ORDENANZA N° 006-2014-MPS - Aprueban el Reglamento de Infracciones y Sanciones Administrativas (RISA) de la Municipalidad Provincial del Santa

Fecha de publicación13 Marzo 2014
Fecha de disposición13 Marzo 2014
El Peruano
Jueves 13 de marzo de 2014 518811
DE INVERSIÓN PRESENTADOS ANTE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL SANTA, el mismo que forma parte de la
presente ordenanza.
Artículo Tercero: CONSTITÚYASE el COMITÉ
ESPECIAL DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN
PRIVADA (CEPRI – CHIMBOTE) cuyas funciones,
competencias y responsabilidades serán ejecutadas de
conformidad con las leyes, ordenanzas, reglamentos y
demás disposiciones legales que en relación a la materia
de promoción de la inversión privada, sean aplicables en
la Provincia del Santa.
Artículo Cuarto: FACÚLTESE al Alcalde de
la Municipalidad Provincial del Santa para que
mediante Resolución de Alcaldía designe a los
miembros que conformarán el COMITÉ ESPECIAL DE
PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA (CEPRI
– CHIMBOTE) pudiendo ser cualquier funcionario de
su confianza. Precisando que el CEPRI CHIMBOTE
se creará con carácter temporal, para llevar a cabo
los procedimientos administrativos necesarios para la
tramitación y evaluación de las Iniciativas de Inversión
Privada que se presenten sobre proyectos de inversión
de competencia de la Municipalidad Provincial del
Santa y que estén dirigidos a la implementación de
las modalidades de participación establecidos en el
Legislativo Nº 1012.
Artículo Quinto: PRECÍCESE que los procedimientos
de promoción de la inversión privada a convocarse así
como las iniciativas privadas que sean presentadas ante
la Municipalidad Provincial del Santa, serán aprobadas
por el Pleno del Concejo Municipal de acuerdo a los
lineamientos establecidos en el “PROCEDIMIENTO
PARA LA EVALUACIÓN DE INICIATIVAS PRIVADAS
Y PROMOCIÓN DE INVERSIÓN PRIVADA EN
PROYECTOS DE INVERSIÓN PRESENTADOS ANTE
LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL SANTA”, que
forma parte de la presente ordenanza.
Artículo Sexto: APRUÉBESE el ¿ nanciamiento,
a través de la promoción de la inversión privada, bajo
cualquiera de las modalidades contempladas en la
normatividad aplicable en obras de infraestructura y/
o servicios públicos para la construcción, reparación,
conservación y explotación de los proyectos de inversión
PRIORIZADOS POR EL CONCEJO MUNICIPAL –
MPS.
Artículo Sétimo: FACÚLTESE al Alcalde de la
Municipalidad Provincial del Santa a impulsar el
proceso de la Promoción de la Inversión Privada para
cuyo efecto deberá realizar las acciones administrativas
necesarias ante las instituciones públicas del ámbito
nacional e internacional para promover la búsqueda
de iniciativas privadas en ejecución de obras de
infraestructura, servicios públicos, entre otros de
competencia municipal que beneficien a la Provincia
del Santa así mismo AUTORIZAR la suscripción de
convenios nacionales e internacionales, cartas de
intención y/o cualquier otro documento vinculado con
la iniciativa privada teniendo siempre como impulso el
fortalecimiento a la calidad de vida de los ciudadanos
de la Provincia del Santa.
Artículo Octavo: DERÓGUESE cualquier disposición
municipal que se oponga a la presente Ordenanza
Municipal.
Artículo Noveno: DISPÓNGASE la publicación de la
presente Ordenanza Municipal conforme a lo establecido
Regístrese, publíquese y cúmplase
LUIS HUMBERTO ARROYO ROJAS
Alcalde
1059835-4
Aprueban el Reglamento de Infracciones
y Sanciones Administrativas (RISA) de
la Municipalidad Provincial del Santa
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 006-2014-MPS
Chimbote, 14 de febrero de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL SANTA
POR CUANTO:
El Pleno del Concejo de la Municipalidad Provincial del
Santa, en Sesión Ordinaria de fecha 14 de febrero de 2014
y con Dictamen 001-2014-CPPYA-MPS de la Comisión de
Plani¿ cación y Presupuesto, acordó aprobar la Ordenanza
Municipal que aprueba el Reglamento de Infracciones y
Sanciones Administrativas de la Municipalidad Provincial
del Santa, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución
Política del Estado, concordante con la Ley Orgánica de
MunicipalidadesLey Nº 27972, se reconoce que las
Municipalidades al ser órganos de Gobierno Local, gozan
de autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, bajo tal contexto la Municipalidad Provincial
del Santa aprobó la Ordenanza Municipal Nº 035-2007-
MPS (publicada con fecha 04 de diciembre de 2007) que
aprobó el Reglamento de Infracciones y Sanciones (RIS)
de esta municipalidad;
MunicipalidadesLey Nº 27972, establece que las
normas municipales son de obligatorio cumplimiento, su
incumplimiento acarrea las respectivas sanciones cuyo
régimen de sanciones administrativas, por las infracciones
cometidas, son determinadas mediante ordenanza
municipal;
Que, en la Municipalidad Provincial del Santa a
través de la Ordenanza Municipal Nº 013-2013-MPS
(publicada con fecha 25 de julio de 2013) se aprobó el
Reglamento de Organización y Funciones estableciendo
las atribuciones correspondientes sobre la potestad
sancionadora que corresponde a los órganos de línea
de esta municipalidad constituidas por las Gerencias
y sus respectivas Sub Gerencias, las que conforme al
nuevo Reglamento de Organización y Funciones serán
instructoras y aplicarán la sanción que corresponda al
infractor del ordenamiento jurídico municipal, incluyendo
a la Sub Gerencia de Recaudación y Control de
Deudas perteneciente a la Gerencia de Administración
Tributaria;
Ley Nº 27444, no sólo establece los principios de la
potestad sancionadora administrativa sino que además
prevé los principios establecidos en el título preliminar
de dicha normatividad que son aplicables en todo ámbito
de la administración pública, esto es que incluye a los
gobiernos municipales, y como en nuestro caso a la
Municipalidad Provincial del Santa;
Que, en ese sentido el numeral 3) del Artículo
230º de la norma citada precedentemente, consigna
el principio de razonabilidad señalando que las
autoridades deben prever que la comisión de la
conducta sancionable no resulte más ventajosa para el
infractor que cumplir las normas infringidas o asumir la
sanción; así como que la determinación de la sanción
considere criterios como la existencia o no de la
intencionalidad, el perjuicio causado, la circunstancia
de la comisión de la infracción y la repetición de la
comisión de la infracción;
Que, bajo el contexto de la normatividad citada
la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de esta
comuna ha emitido el Informe Nº 045-2014-GPyP-
MPS de fecha 27 de enero de 2014, mediante el cual
propone la aprobación del Proyecto de Ordenanza
Municipal “Reglamento de Infracciones y Sanciones
Administrativas de la Municipalidad Provincial del Santa”,
correspondiendo aplicar sanciones como las estipuladas
en el tercer y cuarto párrafo del Artículo 46º de la Ley Nº
27972, como sanción de multa, suspensión de licencias
o autorizaciones municipales, clausuras, decomisos,
retención de productos y mobiliario, retiro de elementos
antirreglamentarios, paralización de obras, demoliciones,
internamiento de vehículos, inmovilización de productos,
entre otras;
Que, respecto al proyecto de Ordenanza Municipal
presentado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto,
Nº 27972 ha prescrito que toda ordenanza es una norma de

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