RESOLUCION SUPREMA N° 131-2014-PCM - Autorizan viaje de Ministro del Ambiente, a EE.UU, en comisión de servicios, y encargan su Despacho a la Ministra de Trabajo.

Fecha de publicación15 Abril 2014
Fecha de disposición15 Abril 2014
El Peruano
Martes 15 de abril de 2014 521041
Tarucani; afectándose los pastos y la fuente de agua
por los productos piroclásticos; por lo que emite opinión
favorable para la aprobación de la Declaratoria de Estado
de Emergencia del distrito de Ubinas, provincia de General
Sánchez Cerro, departamento de Moquegua y en el distrito
de San Juan de Tarucani, provincia y departamento de
Arequipa, por el plazo de sesenta (60) días calendario,
ante el Muy Alto Riesgo existente y peligro inminente en
dichas zonas;
Que, la magnitud de la situación descrita demanda
la adopción de medidas inmediatas que permitan, a los
Gobiernos Regionales de Moquegua y Arequipa, las
Municipalidades Provinciales de General Sánchez Cerro
y Arequipa, así como las Municipalidades Distritales de
Ubinas y San Juan de Tarucani, según corresponda, con
la coordinación del Instituto Nacional de Defensa Civil
- INDECI, y la participación del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, el Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, el Ministerio de Agricultura y Riego,
el Ministerio de Salud y el Ministerio de la Mujer y
Poblaciones Vulnerables y demás instituciones públicas
y privadas involucradas, en cuanto les corresponda, a
ejecutar acciones inmediatas y necesarias de reducción
y minimización del muy alto riesgo existente en cuanto
corresponda; por lo que se cuenta con la opinión favorable
de la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres de
la Presidencia del Consejo de Ministros emitido con el
Memorándum Nº 112-2014-PCM/SGRD, considerando
que corresponde declarar el Estado de Emergencia;
Que, el numeral 68.1 del artículo 68 del Reglamento
de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de
Gestión del Riesgo de Desastres, aprobado por Decreto
Supremo Nº 048-2011-PCM, señala que la solicitud de
Declaratoria del Estado de Emergencia, es presentada
por el respectivo Gobierno Regional al INDECI con la
debida sustentación, adjuntando el informe de Estimación
del Riesgo o el Informe EDAN, así como la opinión
técnica de los Sectores involucrados, en los casos en que
corresponda;
De conformidad con el inciso 1 del artículo 137 de la
Constitución Política del Perú, con la Ley Nº 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo, así como con el artículo
68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el
Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres,
aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, que
regula el procedimiento de la Declaratoria de Estado de
Emergencia;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y
con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;
DECRETA:
Artículo 1.- Declaratoria de Estado de Emergencia
Declárese en Estado de Emergencia, por el plazo de
sesenta (60) días calendario, en el distrito de Ubinas, en
la provincia de General Sánchez Cerro, del departamento
de Moquegua y en el distrito de San Juan de Tarucani,
de la provincia y departamento de Arequipa, por peligro
inminente, para la ejecución de medidas de excepción
inmediatas y necesarias de reducción y minimización del
muy alto riesgo existente, en cuanto corresponda.
Artículo 2.- Acciones a ejecutar
Los Gobiernos Regionales de Moquegua y Arequipa,
las Municipalidades provinciales de General Sánchez
Cerro y Arequipa, las Municipalidades distritales de Ubinas
y San Juan de Tarucani, en coordinación con el Instituto
Nacional de Defensa Civil - INDECI, y la participación del
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio
de Agricultura y Riego, el Ministerio de Salud y el
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y demás
instituciones públicas y privadas involucradas, dentro de
sus competencias, ejecutarán las medidas de excepción
inmediatas y necesarias de reducción y minimización
del muy alto riesgo existente, en cuanto corresponda;
acciones que pueden ser modi cadas de acuerdo a las
necesidades y elementos de seguridad que se vayan
presentando durante su ejecución, sustentadas en los
estudios técnicos de las entidades competentes.
Artículo 3.- Responsabilidad de las
coordinaciones
El Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, será
responsable de realizar las coordinaciones necesarias
entre los Gobiernos Regionales de Moquegua y Arequipa,
las Municipalidades Provinciales de General Sánchez
Cerro y Arequipa, Distritales de Ubinas y San Juan de
Tarucani, así como con los Sectores, Instituciones y
Organismos del Gobierno Nacional que deben ejecutar
las acciones de reducción y minimización del muy alto
riesgo existente, en cuanto corresponda, con la nalidad
que estas se cumplan dentro del plazo de vigencia de
la Declaratoria de Estado de Emergencia, debiendo
mantener informada a la Secretaría de Gestión del Riesgo
de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros
del avance de las mismas.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de
Vivienda, Construcción y Saneamiento, por el Ministro
de Transportes y Comunicaciones, por el Ministro de
Agricultura y Riego; por la Ministra de Salud y por la
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce
días del mes de abril del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Presidente del Consejo de Ministros
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud
CARMEN OMONTE DURAND
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
1073868-1
Autorizan viaje de Ministro del
Ambiente, a EE.UU., en comisión de
servicios, y encargan su Despacho a la
Ministra de Trabajo
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 131-2014-PCM
Lima, 14 de abril de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el señor Manuel Gerardo Pedro Pulgar-Vidal
Otálora, Ministro de Estado en el Despacho del Ambiente,
deberá asistir al congreso “Gobernar el Cambio Climático:
Nuevas ideas y liderazgo Latinoamericano mientras Perú
se prepara para ser an trión de las negociaciones de
clima de las Naciones Unidas de 2014”, evento que se
realizará los días 16 y 17 de abril de 2014, en la ciudad de
Providence – Estados Unidos de América;
Que, el evento cuenta con el apoyo de la O cina
de la Presidenta, el Centro de Estudios de América
Latina y el Caribe (CLACS), el Centro de Estudios de
Medioambiente (CES), y el Instituto Watson de Estudios
Internacionales de Brown University. La reunión se
enfocará especialmente en el rol de Perú como an trión
de la Vigésima Conferencia de las Partes (COP20)
para el CNMUCC en diciembre de 2014 en Lima, Perú.
Asimismo, este evento también se enfocará en cómo el
grupo relativamente nuevo de países latinoamericanos
conocido como la Alianza Independiente de América
Latina y el Caribe (AILAC), que incluye Perú, Chile,
Colombia, Costa Rica, Guatemala y Panamá, está
creando una “rebelión del medio” al exigir acción
ambiciosa respecto al clima de todos los países y un
acuerdo vinculante sobre el clima para el año 2015;

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