RESOLUCION N° 0296-2014-UNDAC-C.U. - Autorizan viaje de rector y docente de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión a EE.UU., en comisión de servicios
Fecha de disposición | 23 Abril 2014 |
Fecha de publicación | 23 Abril 2014 |
El Peruano
Miércoles 23 de abril de 2014 521399
ORGANOS AUTONOMOS
INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje de rector y docente de
la Universidad Nacional Daniel Alcides
Carrión a EE.UU., en comisión de
servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL
DANIEL ALCIDES CARRIÓN
RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO
Nº 0296-2014-UNDAC-C.U.
Cerro de Pasco, 10 de abril de 2014
VISTO:
El Ofi cio Nº 071-2014-VRI-UNDAC del Vicerrector
de Investigación mediante el cual solicita aprobación del
viaje en comisión de servicios a la Universidad de Nuevo
México – Estados Unidos del Dr. Ricardo Arturo Guardián
Chávez - Rector, Lic. Hans Nicolás Huamán López –
Director de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos
Internacionales, el Lic. Fernando Omer Carhuas Zevallos
- Docente de la Escuela de Formación Profesional de
Educación Primaria Sede Oxapampa.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 31º del Estatuto Universitario vigente,
establece la autonomía inherente a la UNDAC, se ejerce
de conformidad con la Constitución Política del Estado y la
Ley Universitaria, sus atribuciones son: en lo académico,
normativo, gobernativo, administrativo y económico;
Que, mediante Ofi cio Nº 071-2014-VRI-UNDAC, el
Dr. Leonidas Félix Villaorduña Caldas, Vicerrector de
Investigación de la UNDAC, solicita aprobación de viaje
en comisión de servicios del 19 al 27 de abril del 2014, de
los señores: Dr. Ricardo Arturo Guardián Chávez - Rector,
Lic. Hans Nicolás Huamán López – Director de la Ofi cina
General de Cooperación y Asuntos Internacionales y el Lic.
Fernando Omer Carhuas Zevallos - Docente de la Escuela
de Formación Profesional de Educación Primaria Sede
Oxapampa, a la Universidad de Nuevo México de Estados
Unidos, en el marco del Memorando de Entendimiento
suscrito con el Departamento de Estudios Nativos para
defi nir las actividades de cooperación a corto, mediano
y largo plazo considerando las necesidades mutuas y
los benefi cios futuros para los estudiantes y maestros
indígenas de la UNDAC y NAS-UNM;
Que, asimismo, a cada uno de los comisionados se le
otorga pasajes y bolsa de viaje; con cargo al Presupuesto
Recursos Directamente Recaudados (Fondo Semilla);
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º,
inciso k) de la Ley Universitaria Nº 23733, el artículo
128º, inciso b.b) del Estatuto Universitario y estando
a lo acordado por el Consejo Universitario, en sesión
extraordinaria Nº 01-2014 de fecha 9 de abril de 2014; y,
El señor Rector en uso de las facultades que le
confi ere la ley.
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje en Comisión
de Servicios del 19 al 27 de abril del 2014 al Dr. Ricardo
Arturo Guardián Chávez - Rector, Lic. Hans Nicolás
Huamán López – Director de Cooperación y Asuntos
Internacionales y el Lic. Fernando Omer Carhuas Zevallos
– Docente de la Escuela de Formación Profesional
de Educación Primaria Oxapampa, para defi nir las
actividades de cooperación a corto, mediano y largo plazo
considerando las necesidades mutuas y los benefi cios
futuros para los estudiantes y maestros indígenas de la
UNDAC y NAS-UNM en la Universidad de Nuevo México
– Estados Unidos.
Artículo Segundo.- Otorgar a cada comisionado el
monto total en nuevos soles, con cargo al Presupuesto
2014 Recursos Directamente Recaudados (Fondo
Semilla), debiendo a su retorno rendir cuenta documentada
del gasto efectuado en el plazo de Ley; Meta: 32,
Acción: 12001.04, Específi ca: 23.21.11 S/. 4788.00 x 3 =
14,364.00, 23.21.12 S/. 1,140.00 x 3 = 3,420.00.
Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de la Ofi cina
de Abastecimiento y Servicios Auxiliares la publicación de
la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” de
conformidad a las normas vigentes.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección General de
Administración y demás instancias, el cumplimiento de la
presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y archívese.
RICARDO A. GUARDIÁN CHÁVEZ
Rector
RAMÓN C. SOLIS HOSPINAL
Secretario General
1075074-1
JURADO NACIONAL
DE ELECCIONES
Delegan facultades de inscribir
movimientos regionales y
organizaciones políticas locales de
alcance provincial y distrital, en el
ámbito de la Región Cajamarca, así como
otras facultades, a ciudadana, para el
proceso de Elecciones Regionales y
Municipales del año 2014
REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS
RESOLUCIÓN Nº 131-2014-ROP/JNE
Lima, 1 de abril de 2014
CONSIDERANDOS:
Con fecha 10 de febrero de 2014, se emitió la
Resolución Nº 052-2014-ROP/JNE, de fecha, mediante
la cual se le otorgó facultades de inscribir movimientos
regionales y organizaciones políticas locales de alcance
provincial y distrital, a los ciudadanos designados
como Registradores Delegados en el ámbito de sus
correspondientes regiones, ello, hasta el cierre del
Registro de Organizaciones Políticas, en el presente
proceso de Elecciones Regionales y Municipales del año
2014; así como administrar los instrumentos, manuales
mecánicos y/o electrónicos que permiten el registro de las
inscripciones de dichas organizaciones políticas, aceptar
el desistimiento de inscripción solicitado por movimientos
regionales y organizaciones políticas locales y resolver,
en primera instancia, las tachas planteadas contra la
inscripción de estas organizaciones políticas, entre otros
ciudadanos, a Yovany Lucila Torres Lozada identifi cada
con DNI Nº 06720828, para que se desempeñe como
Registradora Delegada de la región Cajamarca.
Con fecha 28 de marzo de 2014, la referida Registradora
Delegada, dejó el cargo, en tal sentido le corresponde a
este Órgano Registral nombrar a su reemplazo y delegarle
las facultades señaladas.
Estando a las consideraciones expuestas y de
conformidad con las funciones conferidas por Ley al
Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional
de Elecciones,
RESUELVE:
Artículo Primero.- Revóquese en el cargo de
Registrador Delegado de la Región Cajamarca la
ciudadana Yovany Lucila Torres Lozada identifi cada con
DNI Nº 06720828.
Artículo Segundo.- Delegar el ejercicio de las
facultades de inscribir movimientos regionales y
organizaciones políticas locales de alcance provincial y
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