DECRETO DE ALCALDIA N° 011-2014 - Prorrogan vencimiento de pago de la Primera Cuota del Impuesto Predial, así como de la Primera y Segunda Cuota de los Arbitrios Municipales correspondientes a enero y febrero de 2014

Fecha de publicación28 Febrero 2014
Fecha de disposición28 Febrero 2014
El Peruano
Viernes 28 de febrero de 2014 517743
vencimiento de la misma, toda vez que las acciones de
f‌i scalización tributaria se efectúan de manera permanente
en el distrito y se advierte contribuyentes que no han
logrado acogerse al benef‌i cio;
Estando a los fundamentos expuestos y contando
con la conformidad de la Subgerencia de Recaudación
y Fiscalización Tributaria mediante Informe Nº 036-2014-
MDLM-GAT-SGRFT, de la Gerencia de Administración
Tributaria mediante Informe Nº 007-2014-MDLM-GAT y
de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe
Nº 087-2014-MDLM-GAJ; y, en uso de las facultades
conferidas en los artículos 20° numeral 6) y 42° de la Ley
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo
de 2014, la vigencia de la Ordenanza Nº 226 modif‌i cada por
la Ordenanza N° 252, que aprueba “Benef‌i cios Tributarios
para la regularización y/o actualización de la información
del predio, como resultado de un procedimiento de
f‌i scalización tributaria y/o actualización catastral”.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
de Administración Tributaria, a la Subgerencia de
Recaudación y Fiscalización Tributaria, a la Subgerencia
de Registro y Atención al Ciudadano, al Ejecutor
Coactivo Tributario, a la Gerencia de Tecnologías de
Información y a la Gerencia de Comunicaciones e
Imagen Institucional, el cumplimiento y efectiva difusión
del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus
competencias y atribuciones.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría
General la publicación del texto del presente Decreto de
Alcaldía en el Diario Of‌i cial “El Peruano” y a la Gerencia
de Tecnologías de Información, la publicación en la
página web de la municipalidad: www.munimolina.gob.
pe, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y
en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.
serviciosalciudadano.gob.pe.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JUAN CARLOS ZUREK P.F.
Alcalde
1054958-1
Prorrogan vigencia de la Ordenanza
N° 260, que establece Beneficio
de Regularización Tributaria en el
distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 010-2014
La Molina, 25 de febrero de 2014
EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA
VISTO: El Informe N° 006-2014-MDLM-GAT, de fecha
20 de febrero de 2014, de la Gerencia de Administración
Tributaria y el Informe N° 037-2014-MDLM-GAT-SGRFT,
de fecha 20 de febrero de 2013, de la Subgerencia de
Recaudación y Fiscalización Tributaria, mediante los cuales
se solicita la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N°
260 que aprueba el “Benef‌i cio de Regularización Tributaria
en el Distrito de La Molina”; y,
CONSIDERANDO:
Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar
establece que los gobiernos locales tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, mediante Ordenanza Nº 260, publicada en el
Diario Of‌i cial “El Peruano” el 29 de setiembre del 2013,
se aprobó el Benef‌i cio de Regularización Tributaria en el
distrito de La Molina que durante su vigencia, mantengan
deuda vencida y pendiente de pago por Impuesto Predial,
Arbitrios Municipales y Multas Tributarias, correspondientes
a periodos anteriores en el que se encuentre vigente;
Que, a través del Decreto de Alcaldía N° 003-2014,
se prorrogó el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 260,
hasta el 28 de febrero de 2014;
Que, siendo política de la presente gestión, brindar el
apoyo necesario a la población, así como también, otorgar
facilidades para que los contribuyentes regularicen sus
obligaciones tributarias, se hace necesario prorrogar el
plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 260, que aprueba
el Benef‌i cio de Regularización Tributaria en el distrito de
La Molina, toda vez que se advierte contribuyentes que no
han logrado acogerse a los benef‌i cios establecidos en la
referida Ordenanza;
Que, la Tercera Disposición Final de la misma
Ordenanza, faculta al señor Alcalde a aprobar mediante
Decreto de Alcaldía la prórroga correspondiente;
Estando a los fundamentos expuestos y contando
con la conformidad de la Subgerencia de Recaudación y
Fiscalización Tributaria mediante Informe N° 037-2014-
MDLM-GAT-SGRFT, de la Gerencia de Administración
Tributaria mediante Informe N° 006-2014-MDLM-GAT
y de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe
N° 084-2014-MDLM-GAJ; y, en uso de las facultades
conferidas en los artículos 20° numeral 6) y 42° de la Ley
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia
de la Ordenanza N° 260, que establece el Benef‌i cio de
Regularización Tributaria en el Distrito de La Molina hasta
el 31 de marzo de 2014.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de
Recaudación y Fiscalización Tributaria, a la Subgerencia
de Registro y Atención al Ciudadano, al Ejecutor Coactivo
Tributario, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen
Institucional y a la Gerencia de Tecnologías de Información,
el cumplimiento y efectiva difusión del presente Decreto de
Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria
General la publicación del texto del presente Decreto de
Alcaldía en el Diario Of‌i cial “El Peruano”, y a la Gerencia
de Tecnologías de Información la publicación en la página
web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en
el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en
el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.
serviciosalciudadano.gob.pe.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JUAN CARLOS ZUREK P.F.
Alcalde
1054958-2
Prorrogan vencimiento de pago de la
Primera Cuota del Impuesto Predial, así
como de la Primera y Segunda Cuota de los
Arbitrios Municipales correspondientes a
enero y febrero de 2014
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 011-2014
La Molina, 26 de febrero de 2014
EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA
VISTO: El Informe N° 008-2014-MDLM-GAT de fecha
24 de febrero de 2014, de la Gerencia de Administración
Tributaria y el Informe N° 068-2014/MDLM/GAT/SGRAC, de
fecha 21 de febrero de 2014, de la Subgerencia de Registro
y Atención al Ciudadano, mediante los cuales se solicita la
prórroga del vencimiento de pago de la Primera Cuota del
Impuesto Predial, así como de la Primera y Segunda Cuota
de los Arbitrios Municipales correspondientes al mes de
enero y febrero del ejercicio f‌i scal 2014; y,
CONSIDERANDO:
en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley
los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia;

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