DECRETO SUPREMO N° 350-2013-EF - Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Pliego Ministerio de Defensa en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013

Fecha de publicación26 Diciembre 2013
Fecha de disposición26 Diciembre 2013
El Peruano
Jueves 26 de diciembre de 2013
511160
PODER EJECUTIVO
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas a
favor del Pliego Ministerio de Defensa
en el Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2013
DECRETO SUPREMO
Nº 350-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 14 de la Ley N° 28359, Ley de situación
militar de los of‌i ciales de las Fuerzas Armadas, modif‌i cado
por el Decreto Legislativo N° 1143, dispone que el Of‌i cial
en situación de actividad podrá ser nombrado para ocupar
un cargo en el exterior de la República, en representación
de su institución; asimismo, el artículo 29 de la mencionada
Ley establece como supuestos de situación de actividad, a
la comisión de servicio o misión de estudios;
Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal
Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 002-2004-DE-SG, y modif‌i catorias, establece como
modalidad de viajes al exterior con carácter of‌i cial, entre otros,
la Misión de Estudios, la cual incluye a su vez la Compensación
Extraordinaria por Servicios en el Extranjero; asimismo, el
Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en
Misión Diplomática, aprobado mediante Decreto Supremo
N°028-2006-DE-SG, regula los cargos que desempeña el
personal militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática;
Que, mediante Of‌i cios Nºs. 1290 y 1300-2013/
MINDEF/DM, el Ministerio de Defensa ha solicitado una
transferencia de recursos por la suma de TRECE MILLONES
QUINIENTOS CINCO MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 505 325,00), para f‌i nanciar
el pago de los conceptos de Compensación Extraordinaria
por Servicios en el Extranjero y Misión Diplomática;
Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado
de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-
2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del
Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que
constituye un crédito suplementario global, destinada a f‌i nanciar
los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser
previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que
las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo
a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto
supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;
Que, en el presupuesto institucional del año f‌i scal
2013 del pliego Ministerio de Defensa, no se consideró
los recursos para el pago de los conceptos señalados en
los considerandos precedentes, por lo cual, es necesario
autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma
total de TRECE MILLLONES QUINIENTOS CINCO MIL
TRESCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES
(S/. 13 505 325,00), destinada al f‌i nanciamiento de los
conceptos de Compensación Extraordinaria por Servicios
en el Extranjero y Misión Diplomática;
De conformidad con el artículo 45 del Texto Único
Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 304-2012-EF;
DECRETA:
Artículo 1.- Transferencia de Partidas
Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2013, hasta por la suma total de TRECE MILLONES
QUINIENTOS CINCO MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 505 325,00), destinada a
f‌i nanciar los conceptos de Compensación Extraordinaria por
Servicios en el Extranjero y Misión Diplomática, previstos en
el Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG y modif‌i catoria, de
acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y
Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ACTIVIDAD 5 000415 : Administración del Proceso
Presupuestario del Sector
Público
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.0 Reserva de Contingencia 13 505 325,00
--------------------
TOTAL EGRESOS 13 505 325,00
===========
A LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa
UNIDAD EJECUTORA 004 : Marina de Guerra del Perú
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5 002090 : Mantenimiento de la
Operatividad del Efectivo
Militar
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
En Nuevos Soles
GASTOS CORRIENTES
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 13 505 325,00
--------------------
Subtotal UE 004 13 505 325,00
--------------------
TOTAL PLIEGO 026 13 505 325,00
===========
TOTAL EGRESOS 13 505 325,00
===========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente
Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la
desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de
la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5)
días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.
Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5)
días de aprobada a los organismos señalados en el numeral
23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº
28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus veces
en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General
de Presupuesto Público las codif‌i caciones que se requieran
como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas
de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en el Pliego involucrado instruirá a las Unidades
Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas
para Modif‌i cación Presupuestaria” que se requieran, como
consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis
días del mes de diciembre del año dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
1032378-1
Autorizan Transferencia de Partidas
a favor del Gobierno Regional del
departamento de Madre de Dios
DECRETO SUPREMO
N° 351-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29913, se autorizó al Gobierno
Regional del Departamento de Madre de Dios a contratar
hasta 76 profesores, 18 auxiliares de educación y 36

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