DECRETO DE ALCALDIA N° 13-2013-ALC-MDL - Aprueban el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de Lince.

Fecha de disposición26 Diciembre 2013
Fecha de publicación26 Diciembre 2013
El Peruano
Jueves 26 de diciembre de 2013 511153
al saneamiento ambiental, así como, la limpieza, higiene
y salubridad en los lugares públicos, lo cual puede realizar
en estrecha coordinación y en forma compartida con la
Municipalidad Provincial y los Órganos Regionales,
conforme lo establece el artículo 75º de la citada Ley;
Que, los numerales 3.1 y 3.4 del cardenal 3. del artículo
establece como funciones específ‌i cas exclusivas de
las municipalidades distritales, proveer del servicio de
limpieza pública determinando las áreas de acumulación
de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento
industrial de desperdicios, así como f‌i scalizar y realizar
labores de control respecto de la emisión de humos,
gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la
atmósfera y el ambiente, respectivamente.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2013-EF
publicado en el Diario Of‌i cial El Peruano de fecha 10 de
enero de 2013 se aprueban los Procedimientos para el
cumplimiento de Metas y la Asignación de los Recursos del
Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización
Municipal del año 2013, donde la Municipalidad Distrital de
Independencia deberá cumplir metas respecto a la mejora de
la gestión de los residuos sólidos la construcción y demolición
y el propósito de establecer una adecuada gestión de los
RCD de obras menores a nivel municipal;
De conformidad a lo dispuesto en el inciso 6) del
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Gestión de
Residuos de la Construcción y Demolición depositados en
espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad
Distrital de Independencia.
Artículo Segundo.- DISPONER que se remita la
publicación del presente Decreto de Alcaldía así como
el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y
Demolición depositados en espacios públicos y de obras
menores de la Municipalidad Distrital de Independencia a
la Of‌i cina de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de
Gestión Ambiental la implementación y ejecución del Plan
de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición
depositados en espacios públicos y de obras menores de
la Municipalidad Distrital de Independencia.
Artículo Cuarto.- NOTIFICAR el presente Decreto
de Alcaldía a la Unidades Orgánicas pertinentes de la
Municipalidad Distrital de Independencia a f‌i n que brinden
las facilidades del caso a la Gerencia de Gestión Ambiental
respecto a la implementación y ejecución del Plan de
Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición
depositados en espacios públicos y de obras menores.
Artículo Quinto.- DISPONER la publicación del
presente Decreto de Alcaldía en el Diario Of‌i cial El
Peruano, así como en el Portal de Transparencia de la
Municipalidad Distrital de Independencia.
Artículo Sexto.- DISPONER que el presente Decreto
de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su
publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
EVANS R. FUENTES OCAÑA
Alcalde
1031797-1
MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban el Plan de Gestión de Residuos
de la Construcción y Demolición
depositados en espacios públicos y
de obras menores de la Municipalidad
Distrital de Lince
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 13-2013-ALC-MDL
Lince, 24 de diciembre de 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LINCE
VISTOS:
El Informe Nº 107-2013-MDL-GSAC/SGRS de fecha
17 de diciembre de 2013, emitido por la Subgerencia de
Gestión de Residuos Sólidos y Saneamiento Ambiental
y el Informe Nº 782-2013-MDL-OAJ de fecha 18 de
diciembre de 2013, de la Of‌i cina de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de Lince en su
condición de gobierno local, cuenta con autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, tiene régimen especial en la Ley de
Descentralización y en la Ley Orgánica de Municipalidades
y ejerce sus competencias dentro del ámbito del distrito
de Lince, conforme lo establece el Artículo ll del Título
Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades
27972, en concordancia con lo señalado en el artículo
Que, la Ley N° 27314 - Ley General de Residuos
Sólidos, establece derechos, obligaciones, atribuciones
y responsabilidades de la sociedad en su conjunto para
asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos,
sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a
los Principios de Minimización, Prevención, de Riesgo
Ambiental y Protección de la Salud y el bienestar de la
persona humana; la gestión de los residuos sólidos en el
país tiene como f‌i nalidad su manejo integral y sostenible,
mediante la articulación, integración y compatibilización
de las políticas, planes, programas, estrategias y acciones
de quienes intervienen en la gestión y el manejo de los
residuos sólidos;
Que, la Segunda Disposición Complementaria,
Transitoria y Final del Reglamento de la Ley General de
Residuos Sólidos aprobado por el Decreto Supremo N°
057-2004-PCM establece la obligación de una adecuada
disposición f‌i nal de residuos cualquiera sea su origen así
como la importación de residuos sólidos, por lo que esta
obligación se hace extensiva a los residuos sólidos de la
construcción y demolición resultantes de las actividades de
construcción, rehabilitación, restauración, remodelación y
demolición de edif‌i caciones e infraestructura;
Que, la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades, establece que los gobiernos locales
representan al vecindario, promueven la adecuada
prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo
integral, sostenible y armónico de su circunscripción, y
conforme al cardenal 2, numeral 2.1 del artículo 73°,
tienen, dentro del marco de las competencias y funciones
específ‌i cas la que sumen con carácter compartido
el saneamiento ambiental, salubridad y salud, que
conlleven al saneamiento ambiental, así como, la
limpieza, higiene y salubridad en los lugares públicos,
lo cual puede realizar en estrecha coordinación y en
forma compartida con la Municipalidad Provincial y los
Órganos Regionales, conforme lo establece el artículo
75° de la citada Ley;
Que, los numerales 3.1 y 3.4 del cardenal 3. del
artículo 80° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades, establece como funciones específ‌i cas
exclusivas de las municipalidades distritales, proveer
del servicio de limpieza pública determinando las áreas
de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el
aprovechamiento industrial de desperdicios, así como
f‌i scalizar y realizar labores de control respecto de la
emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos
contaminantes de la atmósfera y el ambiente,
respectivamente;
Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2013-
EF publicado en el Diario Of‌i cial El Peruano de fecha
10 de enero de 2013 se aprueban los Procedimientos
para el cumplimiento de Metas y la Asignación de los
Recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la
Gestión y Modernización Municipal del año 2013, donde
la Municipalidad Distrital de Lince deberá cumplir metas
respecto a la mejora de la gestión de los residuos sólidos
la construcción y demolición y el propósito de establecer
una adecuada gestión de los RCD de obras menores a
nivel municipal;

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