RESOLUCION N° 005-2014-GR.LAMB/GRDP - Corrigen error material incurrido en la parte resolutiva de Resolución Ejecutiva Regional N° 004-2014-GR.LAMB/GRDP

Fecha de disposición30 Enero 2014
Fecha de publicación30 Enero 2014
El Peruano
Jueves 30 de enero de 2014 515579
se encuentran en la condición de “previstos”, conforme al
anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente
Ordenanza Regional.
Artículo 3º.- Aprobar la modi¿ cación del Cuadro para
Asignación de Personal- CAP de la Dirección de Red de
Salud BEPECA, el mismo que consta de cuatro (04) folios
y trescientos veintiuno (321) cargos en total, de los cuales
trescientos ocho (308) se encuentran en la condición de
“ocupados” y trece (13) se encuentran en la condición de
“previstos”, conforme al anexo adjunto, que forma parte
integrante de la presente Ordenanza Regional.
Artículo 4º.- Aprobar la modi¿ cación del Cuadro para
Asignación de Personal- CAP de la Dirección de Red
de Salud Ventanilla, el mismo que consta de tres (03)
folios y doscientos cuatro (204) cargos en total de los
cuales ciento setenta y seis (176) se encuentran en la
condición de “ocupados” y veintiocho (28) se encuentran
en la condición de “previstos”, conforme al anexo adjunto,
que forma parte integrante de la presente Ordenanza
Regional.
Artículo 5º.- Encargar a la Gerencia de Administración
y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto
y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional
del Callao, dar cumplimento de la presente Ordenanza
Regional.
Artículo 6º.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
O¿ cial El Peruano.
Artículo 7º.- Encargar a la O¿ cina de Tecnologías
de la Información y Comunicaciones, la publicación de
la presente Ordenanza Regional en la Portal WEB del
Gobierno Regional del Callao y en la Portal WEB del
Estado Peruano.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
FÉLIX MORENO CABALLERO
Presidente
1043213-1
GOBIERNO REGIONAL
DE LAMBAYEQUE
Corrigen error material incurrido
en la parte resolutiva de Resolución
Ejecutiva Regional N° 004-2014-
GR.LAMB/GRDP
RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL
Nº 005-2014-GR.LAMB/GRDP.
Chiclayo, 28 de enero de 2014
VISTO:
La Resolución Ejecutiva Regional Nº 004-2014
GR.LAMB/GRDP y O¿ cio Nº 171-2014-GR.LAMB/GRDP;
y,
CONSIDERANDO:
Que mediante acto resolutivo del visto, se OTORGÓ a la
empresa CONSORCIO ELÉCTRICO DE VILLACURÍ SAC
– COELVISAC, la Concesión De¿ nitiva para desarrollar la
Actividad de Distribución de Energía Eléctrica con carácter
de Servicio Público para el Proyecto de Electri¿ cación
Tierras Nuevas en Zona de Olmos, del Distrito de
Olmos, Provincia de Lambayeque y Departamento de
Lambayeque, con una demanda inicial de 12.25 MW, en
los términos y condiciones de la presente Resolución y
que se detallan en el Contrato de Concesión.
Que, conforme es de verse en la Parte Resolutiva de
la Resolución Ejecutiva Regional Nº 004-2014 GR.LAMB/
GRDP de la fecha 22 de enero de 2014, se ha incurrido en
error en la secuencia de los artículos, del Cuarto al Sexto,
omitiendo de manera equívoca el ARTÍCULO QUINTO;
por lo que, estando a lo dispone el Inc. 201.1 del Art.
201º Recti¿ cación de errores de la Ley del Procedimiento
Administrativo General que señale: “Los errores material
o aritmético en los actos administrativos pueden ser
recti¿ cados con efecto retroactivo, en cualquier momento,
de o¿ cio o a instancia de los administrados, siempre que
no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la
decisión”, corresponde corregir el error material incurrido
en el Artículo Segundo de dicho acto administrativo, al
estar amparado por ley.
En uso de la facultades conferidas por la Ley Nº
modi¿ catorias;
SE RESUELVE:
Articulo Primero.- CORREGIR el error material
incurrido en la parte resolutiva de la Resolución Ejecutiva
Regional Nº 004-2014-GR.LAM/GRDP de fecha 22 de
enero de 2014, en consecuencia, donde dice ARTÍCULO
SEXTO debe decir: “ARTÍCULO QUINTO”, quedando
subsistente en lo demás que contiene, conforme a los
argumentos expuestos.
Artículo Segundo.- NOTIFICAR la presente
resolución al interesado, debiendo difundirse a tráves del
Portal Electrónico Institucional www.regionlambayeque.
gob.pe en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº
29091 en su Artículo 5º.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ADOLFO ALBERTO CLEMENT GARCÍA
Gerente Regional
Gerencia Regional de Desarrollo Productivo
1044145-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE ATE
Recepcionar las obras de habilitación
urbana de terreno ubicado en el
distrito
RESOLUCIÓN DE SUB GERENCIA
Nº 1464-2013-MDA/GDU-SGHUE
Ate, 10 de diciembre de 2013
LA SUBGERENTE DE HABILITACIONES URBANAS
Y EDIFICACIONES DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE ATE
VISTO:
El Expediente Nº 33075 de fecha 31 de Julio de 2013,
seguido por la empresa INVERSIONES Y PARTICIPACION
BETA S.A.C. debidamente representado por su Gerente
General JAIME YOSHIYAMA SASAKI; al haber adquirido
el dominio del mencionado inmueble en mérito a la
transferencia de un bloque patrimonial como consecuencia
de la Escisión parcial otorgada por su anterior propietario,
debidamente inscrito en el rubro C0001 de la Partida Nº
49086979 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima;
por el cual solicitan la Recepción de Obra de Habilitación
Urbana Ejecutada, con zoni¿ cación “I-2” – Industria
Liviana, del terreno como lote único con un área matriz
de 6,889.98 m2; ubicado en la Av. Nicolás Ayllón Nº 3525
del distrito de Ate, provincia y departamento de Lima;
cuyos Proyectos de Habilitación Urbana Ejecutada fueron
aprobados mediante Resolución de Subgerencia Nº 1164-
2012-MDA/GDU-SGHUE de fecha 19 de Noviembre de
2012; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Subgerencia Nº 1164-
2012-MDA/GDU-SGHUE de fecha 19 de Noviembre
de 2012, la Subgerencia de habilitaciones Urbanas y
Edi¿ caciones de la Municipalidad Distrital de Ate; Aprueba
de acuerdo con el Plano Nº 048-2012-SGHUE-GDU/MDA

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