DECRETO SUPREMO N° 016-2014-RE - Ratifican el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Comisión Económica para América Latina y el Caribe de las Naciones Unidas relativo a la celebración de Trigésimo Quinto Período de Sesiones de la CEPAL”

Fecha de disposición01 Mayo 2014
Fecha de publicación01 Mayo 2014
El Peruano
Jueves 1 de mayo de 2014
522020
RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el “Acuerdo entre el Gobierno
de la República del Peú y la Comisión
Económica para América Latina y el
Caribe de las Naciones Unidas relativo
a la celebración de Trigésimo Quinto
Período de Sesiones de la CEPAL
DECRETO SUPREMO
Nº 016-2014-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el “Acuerdo entre el Gobierno de la República
del Perú y la Comisión Económica para América Latina y
el Caribe de las Naciones Unidas relativo a la celebración
de Trigésimo Quinto Período de Sesiones de la CEPAL”,
fue f‌i rmado el 16 de septiembre de 2013, en la ciudad de
Lima, República del Perú;
Que, es conveniente a los intereses del Perú la
ratif‌i cación del citado instrumento jurídico internacional;
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57
y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el
segundo párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 26647, que
facultan al Presidente de la República a celebrar y ratif‌i car
Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación
previa del Congreso;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo entre el Gobierno
de la República del Perú y la Comisión Económica para
América Latina y el Caribe de las Naciones Unidas relativo
a la celebración de Trigésimo Quinto Período de Sesiones
de la CEPAL”, f‌i rmado el 16 de septiembre de 2013, en la
ciudad de Lima, República del Perú.
Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6
de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores
procederá a publicar en el diario of‌i cial “El Peruano” el
texto íntegro del referido Acuerdo, así como su fecha de
entrada en vigencia.
Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la
República.
Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los treinta
días del mes de abril del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores
1078645-5
Dejan sin efecto la R.S. N° 0049-2014-
RE mediante la cual se nombró a Consul
General del Perú en Puerto Ordaz,
República Bolivariana de Venezuela
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 062-2014-RE
Lima, 30 de abril de 2014
VISTA:
La Resolución Suprema N° 0049-2014/RE, que nombra
al Ministro en el Servicio Diplomático de la República
Carlos Luis Canales Rojas como Cónsul General del Perú
en Puerto Ordaz, República Bolivariana de Venezuela, a
partir del 15 de abril de 2014;
CONSIDERANDO:
Que, por necesidad del Servicio, se ha dispuesto
dejar sin efecto el nombramiento del citado funcionario
diplomático como Cónsul General del Perú en Puerto
Ordaz, República Bolivariana de Venezuela;
Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N°
1972, del Despacho Viceminísterial, de 9 de abril de
2014;
De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio
Diplomático de la República, y su Reglamento aprobado
mediante Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y el
Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante el
Decreto Supremo N° 076-2005-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución Suprema
N° 0049-2014-RE, de 22 de marzo de 2014, por los
motivos expuestos en la parte considerativa de la presente
resolución.
Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores
1078645-6
Modifican la R.S. Nº 040-2014-RE
referida a nombramiento de Cónsul
General del Perú en Bruselas, Reino de
Bélgica
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 063-2014-RE
Lima, 30 de abril de 2014
VISTA:
La Resolución Suprema N° 040-2014-RE, que nombra
al Consejero en el Servicio Diplomático de la República
Wilbert Haya Enriquez como Cónsul General del Perú en
Bruselas, Reino de Bélgica;
CONSIDERANDO:
Que, por necesidad del Servicio, se ha dispuesto
modif‌i car la fecha para que asuma funciones el referido
funcionario diplomático como Cónsul General del Perú en
Bruselas, Reino de Bélgica;
De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio
Diplomático de la República y sus modif‌i catorias; y su
Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N°
130-2003-RE y sus modif‌i catorias; y el Reglamento
Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 076-2005-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Modifíquese el Artículo 1° de la Resolución
Suprema N° 040-2014-RE, el cual quedará redactado en
los siguientes términos:
“Artículo 1°.- Nombrar al Consejero en el Servicio
Diplomático de la República Wilbert Haya Enriquez,
Cónsul General del Perú en Bruselas, Reino de Bélgica.”
Artículo 2°.- La fecha en la que el citado funcionario
diplomático deberá asumir funciones será f‌i jada por
Resolución Viceministerial.
Artículo 3°.- Dejar subsistente en todo lo demás
el contenido de la Resolución Suprema N° 040-2014-
RE.

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