RESOLUCION N° 1782-2013-ANR - Declaran que la Universidad de Piura ha cumplido lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de la Maestría en Gestión Estratégica

Fecha de publicación14 Diciembre 2013
Fecha de disposición14 Diciembre 2013
El Peruano
Sábado 14 de diciembre de 2013 509231
1. Especialidad de Enfermería, con mención en:
í Cuidados Intensivos - Neonatología
2. Especialidad Interdisciplinaria, con mención en:
í Salud Familiar y Comunitaria;
Que, la Dirección General de Desarrollo Académico
y Capacitación, emite el informe de vistos, en el
cual expresa que la documentación remitida por la
mencionada universidad, en relación a la creación y
funcionamiento de los programas académicos que se han
citado precedentemente, cumple con las disposiciones
establecidas en los artículos 23º y 92º, incisos e) y f), de
la Ley Universitaria Nº 23733; por lo que, es de opinión
favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores
emita la resolución correspondiente;
Que, mediante memorando de vistos, la Secretaría
Ejecutiva dispone emitir una resolución en la cual se
declare que la Universidad Nacional de Ucayali, con sede
en la ciudad de Pucallpa, ha cumplido con la normativa
descrita en el considerando precedente, respecto a la
creación y funcionamiento de los programas académicos
que se describen en el segundo considerando;
Estando a la autorización de la Alta Dirección; y,
De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733
y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente
de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del
Reglamento General de la Comisión de Coordinación
Interuniversitaria;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Declarar que la Universidad Nacional de
Ucayali, con sede en la ciudad de Pucallpa, ha cumplido
con las disposiciones establecidas en los artículos 23º y 92º,
incisos e) y f), de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a
la creación y funcionamiento de nuevas menciones en las
Especialidades de Enfermería e Interdisciplinaria, adscritas
a la Facultad de Ciencias de la Salud; quedando en
consecuencia aprobados para su implementación:
1. Especialidad de Enfermería, con mención en:
í Cuidados Intensivos - Neonatología
2. Especialidad Interdisciplinaria, con mención en:
í Salud Familiar y Comunitaria
Artículo 2°.- Regístrese of‌i cialmente en la Asamblea
Nacional de Rectores lo resuelto en el artículo precedente,
asimismo, dispóngase la difusión de la presente Resolución
a la Dirección General de Desarrollo Académico y
Capacitación y a las Áreas del Registro Nacional de Grados
y Títulos y Carnés Universitarios de la Secretaría General de
la Institución, para los f‌i nes que dispone la Ley.
Artículo 3°.- Publíquese la presente resolución en el
Diario Of‌i cial El Peruano y en la página web de la Institución.
Regístrese y comuníquese.
ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y
Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores
RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO
Secretario General de la
Asamblea Nacional de Rectores
1027162-1
Declaran que la Universidad de Piura
ha cumplido lo dispuesto en la Ley
Universitaria respecto a la creación
y funcionamiento de la Maestría en
Gestión Estratégica
COMISIÓN DE COORDINACIÓN
INTERUNIVERSITARIA
RESOLUCIÓN Nº 1782-2013-ANR
Lima, 27 de noviembre de 2013
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
VISTOS:
Los of‌i cios SG 15, 58 y 102/13, de fechas 08 de
febrero, 17 de junio y 02 de septiembre de 2013; informe
Nº 202-2013-DGDAC, de fecha 21 de octubre de 2013,
memorando Nº 1176-2013-SE, de fecha 25 de octubre de
2013; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de las atribuciones específicas
e indelegables que se establecen en los incisos e) y
f) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733,
la creación de carreras, programas académicos y de
segunda especialidad acordados por una universidad
requieren de la coordinación previa e indispensable
con la Asamblea Nacional de Rectores, asimismo,
es atribución de ésta última concordar los requisitos
mínimos exigibles para el otorgamiento de grados
y títulos universitarios y la unificación de sus
denominaciones, sin perjuicio del derecho de cada
universidad a establecer la currícula y requisitos
adicionales propios;
Que, por Resolución Nº 770-91-ANR, de fecha 29
de abril de 1991, la Asamblea Nacional de Rectores,
emitió pronunciamiento favorable sobre la creación de
la Escuela de Posgrado, con la Maestría en Dirección
de Empresas, en la Universidad de Piura, precisando
que la creación de especialidades estará sujeta a
la coordinación previa con la Asamblea Nacional de
Rectores;
Que, en cumplimiento del considerando precedente,
mediante el oficio de vistos, el Secretario General de
la Universidad de Piura comunica que por Acuerdo
del Consejo Superior CS 2409/12, de fecha 17 de
diciembre de 2012, se resolvió aprobar la realización
de la Maestría en Gestión Estratégica; en virtud de
ello es que solicita el reconocimiento y oficialización
de la misma por parte de la Asamblea Nacional de
Rectores;
Que, la Dirección General de Desarrollo Académico
y Capacitación, emitió el informe de vistos, en el
cual expresa que la documentación remitida por la
mencionada universidad cumple con las disposiciones
establecidas en los artículos 24º y 92º, incisos e) y f), de
la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y
funcionamiento del programa académico de posgrado
citado en el considerando precedente; por lo que es de
opinión favorable para que la Asamblea Nacional de
Rectores emita el acto resolutivo correspondiente;
Que, mediante el memorando de vistos, la Secretaría
Ejecutiva dispone emitir una resolución en la cual se
declare que la Universidad de Piura ha cumplido con
la normativa descrita en el considerando precedente,
respecto a la creación y funcionamiento de la Maestría en
Gestión Estratégica;
Estando a la autorización de la Alta Dirección; y,
De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733
y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente
de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del
Reglamento General de la Comisión de Coordinación
Interuniversitaria;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Declarar que la Universidad de Piura,
con sede en la ciudad de Piura, ha cumplido con las
disposiciones establecidas en los artículos 24º y 92º,
incisos e) y f), de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto
a la creación y funcionamiento de la Maestría en Gestión
Estratégica; quedando en consecuencia aprobada para
su implementación.
Artículo 2º.- Regístrese of‌i cialmente en la Asamblea
Nacional de Rectores, lo resuelto en el artículo
precedente, asimismo, dispóngase la difusión de la
presente Resolución a la Dirección General de Desarrollo
Académico y Capacitación y a las Áreas del Registro
Nacional de Grados y Títulos, y Carnés Universitarios de
la Secretaría General de la Institución, para los f‌i nes que
dispone la Ley.
Artículo 3°.- Publíquese la presente resolución en

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