521802
conducción de vehículos que prestan servicio de transporte
público regular de pasajeros; y en caso se compruebe su
culpabilidad, será inhabilitado permanentemente para la
prestación del citado servicio.
Artículo Tercero.- Inclúyase al Artículo 8º de la
Ordenanza Municipal Nº 000052 de fecha 03 de noviembre
de 2010, el siguiente párrafo, el cual quedará redactado
de la siguiente manera:
“Artículo 8º.- De las prohibiciones al Registro de
Conductores y Cobradores del Servicio de Transporte
Público Regular de Pasajeros.
(...)
Asimismo, las empresas de transporte autorizadas no
podrán habilitar en el registro de conductores del servicio de
transporte público regular de pasajeros a aquellas personas
que hayan excedido el tope máximo de cien (100) puntos
f‌i rmes acumulados e inscritos en el Registro Nacional
de Sanciones o que mantengan vigentes dos (02) o más
infracciones al tránsito y/o transporte catalogadas como muy
graves, cinco (05) o más infracciones al tránsito y/o transporte
catalogadas como graves o una infracción al tránsito y/o
transporte catalogada como muy grave y tres (03) o más
infracciones cuya calif‌i cación sea grave, sean Papeletas de
Infracción al Tránsito y/o Actas de Control Municipales”.”
(…)
Artículo Cuarto.- Modifíquese el Cuadro de
Tipif‌i cación de Infracciones y Sanciones anexo a la
Ordenanza Municipal Nº 000040 de fecha 14 de agosto
de 2009, quedando redactado conforme a lo señalado en
el Anexo 1 de la presente Ordenanza.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Primera.- Modifíquese el Procedimiento Nº 15.1
del Texto Único de Procedimientos Administrativos,
correspondiente a la Gerencia General de Transporte
Urbano, el mismo que quedará redactado conforme se
detalla en el Anexo Nº 2 de la presente Ordenanza.
Segunda.- Encargar a la Gerencia General de
Transporte Urbano la verif‌i cación permanente del
Registro de Conductores y Cobradores, para determinar
cuáles son los conductores inscritos que se encuentren
en la situación señalada en la presente Ordenanza, a f‌i n
de poder adoptar las medidas correctivas pertinentes.
Tercera.- Publíquese la presente Ordenanza en el
Diario Of‌i cial El Peruano y encárguese a la Gerencia de
Informática la publicación de la misma y su anexos en el
portal institucional www.municallao.gob.pe, en el Portal
del Estado Peruano www.peru.gob.pe y en el Portal de
Servicios al Ciudadano www.serviciosalciudadano.gob.pe
Cuarta.- La presente Ordenanza Municipal entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
JUAN SOTOMAYOR GARCÍA
Alcalde
1077144-1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHANCAY
Aprueban el Programa de Segregación
en la Fuente como parte del Proceso
de Recolección de Residuos Sólidos
Domiciliarios
(Se publica el presente Decreto de Alcaldia a solicitud
de la Municipalidad Distrital de Chancay, mediante Of‌i cio
N° 149-2014-MDCH/A, recibido el 25 de abril de 2014)
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 008-2011/MDCH
Chancay, 27 de julio del 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHANCAY
VISTO.- El informe Nº 259-2011/D.M.A.L.P.S.AV
y T., presentado por el Jefe de la División del Medio
Ambiente, Limpieza Pública, Saneamiento, Áreas
Verdes y Transportes, mediante el cual solicita
autorización para que se implemente el Programa de
Segregación en la Fuente como parte del proceso de
recolección de residuos sólidos domiciliarios en el
distrito de Chancay; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 195º de
la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales
promueven el desarrollo y la economía local y la prestación
de los servicios públicos de su responsabilidad, en
armonía con las políticas y planes nacionales y regionales
desarrollo;
de Municipalidades, establece que las municipalidades,
tomando en cuenta su condición de municipalidad
provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen
las funciones señaladas en el capítulo II del presente
titulo, con carácter exclusivo o compartido, en las materias
siguientes que dentro del marco de las competencias y
funciones específ‌i cas de los gobiernos locales – materias
de competencia municipal, se encuentran enmarcadas las
siguientes:
“(…)
2. En materia de Servicios Públicos Locales
2.1 Saneamiento ambiental, salubridad y salud.
“(…)
2.4 Programas sociales, defensa y promoción de
derechos ciudadanos.
3. En materia de Protección y Conservación del
Ambiente
3.1 Formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes
y políticas locales en materia ambiental, en concordancia
con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales
y nacionales
3.3 Promover la educación e investigación ambiental
en su localidad e incentivar la participación ciudadana en
todos sus niveles.”
Que, mediante la Ley General de Residuos Sólidos,
Ley Nº 27314, publicada el 21 de julio de 2000, se han
establecido los derechos, obligaciones, atribuciones
y responsabilidad de la sociedad, para asegurar una
gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y
ambiental adecuada, con sujeción a los principios
de minimización, prevención de riesgos ambientales
y protección de la salud y el bienestar de la persona
humana;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2009/MINAN,
se aprobó la Política Nacional del Ambiente, en el cual
prescribe en el Eje de Política 2: Gestión Integral de la
Calidad ambiental; componente 4. Residuos Sólidos, como
un Lineamiento de Política del Sector, el fortalecimiento de
la gestión de los gobiernos regionales y locales en materia
de residuos sólidos de ámbito municipal, priorizando su
aprovechamiento;
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 002-
2005/MDCH, se formaliza la creación de la Comisión
Ambiental Municipal - CAM en el distrito de Chancay,
con el f‌i n de implementar políticas ambientales y una
agenda ambiental como instrumentos de Gestión,
concordante con el Plan de Desarrollo Concertado
del distrito de Chancay, de tal modo que se propicie
y asegure el uso sostenible responsable racional y
ético de los recursos naturales, además de contribuir
signif‌i cativamente en mejoras de la conservación y
protección de los servicios ambientales y paisajísticos
del distrito, mediante la coordinación y concertación de
la política ambiental local, promoviendo el dialogo y el
acuerdo entre actores locales;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR