RESOLUCION N° 3245-2014 - Autorizan fusión por absorción de Depósitos S.A. con RB Logística de Inversiones S.A.

Fecha de publicación13 Junio 2014
Fecha de disposición13 Junio 2014
El Peruano
Viernes 13 de junio de 2014 525277
2014-0600-SG/MSI, el 23 de mayo de 2014, tal como se
aprecia a fojas 18 y 21 de autos.
En tal sentido, producida la declaratoria de vacancia
de Raúl Alejandro Cantella Salaverry, la secretaria
general de la Municipalidad Distrital de San Isidro,
mediante Of‌i cio N.º 0350-2014-0600-SG/MSI, recibido
el 28 de mayo de 2014, solicitó al Jurado Nacional de
Elecciones que convocara al candidato no proclamado,
y expida la credencial de alcaldesa del distrito de San
Isidro a Magdalena Denise de Monzarz Stier. Anexó
para dichos efectos las copias certif‌i cadas de los cargos
de notif‌i cación de convocatoria a Sesión Extraordinaria
para el 19 de mayo del año en curso, copias
certif‌i cadas de las actas de sesión, de los Acuerdos
N.º 051-2014/MSI y N.º 052-2014/MSI, así como de
las notif‌i caciones respecto a los citados acuerdos; del
mismo modo, adjuntó un original del acta de defunción
del ciudadano Raúl Alejandro Cantella Salaverry y la
tasa correspondiente, conforme al ítem 55 del artículo
segundo de la Resolución N.º 241-2013-JNE.
CONSIDERANDOS
1. Conforme al artículo 23 de la LOM, la vacancia
del cargo de alcalde o regidor es declarada por
el correspondiente concejo municipal, en sesión
extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios
del número legal de sus miembros, previa notif‌i cación al
afectado para que ejerza su derecho de defensa.
2. Antes de expedir las credenciales a las que
hubiere lugar, corresponde al Jurado Nacional de
Elecciones verif‌i car la legalidad del procedimiento de
vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la
LOM, y constatar, además, si durante el proceso se han
observado los derechos y garantías inherentes al debido
procedimiento.
3. De la revisión de los documentos presentados, se
advierte que el Concejo Distrital de San Isidro declaró la
vacancia de Raúl Alejandro Cantella Salaverry, alcalde
de la citada comuna, por encontrarse inmerso en la
causal contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la
LOM.
4. En vista de que se han cumplido con los requisitos
establecidos en el artículo 23 de la LOM, y se ha acreditado
la causal contemplada en el artículo 22, numeral 1,
de la misma, corresponde emitir las credenciales
correspondientes.
5. De conformidad con el artículo 24 de la LOM, en
caso de vacancia del alcalde este es reemplazado por el
teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue
en su propia lista electoral. Así, corresponde convocar
a Magdalena Denise de Monzarz Stier, identif‌i cada con
Documento Nacional de Identidad N.º 08238238.
6. Para completar el número de regidores, conforme lo
dispone el artículo 24, numeral 2, de la LOM, corresponde
convocar al regidor suplente, en el presente caso, Carmen
Ninoska Vera Luna, identif‌i cada con Documento Nacional
de Identidad N.º 10222185, candidata no proclamada de la
organización política Partido Popular Cristiano (PPC), de
acuerdo a la información remitida por el Jurado Electoral
Especial de Lima Oeste, con motivo de las elecciones
municipales de 2010.
Por lo tanto, el Jurado Nacional de Elecciones, en uso
de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial
otorgada a Raúl Alejandro Cantella Salaverry como
alcalde de la Municipalidad Distrital de San Isidro,
provincia y departamento de Lima, emitida con motivo de
las elecciones municipales del año 2010.
Artículo Segundo.- CONVOCAR a Magdalena
Denise de Monzarz Stier, identif‌i cada con Documento
Nacional de Identidad N.º 08238238, a f‌i n de que asuma
el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de San
Isidro, provincia y departamento de Lima, y complete así
el periodo de gobierno municipal 2011-2014, por lo que se
le otorgará la respectiva credencial.
Artículo Tercero.- CONVOCAR a Carmen Ninoska
Vera Luna, identif‌i cada con Documento Nacional de
Identidad N.º 10222185, a f‌i n de que asuma el cargo de
regidora del Concejo Distrital de San Isidro, provincia y
departamento de Lima, y complete así el periodo de
gobierno municipal 2011-2014, por lo que se le otorgará
la respectiva credencial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
RODRIGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
1095986-6
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan fusión por absorción de
Depósitos S.A. con RB Logística de
Inversiones S.A.
RESOLUCIÓN SBS Nº 3245-2014
Lima, 29 de mayo de 2014
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE
PENSIONES:
VISTA:
La solicitud presentada por Depósitos S.A., en
adelante Depsa, con el objeto que se autorice la fusión
por absorción con la empresa RB Logística de Inversiones
S.A., en adelante RB Logística, actuando la primera
como sociedad absorbente y la segunda como sociedad
absorbida, y extinguiéndose ésta última sin liquidarse;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Tercera Disposición
Final y Complementaria de la Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la
Superintendencia de Banca y Seguros, aprobado mediante
Ley Nº 26702, los Almacenes Generales de Depósito –
AGD se rigen por sus propias leyes y se encuentran bajo
la autoridad y control de esta Superintendencia; contexto
en el cual se emitió el Reglamento de los Almacenes
Generales de Depósito, aprobado mediante Resolución
SBS Nº 040-2002;
Que, conforme al artículo 7º del citado reglamento,
para realizar una reorganización societaria en cualquiera
de las modalidades permitidas por la Ley General de
Sociedades - LGS, aprobada mediante Ley Nº 26887,
los Almacenes Generales de Depósito deben solicitar la
autorización previa de esta Superintendencia;
Que, el procedimiento Nº 94 del Texto Único de
Procedimientos Administrativos —TUPA de esta
Superintendencia regula este tipo de solicitudes señalando
que se deberá presentar una comunicación indicando
el tipo de reorganización societaria que desea realizar,
y adjuntando una copia del acta de la Junta General de
Accionistas en el que conste el acuerdo adoptado con
observancia de los requisitos y formalidades de la LGS;
Que, de la revisión a la documentación remitida a
esta Superintendencia, se aprecia que la Junta General
de Accionistas de Depsa, celebrada el 23 de marzo de
2014, aprobó por junta universal la fusión por absorción
de Depsa como absorbente de RB Logística;

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