ACUERDO N° 042-2013-CMDA - Autorizan viaje de Alcalde a Francia, en comisión de servicios

Fecha de disposición05 Julio 2013
Fecha de publicación05 Julio 2013
El Peruano
Viernes 5 de julio de 2013
498730
orgánicos, escarif‌i cando y mejorando su calidad en
un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material
granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos
al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como
mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modif‌i cado de
Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las
partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro
máximo de 2”.
Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse
una capa de base af‌i rmada de 0.20 m de espesor,
compactado, provenientes de cantera seleccionada, que
contenga proporciones adecuadas de material gruesos
(con diámetros máximo de 1 ½”, f‌i nos y ligantes en
proporciones adecuadas. La mezcla y compactación
se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo
contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el
95% de la Densidad Proctor Modif‌i cado de Laboratorio
para un índice de C.B.R. de 80.
Se procurara una superf‌i cie lisa y uniforme con el
conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando
mantener el nivel de las tapas de buzones para la
aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor.
Superf‌i cie de Rodadura.- Estará constituida por una
capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo,
que se aplicará previa imprimación de la superf‌i cie de
base con asfalto líquido RC-250.
Aceras.- Serán de concreto de calidad de f’c=175Kg/
cm2 de 0.10 m. de espesor y su colocación se efectuará
sobre un terraplén de material limpio de buena calidad
y debidamente compactado. El desnivel con relación a
la calzada terminada será de 0.20m, y el acabado será
con mezcla cemento-arena f‌i na en porción 1:2 de un (01)
centímetro de espesor. Los Radios de abanicos en las
esquinas serán de 6.00m.
Sardineles.- En ambos lados de las calzadas,
conf‌i nando y protegiendo sus bordes, y a nivel de dichas
calzadas, se construirán sardineles de concreto de calidad
f’c=175Kg/cm2 y de dimensiones 0.15 x 0.30m. En los
extremos libres de las aceras o extremos en contacto con
jardines se construirán sardineles de concreto de calidad
y acabado f‌i nal igual a las aceras, en forma monolítica y
homogénea con ellas y de dimensiones 0.15 x 0.30m.
Rampas y Bermas para personas con
discapacidad.- En los lugares señalados en el plano de
trazado y lotización, se construirán rampas en las bermas,
que conectarán los niveles superiores de las aceras y de
las calzadas, de acuerdo a los dispuesto en la Norma
Técnica NTE – U.190 “ADECUACION URBANISTICA
PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD” aprobada por
Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha
07 de Febrero del 2001.
Artículo Tercero.- DISPONER la reserva de las
áreas para la instalación de las subestaciones de
distribución eléctrica a favor de EDELNOR, cuyas
características deberán ser sin construcción en los aires
y sin construcción debajo de ésta, con cara a vía pública
y acceso independiente. Dichas áreas se constituirán
como servidumbres de ocupación para la instalación de
las subestaciones de distribución y de tránsito para la
custodia, conservación y reparación de dicha instalación,
que establece el Artículo 110º de la Norma Técnica de
Calidad de Servicio Eléctrico (NTCSE). La primera área
se encuentra constituida como Lote 7A de la Mz. “B”, cuya
extensión superf‌i cial es de 53.66 m2, con frente a la Calle
B, y la segunda área se encuentra constituida como Lote
10A de la Mz. “G”, cuya extensión superf‌i cial es de 59.92
m2, con frente a la Calle 5.
Artículo Cuarto.- REMITIR una copia del FUHU, de
los planos de trazado y lotización, la Memoria Descriptiva
y la Resolución correspondiente a la Municipalidad
Metropolitana de Lima, a la Superintendencia Nacional
de los Registros Públicos para la inscripción del lote
resultante y al Ministerio de Educación, Emilima S.A. y
Serpar Lima para su conocimiento.
Artículo Quinto.- DISPONER la Publicación de la
presente Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano para
su publicación, en un plazo que no debe exceder de los
30 días siguientes de notif‌i cada la misma, a cargo del
propietario del predio objeto de la Habilitación Urbana.
Artículo Sexto.- PONER EN CONOCIMIENTO
a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de
Administración y Finanzas, Subgerencia de Obras
Privadas y Subgerencia de Informática y Desarrollo
Tecnológico, de acuerdo a sus competencias, incorporar
la Habilitación Urbana a que se ref‌i ere el artículo primero
de la presente resolución, al Plano Urbano del Distrito
de San Martín de Porres, así como registrar los predios
resultantes en el Registro de Contribuyentes y Margesí
de Bienes Inmuebles de la Municipalidad Distrital de San
Martín de Porres, cuando corresponda.
Artículo Séptimo.- NOTIFICAR el presente acto
administrativo a MINISTERIO DE TRANSPORTES
Y COMUNICACIONES, representada por su Director
General Sr. Jesús Hernán Burga Ramírez.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ELIANA LEDESMA CUEVA
Subgerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas
957842-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE AMANTANI
Autorizan viaje de Alcalde a Francia,
en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 042-2013-CMDA
Amantaní, 25 de junio del 2013
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE AMANTANI
VISTO:
El Acta de Sesión Ordinaria, de fecha dieciséis de
junio del dos mil trece, estando al Of‌i cio de invitación al
evento “40e” FESTIVAL DE GANNAT LES CULTURES
DU MONDE 2013 EN PARIS-FRANCIA, suscrito por
JEAN ROCHE, General Delegate and Artistic Director
Association Nationale Cultures et Traditions; por lo que el
pleno lo somete a debate;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el documento del visto, se invita al
señor alcalde a participar en el “40” Festival de Gannat
Les Cultures du Monde 2013, a cumplirse desde el 11
de Julio al 22 de Agosto de 2013, en la ciudad de Paris-
Francia;
Que, resulta de suma importancia la participación del
alcalde en el citado Festival, toda vez que se promocionará
al destino turístico de la Isla de Amantaní, ubicado en el
lago navegable más alto del mundo “El Titicaca”, en la que
se promoverá el turismo vivencial comunitario, artesanía.
El mismo que contribuirá en el desarrollo local;
Que, el artículo 9º numeral 11) de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972, establece que corresponde al
Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país
que en comisión de servicios o en representación de la
Municipalidad realice el Alcalde, por lo que la autorización
de viaje deberá ser aprobado por el Concejo Municipal;
Que, en el artículo 10º numeral 10.1 de la Ley Nº
29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2013, señala que «Quedan prohibidos los viajes al
exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo
a recursos públicos, salvo los siguientes casos, que se
autorizan mediante resolución del titular de la entidad (...),
los altos funcionarios y autoridades del Estado que se
ref‌i ere la Ley Nº 28212», cabe agregar que esta última
norma hace referencia a los Alcaldes cuyas autorizaciones
se aprueban mediante acuerdo de concejo municipal,
según corresponda; asimismo es pertinente establecer

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR