ORDENANZA N° 215-2012-MDPH - Autorizan celebración de Matrimonio Civil Comunitario 2012

Fecha de disposición09 Febrero 2012
Fecha de publicación09 Febrero 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 9 de febrero de 2012
460674
POR CUANTO:
El Concejo Municipal Distrital de Chorrillos, en Sesión
Ordinaria de fecha 23 de Diciembre del 2011; y,
CONSIDERANDO:
Estado, modif‌i cada por la Ley de Reforma Constitucional
Nº 27680, establece que las municipalidades provinciales
y distritales son Órganos de Gobierno Local que gozan
de autonomía Política, Económica y Administrativa en los
asuntos de su competencia, pueden crear, modif‌i car y
suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas, dentro
de su jurisdicción; correspondiendo al Concejo Municipal
la función normativa a través de ordenanzas, las que tiene
rango de Ley, conforme al numeral 4) del artículo 200º de
nuestra Carta Magna.
Que mediante Ordenanza Nº 185-MDCH se aprobó
el monto a pagar por derecho de Emisión Mecanizada de
actualización de valores, determinación del impuesto y de
vencimiento de pago del impuesto Predial 2011.
Que, mediante Informe Nº 468-2011-GR-MDCH, de la
Gerencia de Rentas, la proyección de los costos de emisión
mecanizada de las declaraciones juradas del impuesto
predial para el ejercicio 2012 , no tienen variación sustancial
en la estructura de costos, comparada con la Ordenanza
Nº 185-MDCH, que ratif‌i ca la Ordenanza Nº 150-MDCH
modif‌i cada por la ordenanza Nº 134-MDCH.
Que estando a lo expuesto al Informe Nº 1336-2011-GAJ-
MDCH mediante el cual, la Gerencia de Asesoría Jurídica
expresa su conformidad con la presente Ordenanza y en uso
de las facultades concedidas por el inciso 8). Del Artículo
Nº 27972 , el Concejo Municipal aprobó, con dispensa de
lectura y aprobación del acta, lo siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE
LOS DERECHOS DE EMISION
MECANIZADA DE ACTUALIZACION
DE VALORES, DETERMINACION DEL IMPUESTO
Y DE VENCIMIENTO DE PAGO POR
EL IMPUESTO PREDIAL 2012
Artículo Primero.- MARCO LEGAL
Aprobar la emisión mecanizada de las Declaraciones
Juradas del impuesto Predial del Ejercicio Tributario 2012
y dispóngase que para efectos de establecer los derechos
de emisión mecanizadas de actualización de valores,
determinación del Impuesto Predial 2011, el marco legal
aplicable será aprobado mediante la Ordenanza Nº 185-
MDCH, que ratif‌i ca la Ordenanza Nº 150-MDCH, la cual a
su vez ratif‌i ca la Ordenanza Nº 130-MDCH modif‌i cada por
la Ordenanza Nº 134-MDCH, ratif‌i cada por la Municipalidad
Metropolitana de Lima, mediante el acuerdo de Concejo de
fecha 17 de marzo del 2008.
Artículo Segundo.- DETERMINACION DEL DERECHO
DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE
DECLARACIONES JURADAS Y DETERMINACION DEL
IMPUESTO PREDIAL DEL EJERCICIO TRIBUTARIO
2012
Determínese para el Ejercicio 2012 los mismos importes
establecidos en la Ordenanza Nº 185-MDCH que ratif‌i ca
la Ordenanza Nº 150-MDCH, la cual a su vez ratif‌i ca la
Ordenanza Nº 130-MDCH modif‌i cada por la Ordenanza Nº
134-MDCH, ratif‌i cada por la Municipalidad Metropolitana
de Lima, mediante el acuerdo de Concejo de fecha 17 de
marzo del 2008 y publicada el 29 de Marzo del 2008, es
decir el monto de S/. 13.00 (TRECE y 00/100 NUEVOS
SOLES), por concepto de derecho de emisión mecanizada
de actualización de Declaración Jurada y determinación
del Impuesto Predial y por cada predio adicional (PU) se
abonara la suma de S/.4.00 (CUATRO y 00/100 NUEVOS
SOLES).
Artículo Tercero.- DETERMINACION DE LAS
FECHAS DE VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO
PREDIAL 2012.
Establecer como fecha de vencimiento del pago del
Impuesto Predial del ejercicio 2011:
a) Al contado hasta el último día hábil de febrero del
2012.
b) En forma fraccionada hasta en cuatro cuotas
trimestrales cuyos vencimientos son los últimos días hábiles
del mes de febrero, mayo, agosto y noviembre del 2012.
DISPOSICIONES TRANSITORIA Y FINALES
Primera.- FACULTADES REGLAMENTARIAS
Facúltese al Señor Alcalde para que mediante
Decreto de Alcaldía, dicte las Disposiciones
complementarias para la adecuada aplicación de la
presente ordenanza.
Segunda.- VALIDEZ Y VIGENCIA
La presente Ordenanza entrara en vigencia al siguiente
día de su publicación.
Tercera.- ENCARGATURA
Encargar a la Gerencia de Administración, Gerencia de
Rentas y Sub Gerencia de Informática el cumplimiento de
la presente Ordenanza.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO
Alcalde
744332-1
MUNICIPALIDAD DE
PUNTA HERMOSA
Autorizan celebración de Matrimonio
Civil Comunitario 2012
ORDENANZA Nº 215-2012-MDPH
Punta Hermosa, 30 de enero de 2012
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA
POR CUANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PUNTA
HERMOSA
VISTO: en Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº
008-2012/MDPH-OAJ y el Informe Nº 002-2012-RR.CC-
MDPH, con el voto UNÁNIME de los señores Regidores y
con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación de Acta;
y,
CONSIDERANDO:
Estado, modif‌i cada por la ley de Reforma Nº 28607,
establece que las Municipalidades provinciales y
distritales son órganos de gobierno local con autonomía
política, económica y administrativa de los asuntos de su
competencia;
Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica
de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que los
gobiernos locales gozan de autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia. La
autonomía de la Constitución Política del Perú establece
para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer
actos de gobierno, administrativos y de administración, con
sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el Artículo 4º de la Constitución Política señala:
“La comunidad y el estado protegen especialmente
al niño, al adolecente, a la madre y al anciano en
situación de abandono. También protegen a la familia
y promueven el matrimonio. Reconocen a estos
últimos como institutos naturales y fundamentales de
la sociedad (…);
Que, el Art. 233º del Código Civil, señala que: “La
regulación jurídica de la familia tiene por f‌i nalidad contribuir
a su consolidación y fortalecimiento, en armonía con los
principios y normas proclamados en la Constitución Política
del Perú”
Que, mediante Informe Nº 094-2011-SG-MMS, la
Of‌i cina de Registro de Estado Civil presenta el “Plan de
Matrimonio Civil Comunitario 2012” que expone como
puntos técnicos sustentatorios los siguientes: (i) Que,

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