ORDENANZA N° 015-2013-GR.CAJ-CR - Aprueban la creación del Observatorio Regional de Recursos Humanos en Salud

Fecha de publicación15 Noviembre 2013
Fecha de disposición15 Noviembre 2013
El Peruano
Viernes 15 de noviembre de 2013
507180
Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia General
Regional en coordinación con la Gerencia Regional
de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial convoque a las Unidades Orgánicas y Rindentes
del Gobierno Regional Cajamarca, para la aplicación
e implementación de la ZEE como instrumento técnico
orientador del uso sostenible de nuestro territorio y sus
recursos naturales; y, la implementación del Plan de
Acción para el Ordenamiento Territorial del Departamento
de Cajamarca. Por cuanto, tal como se establece en el
Decreto Supremo N° 087-2004-PCM, Reglamento de
Zonif‌i cación Ecológica y Económica, una vez aprobada
deberá utilizarse de manera obligatoria como instrumento
de planif‌i cación y de gestión del territorio.
Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional
la publicación de la presente Ordenanza Regional en el
Diario Of‌i cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del
Gobierno Regional Cajamarca (www.regioncajamarca.
gob.pe).
Setimo.- La presente Ordenanza Regional entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la sede institucional del gobierno regional
cajamarca, el primer día del mes de octubre del año dos
mil trece.
GREGORIO SANTOS GUERRERO
Presidente Regional
1013927-1
Aprueban la creación del Observatorio
Regional de Recursos Humanos en
Salud
ORDENANZA REGIONAL
Nº 015-2013-GR.CAJ-CR
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
CAJAMARCA
POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL CAJAMARCA
Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, en virtud a lo prescrito en el artículo 191º de
la Constitución Política, los Gobiernos Regionales son
personas jurídicas de derecho público con autonomía
política, económica y administrativa en asuntos de su
competencia;
Que, la Ley N° 27783 Ley de Bases de la
Descentralización, en el artículo 8° señala que la autonomía
es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en
sus tres niveles, de normar, regular y administrar los
asuntos públicos de su competencia (…) en el artículo 9°
numeral 9.2 establece que la Autonomía administrativa
es la facultad que tienen los gobiernos regionales de
organizarse internamente, determinar y reglamentar los
servicios públicos de su responsabilidad;
Que, el artículo 49° de la Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales dispone entre las funciones de los gobiernos
regionales en materia de salud las siguientes, literal a)
Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar
y administrar las políticas de salud de la región en
concordancia con las políticas nacionales y los planes
sectoriales. m) Poner a disposición de la población,
información útil sobre la gestión del sector, así como de la
oferta de infraestructura y servicios de salud. n) Promover
la formación, capacitación y el desarrollo de los recursos
humanos y articular los servicios de salud en la docencia
e investigación y proyección a la comunidad. o) Evaluar
periódicamente y de manera sistemática los logros
alcanzados por la región en materia sanitaria;
Que, en virtud a lo dispuesto en el artículo 38º del
mismo dispositivo legal, es competencia del Gobierno
Regional Cajamarca, emitir Ordenanzas Regionales que
norman asuntos de carácter general, la organización y
la administración del Gobierno Regional y reglamentan
materias de su competencia (…);
Que, uno de los principales problemas que afronta la
Región Cajamarca, es el déf‌i cit de Recursos Humanos en
Salud, el que se puede ver ref‌l ejado en las 13 provincias
de la Región, situación que muestra la necesidad de
establecer un proceso de recopilación, sistematización,
monitoreo, investigación y evaluación de la situación de
los recursos humanos a nivel regional;
Que, el Ministerio de Salud a nivel nacional ha constituido
el “Observatorio Nacional de Recursos Humanos de Salud”
(ONRHUS) como un espacio de articulación de actores e
instituciones, siendo conducido por la Dirección General de
Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio
de Salud, cuyo objetivo principal es generar conocimiento
e información basada en evidencias para la toma de
decisiones que permitan mejorar la calidad y efectividad
de las políticas, y propuestas de intervención orientadas al
desarrollo equitativo de calidad de los recursos humanos en
salud y de la población en general;
Que, mediante Acuerdo Regional N° 023-2013-
GR.CAJ-CR, de fecha 13 de marzo del 2013 se crea la
Mesa de Alto Nivel para el Logro de los Objetivos del
Milenio en Salud en la Región Cajamarca, en la que
se ha acordado proponer la constitución de una
Unidad Técnica de información de recursos humanos
(Observatorio Regional de Recursos Humanos)
coordinando la asistencia técnica del Ministerio de Salud,
la Organización Panamericana de la Salud, CARE Perú
- Foro Salud para el mejor desarrollo de esta unidad;
Que, mediante Dictamen N° 027-2013-GR.CAJ-CR/
COAJ-CODE, evacuado por las Comisiones Ordinarias
de Asuntos Jurídicos y Desarrollo Social, de fecha 09 de
setiembre del año 2013, se emite opinión favorable para
la aprobación del Proyecto de Ordenanza Regional para
“La Constitución del Observatorio Regional de Recursos
Humanos”, proyecto remitido por el Presidente Regional,
Prof. Gregorio Santos Guerrero, por los argumentos que
se exponen en los considerandos precedentes;
Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo
Regional del Gobierno Regional Cajamarca en su
Sesión Ordinaria de fecha 01 de octubre del año 2013;
y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la
Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales Nº 27867, modif‌i cada por las Leyes Nº 27902,
28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del
Consejo del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado
mediante Ordenanza Regional Nº 010-2011-GR.CAJ-CR,
por unanimidad el Pleno aprobó la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL
Primero.- APROBAR la creación del Observatorio
Regional de Recursos Humanos en Salud, como Unidad
Técnica Funcional de Información Estratégica en Recursos
Humanos, adscrita a la Of‌i cina de Gestión y Desarrollo
de Recursos Humanos de la Dirección Regional de Salud
Cajamarca.
Segundo.- El Observatorio Regional de Recursos
Humanos en Salud, está conformada por:
• Un representante del Gobierno Regional Cajamarca.
• Un representante de la Dirección Regional de Salud
Cajamarca.
• Un representante de Essalud.
• Un representante del Consejo Regional XVII
Cajamarca – Colegio Médico del Perú.
• Un representante del Consejo Regional de Enfermeros
XIII Cajamarca – Colegio de Enfermeros del Perú.
• Un representante del Colegio de Odontólogos de
Cajamarca
• Un representante del Colegio de Psicólogos de
Cajamarca.
• Un representante del Consejo Regional de Obstetras
XVI Cajamarca – Colegio de Obstetras del Perú.
• Un representante de la Universidad Nacional de
Cajamarca.
• Un representante de la Universidad Privada Alas
Peruanas.
• Un representante de la Universidad Privada San
Pedro.
• Un representante de la Universidad Privada del
Norte.

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