ACUERDO N° 0147-2013-MPC - Autorizan viaje de Regidora a República Dominicana, en comisión de servicios.

Fecha de disposición02 Febrero 2014
Fecha de publicación02 Febrero 2014
El Peruano
Domingo 2 de febrero de 2014
516002
Constitucional del 7 de marzo del 2002, establece que las
Municipalidades gozan de autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia,
concordante, con lo establecido en el artículo II del
Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades;
Que, mediante Ordenanza Nº 029-2013/MDV de
25 de octubre de 2013 se aprobó el benef‌i cio tributario
que condona y/o exonera deudas de arbitrios a los
contribuyentes del distrito de Ventanilla que brindan un
servicio de apoyo y asistencia social a los sectores más
vulnerables de la población, con vigencia hasta el 31 de
diciembre de 2013, conforme se establece en el artículo 6º
de la citada norma;
Que, la Cuarta Disposición Complementaria y Final de
la norma acotada, faculta al Alcalde para que mediante
Decreto de Alcaldía prorrogue su vigencia y/o dicte las
disposiciones reglamentarias que resulten necesarias para
su mejor aplicación:
Que, mediante Informe Nº 55-2013/MDV-GRM
de 24 de diciembre de 2013, la Gerencia de Rentas
Municipales, indica que luego de la entrada en vigencia
de la Ordenanza Nº 029-2013/MDV los sujetos
benef‌i ciarios de la norma han venido presentando sus
solicitudes para la condonación y/o exoneración de los
arbitrios municipales; sin embargo al existir un número
considerable de contribuyentes que potencialmente
pueden acogerse al referido benef‌i cio, y siendo que el
otorgamiento de este benef‌i cio implica el inicio de un
procedimiento administrativo con la correspondiente
presentación de documentos y/o requisitos, es de
opinión que se prorrogue su vigencia por un año, hasta
el 31 de diciembre de 2014.
Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, señala que: los decretos de alcaldía
establecen normas reglamentarias y de aplicación de las
ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios
para la correcta y ef‌i ciente administración municipal y
resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés
para el vecindario, que no sean de competencia del
concejo municipal;
Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones
conferidas en el artículo 20 inciso 6) de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972;
DECRETA:
Artículo 1º.- PRORROGAR la vigencia de la
Ordenanza Municipal Nº 029-2013/MDV de 25 de octubre
de 2013 que condona y/o exonera deudas de arbitrios a
los contribuyentes del distrito de Ventanilla que brindan un
servicio de apoyo y asistencia social a los sectores más
vulnerables de la población, hasta el 31 de diciembre de
2014.
Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas
Municipales y a las Subgerencias dependientes de dicha
unidad orgánica, el cumplimiento de lo dispuesto en el
presente Decreto de Alcaldía.
Artículo 3º.- El presente Decreto de Alcaldía entrará
en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en
el Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA
Alcalde
1045076-4
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CUSCO
Autorizan viaje de Regidora a República
Dominicana, en comisión de servicios
ACUERDO MUNICIPAL
Nº 0147-2013-MPC
Cusco, 19 de diciembre de 2013.
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD
DEL CUSCO
CONSIDERANDO:
Que, según lo dispuesto por el Artículo 194º de
la Constitución Política del Perú, las Municipalidades
Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno
Local, las mismas que cuentan con autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su
competencia. Dicha autonomía según el Artículo II del
Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades
Ley Nº 27972, radica en ejercer actos de gobierno,
administrativos y de administración, con sujeción al
ordenamiento jurídico;
Que, mediante Carta suscrita por Carlos Vogeler,
Director Regional para las Américas de la Organización
Mundial de Turismo, extiende la invitación a la señora
Regidora Silvia Uscamaita Otárola, a participar en el
Seminario Internacional sobre Gestión de los Destinos
Turísticos del Patrimonio Cultural, organizado por
el Ministerio de Turismo y la Organización Mundial
del Turismo, a realizarse los días 17 y 18 de febrero
de 2014, en la ciudad de Santo Domingo, República
Dominicana;
Que, mediante Carta Nº 098 – 2013 – SR II / MPC,
suscrita por la señora Regidora Silvia Uscamaita Otárola,
informa que ha recibido la invitación de la Organización
Mundial de Turismo, a participar en el Seminario
Internacional sobre Gestión de los Destinos Turísticos del
Patrimonio Cultural, a realizarse los días 17 y 18 de febrero
de 2014, en la ciudad de Santo Domingo, República
Dominicana;
Que, asimismo, el Artículo 41º de la Ley Orgánica
de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que, los
Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas
a asuntos específ‌i cos de interés público, vecinal o
institucional que expresan la voluntad del órgano de
gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a
una conducta o norma institucional;
Por tanto, estando a lo establecido por el Artículo 41º
el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del
Cusco, aprobó por MAYORIA, en la sesión de la fecha,
con dispensa del trámite de lectura y aprobación del
acta:
ACORDO:
Artículo Primero.- APROBAR, la participación de
la Municipalidad Provincial del Cusco en el Seminario
Internacional sobre Gestión de los Destinos Turísticos
del Patrimonio Cultural, organizado por el Ministerio de
Turismo y la Organización Mundial del Turismo, a realizarse
los días 17 y 18 de febrero de 2014, en la ciudad de Santo
Domingo, República Dominicana.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la participación
de la señora Regidora Silvia Uscamaita Otárola, en el
evento referido en el artículo anterior, para lo cual deberá
otorgársele:
- Pasajes aéreos nacionales Cusco – Lima – Cusco, US$ 167.68
- Viáticos nacionales por dos días, S/. 640.00 y
- Viáticos internacionales por cuatro días, US$ 1,260.00.
Artículo Tercero.- PRECISAR, que los gastos de
pasajes aéreos internacionales así como los de alojamiento,
durante los días del evento de la señora Regidora Silvia
Uscamaita Otárola, serán cubiertos íntegramente por los
organizadores.
Artículo Cuarto.- PRECISAR, de conformidad a lo
establecido por el Acuerdo Municipal Nº 058-04-MC, la
señora Regidora Silvia Uscamaita Otárola, deberá emitir
un informe detallado describiendo las acciones realizadas
y los resultados obtenidos en la sesión ordinaria inmediata
posterior a la realización del viaje.
Regístrese, comuníquese y archívese.
LUIS ARTURO FLOREZ GARCIA
Alcalde
1045062-1

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