DECRETO SUPREMO N° 014-2014-MINCETUR - Autorizan al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a otorgar subvención económica al Centro de Innovación Tecnológica privado de artesanía y turismo

Fecha de publicación14 Diciembre 2013
Fecha de disposición14 Diciembre 2013
El Peruano
Sábado 14 de diciembre de 2013
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de la República, algunos de los cuales no pueden ser objeto
de delegación de facultades legislativas a la Comisión
Permanente, según lo establecido por el segundo párrafo
del inciso 4) del artículo 101 de la Constitución Política
del Perú; y
EJERCIENDO la facultad de ampliación de la
convocatoria de las Legislaturas Ordinarias, prevista
en el último párrafo del artículo 49 del Reglamento del
Congreso de la República.
DECRETA:
Amplíase la convocatoria de la Primera Legislatura
Ordinaria del Período Anual de Sesiones 2013–2014
hasta el 7 de enero de 2014, con la f‌i nalidad de que el
Pleno del Congreso de la República se reúna para tratar
los siguientes asuntos materia de la agenda f‌i ja:
1. Los dictámenes y proyectos de ley o de resolución
legislativa que se encuentren en el Orden del Día al 15 de
diciembre de 2013.
2. Los dictámenes y proyectos de ley y otros temas
que se incluyan en la Agenda del Pleno del Congreso
por acuerdo de la Junta de Portavoces, según sus
atribuciones.
3. Las proposiciones del Poder Ejecutivo enviadas con
carácter de urgencia.
4. Las Denuncias Constitucionales tramitadas por la
Comisión Permanente.
5. La Moción de Orden del Día 9146, por la cual se
propone que el Congreso de la República interpele al
Ministro de Defensa, señor Pedro Cateriano Bellido.
6. La delegación de facultades legislativas a la
Comisión Permanente del Congreso.
Dado en Lima, en el Palacio del Congreso de la
República, a los doce días del mes de diciembre de dos
mil trece.
Publíquese y cúmplase.
FREDY OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Congreso de la República
1027594-1
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA Y RIEGO
Disponen la prepublicación del
“Proyecto de Lineamientos para la
determinación de la zona de mezcla
y la evaluación del impacto de un
vertimiento de aguas residuales a un
cuerpo natural de agua” en el portal
web de la ANA
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 541-2013-ANA
Lima, 12 de diciembre de 2013
CONSIDERANDO:
Que, según numeral 15.3 del artículo 15º de la Ley Nº
29338, Ley de Recursos Hídricos, la Autoridad Nacional
del Agua tiene como función dictar normas y establecer
procedimientos para asegurar la gestión integral y
sostenible de los recursos hídricos;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-2009-
MINAM se dictaron disposiciones para la implementación
de los Estándares Nacionales de Calidad del Agua
(ECA) para Agua, estableciendo en su artículo 5º, que
la metodología y aspectos para la def‌i nición de la zona
de mezcla serán establecidos por la Autoridad Nacional
del Agua en coordinación con el Ministerio del Ambiente
y con la participación de la autoridad ambiental del sector
correspondiente;
Que, en cumplimiento de las citadas normas, esta
Autoridad a través de su Dirección de Gestión de Recursos
Hídricos ha elaborado el proyecto de “Lineamientos para
la determinación de la zona de mezcla y la evaluación
del impacto de un vertimiento de aguas residuales a un
cuerpo natural de agua”; y,
Que, a f‌i n de recibir opiniones y sugerencias al citado
proyecto resulta necesario disponer su prepublicación;
Estando a lo opinado por la Dirección de Gestión de
Calidad de los Recursos Hídricos, con los vistos de la
Of‌i cina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General,
y conforme al artículo 14° del Decreto Supremo N° 001-
2009-JUS y el artículo 39º del Decreto Supremo Nº 002-
2009-MINAM.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Prepublicación del “Proyecto de
Lineamientos para la determinación de la zona de
mezcla y la evaluación del impacto de un vertimiento
de aguas residuales a un cuerpo natural de agua”
Dispóngase la prepublicación por quince (15) días
hábiles, en el portal web de la Autoridad Nacional del
Agua www.ana.gob.pe el “Proyecto de Lineamientos para
la determinación de la zona de mezcla y la evaluación
del impacto de un vertimiento de aguas residuales a un
cuerpo natural de agua”, a f‌i n que los interesados remitan
sus opiniones y sugerencias a la siguiente dirección de
correo electrónico: aportes.zonademezcla@ana.gob.pe.
Artículo 2º.- Órgano encargado de recepcionar los
aportes y comentarios
Encargar a la Dirección de Gestión de Calidad de los
Recursos Hídricos la recepción y análisis de las opiniones
y sugerencias que se presenten respecto al proyecto de
lineamientos señalado en el artículo precedente de la
presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA
Jefe
Autoridad Nacional del Agua
1027856-1
COMERCIO EXTERIOR
Y TURISMO
Autorizan al Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo a otorgar subvención
económica al Centro de Innovación
Tecnológica privado de artesanía y
turismo
DECRETO SUPREMO
Nº 014-2013-MINCETUR
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 2° de la Ley N° 27267,
Ley de Centros de Innovación Tecnológica – CITEs,
modif‌i cada por la Ley N° 27890, los CITEs son entidades
públicas o privadas que tienen por objeto promover
la innovación, la calidad y la productividad, así como
suministrar información para el desarrollo competitivo de
las diferentes etapas de producción de la industria nacional
y de las actividades artesanales y de servicios turísticos;
asimismo, brindan servicios de control de calidad y
certif‌i cación, asesoramiento y asistencia especializada y
desarrollan programas de capacitación técnica;
Que, los CITEs artesanales y turísticos públicos y
privados están bajo la competencia del Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, a quien compete

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