DECRETO DE ALCALDIA N° 010-2013-MDC - Aprueban Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores

Fecha de publicación27 Diciembre 2013
Fecha de disposición27 Diciembre 2013
El Peruano
Viernes 27 de diciembre de 2013 511309
estrategias y acciones de quienes intervienen en la gestión
y el manejo de los residuos sólidos.
Que, la Segunda Disposición Complementaria,
Transitoria y Final del Reglamento de la Ley General de
Residuos Sólidos aprobado por el Decreto Supremo Nº
057-2004-PCM establece la obligación de una adecuada
disposición f‌i nal de residuos cualquiera sea su origen, por
lo que esta obligación se hace extensiva a los residuos
sólidos de la construcción y demolición resultantes
de las actividades de construcción, rehabilitación,
restauración, remodelación y demolición de edif‌i caciones
e infraestructura.
establece que los gobiernos locales representan al
vecindario, promueven la adecuada prestación de los
servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible
y armónico de su circunscripción; y conforme al inciso 2,
numeral 2.1 del artículo 73º, tienen, dentro del marco de las
competencias y funciones específ‌i cas la que sumen con
carácter compartido, el saneamiento ambiental, salubridad
y salud, que conlleven al saneamiento ambiental, así
como, la limpieza, higiene y salubridad en los lugares
públicos, lo cual puede realizar en estrecha coordinación y
en forma compartida con la Municipalidad Provincial y los
Órganos Regionales, conforme lo establece el artículo 75º
de la citada Ley.
Que, los numerales 3.1 y 3.4 del inciso 3 del artículo
establece como funciones específ‌i cas exclusivas de
las municipalidades distritales, proveer del servicio de
limpieza pública, determinando las áreas de acumulación
de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento
industrial de desperdicios; así como f‌i scalizar y realizar
labores de control respecto de la emisión de humos, gases,
ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera
y el ambiente, respectivamente.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2013-EF
publicado en el Diario Of‌i cial El Peruano de fecha 10 de
enero de 2013 se aprueban los Procedimientos para el
cumplimiento de Metas y la Asignación de los Recursos
del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y
Modernización Municipal del año 2013, donde la
Municipalidad Distrital de Puente Piedra deberá cumplir
metas respecto a la mejora de la gestión de los residuos
sólidos de la construcción y demolición; y el propósito de
establecer una adecuada gestión de los residuos sólidos
de construcción y demolición de obras menores a nivel
municipal.
Que, informe Nº 447- 2013-GAJ-MDPP de la Gerencia
de Asesoría Jurídica, concluye que el Plan de Gestión de
Residuos de la construcción y demolición depositados en
espacios públicos y de obras menores, se encuadra dentro
del marco legal de las competencias de los gobiernos
locales, razón por la cual deberá aprobarse a través del
Decreto de Alcaldía correspondiente.
De conformidad a lo dispuesto en el inciso 6) del
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Gestión de
Residuos de Construcción y Demolición depositados en
espacios públicos y de obras menores, de la Municipalidad
Distrital de Puente Piedra.
Artículo Segundo.- DISPONER que se remita la
publicación del presente Decreto de Alcaldía así como el
Plan de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición
depositados en espacios públicos y de obras menores de
la Municipalidad Distrital de Puente Piedra a la Of‌i cina de
Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de
Gestión Ambiental la implementación y ejecución del Plan
de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición
depositados en espacios públicos y de obras menores de
la Municipalidad Distrital de Puente Piedra.
Artículo Cuarto.- NOTIFICAR el presente Decreto
de Alcaldía a la Unidades Orgánicas pertinentes de
la Municipalidad Distrital de Puente Piedra a f‌i n que
brinden las facilidades del caso a la Gerencia de Gestión
Ambiental, respecto a la implementación y ejecución del
Plan de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición
depositados en espacios públicos y de obras menores.
Artículo Quinto.- DISPONER la publicación del
presente Decreto de Alcaldía en el Diario Of‌i cial El Peruano,
así como en el Portal de Transparencia de la Municipalidad
Distrital de Puente Piedra
Artículo Sexto.- El presente Decreto de Alcaldía
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ESTEBAN F. MONZON FERNANDEZ
Alcalde
1031827-1
MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
Aprueban Plan de Gestión de Residuos
de la Construcción y Demolición
depositados en espacios públicos y de
obras menores de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 021-2013-MSB-A
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN BORJA
VISTOS:
El Informe Nº409-2013-MSB-GM-GMAOP-UOPIM, de
fecha 20 de Diciembre del 2013, Informe Nº187-2013-MSB-
GM-GDU, de fecha 20 de Diciembre del 2013, Informe
Nº639-2013-MSB-GM-GAJ, de fecha 23 de Diciembre del
2013 y el Memorandum Nº1630-2013-MSB-GM, de fecha
23 de Diciembre del 2013.
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de San Borja, en su
condición de gobierno local, cuenta con autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos
de su competencia, tiene régimen especial en la
Ley de Descentralización y en la Ley Orgánica de
Municipalidades y ejerce sus competencias dentro del
ámbito del distrito de San Borja, conforme lo establece
el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica
de Municipalidades N° 27972, en concordancia con lo
del Perú;
Que, la Ley N° 27314 – Ley General de Residuos
Sólidos, establece derechos y obligaciones, atribuciones
y responsabilidades de la sociedad en su conjunto para
asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos,
sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a
los Principios de Minimización, Prevención, de Riesgo
Ambiental y Protección de la Salud y el bienestar de la
persona humana; la gestión de los residuos sólidos en el
país tiene como f‌i nalidad su manejo integral y sostenible,
mediante la articulación, integración y compatibilización de
las políticas, planes, programas, estrategias y acciones
de quienes intervienen en la gestión y el manejo de los
residuos sólidos;
Que, la Segunda Disposición Complementaria,
Transitoria y Final del Reglamento de la Ley General
de Residuos Sólidos aprobado por el Decreto Supremo
N° 057-2004-PCM establece la obligación de una
adecuada disposición final de residuos cualquiera
sea su origen así como la importación de residuos
sólidos, por lo que esta obligación se hace extensiva
a los residuos sólidos de la construcción y demolición
resultante de las actividades de construcción,
rehabilitación, restauración, remodelación y demolición
de edificaciones e infraestructura;
establece que los gobiernos locales representan al
vecindario, promueven la adecuada prestación de los
servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible
y armónico de su circunscripción, y conforme al cardenal 2,
numeral 2.1 del artículo 73°, tienen, dentro del marco de las
competencias y funciones específ‌i cas la que sumen con
carácter compartido el saneamiento ambiental, salubridad
y salud, que conlleven al saneamiento ambiental, así
como, la limpieza, higiene y salubridad en los lugares

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR