ACUERDO N° 052-2012-MDJM - Autorizan viaje de regidora a Argentina, en comisión de servicios

Fecha de disposición23 Noviembre 2012
Fecha de publicación23 Noviembre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 23 de noviembre de 2012
479216
a) Multas impuestas hasta el año 2008 : 95% de descuento
b) Multas impuestas los años 2009 y 2010: 90% de descuento
c) Multas impuestas los años 2011 y 2012: 85% de descuento
d) Multas por construir sin licencia
(cualquier año): 50% de descuento.
El pago de la multa no exime al administrado del
cumplimiento de la medida correctiva que corresponda.
Artículo Sétimo.- Benef‌i cio de gastos y costas
procesales
Por cada expediente coactivo, se aplicará por concepto
de gastos y costas procesales los montos que se detallan
a continuación, en función al monto de la deuda:
a) Deuda hasta S/. 1,000.00: S/. 15.00 (Quince y 00/100
Nuevos Soles).
b) Deuda de S/. 1,000.01 S/. 30.00 (Treinta y 00/100
a S/.2,000.00: Nuevos Soles).
c) Deuda mayor a S/.2,000.00: S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100
Nuevos Soles).
Artículo Octavo. - Reconocimiento de deuda
El pago de las deudas tributarias y administrativas
con los benef‌i cios establecidos en la presente ordenanza
implica el desistimiento automático de los recursos
pendientes de atención, de reconsideración, reclamación
y/o apelación ante la administración.
Cuando la deuda se encuentre impugnada ante el Tribunal
Fiscal o el Poder Judicial, deberán presentar copia del cargo
del escrito de desistimiento presentado ante los órganos
competentes respectivos en el plazo de 30 días hábiles de
haberse acogido al benef‌i cio, de lo contrario se revertirá el
benef‌i cio aplicado y se procederá a imputar en la deuda del
obligado el monto cancelado como pago a cuenta.
Artículo Noveno.- Deudas en ejecución coactiva
Las deudas que se encuentren en cobranza por la vía
coactiva habiéndose ordenado dentro del correspondiente
procedimiento el inicio de la ejecución forzosa de alguna
medida cautelar, no gozarán de los benef‌i cios otorgados
por la presente Ordenanza.
Las deudas que se encuentren en proceso de revisión
judicial del procedimiento de ejecución coactiva y/o
Queja ante el Tribunal Fiscal, gozarán de los benef‌i cios
previstos en la presente Ordenanza, pero deberán
presentar el original del escrito con f‌i rma legalizada del
titular o representante, de desistimiento de la queja ante el
Tribunal Fiscal y de la pretensión ante el Poder Judicial.
Artículo Décimo.- Facultades delegadas
Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto
de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la
correcta aplicación de la presente Ordenanza así como
para disponer la prórroga correspondiente.
Artículo Undécimo.- Vigencia
La presente Ordenanza rige desde el día siguiente de
su publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano hasta el 07
de diciembre del 2012, inclusive.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
ENRIQUE OCROSPOMA PELLA
Alcalde
869346-1
Autorizan viaje de regidora a Argentina,
en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 052-2012-MDJM
Jesús María, 20 de noviembre del 2012
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS
MARÍA
VISTO; en sesión ordinaria de Concejo de la fecha;
con el voto mayoritario de los señores Regidores, con la
dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta;
y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante comunicación de fecha 17 de
setiembre del 2012, el Sr. Francisco Gutiérrez, Intendente
del Municipio de Quilmes, ha cursado la invitación
formal para que el Alcalde de la Municipalidad o un
representante participe en la 17º Cumbre de la Red de
MERCOCIUDADES, denominada “Hacia una Cultura
de Integración Regional” a realizarse en la ciudad de
Quilmes, Buenos Aires, República Argentina, los días 28,
29 y 30 de noviembre del 2012;
Que, mediante Informe Nº 00101-2012-MJM/GPP/
SGPIPCTyPE de fecha 06 de noviembre del 2012, la
Sub Gerencia de Promoción de la Inversión Privada,
Cooperación Técnica y Proyectos Especiales informó que
la participación de la Municipalidad en la Cumbre pretende
la búsqueda y el hallazgo de un futuro más promisorio
para las generaciones futuras, haciendo prevalecer
las soluciones conjuntas para los problemas comunes
y desarrollar un rol más relevante en los procesos de
integración y en las agendas internacionales;
Que, el Despacho de Alcaldía, considerando la
importancia del mismo, ha recomendado que la Regidora
María Monserrat Antonia Benavides Alegría asista en su
representación al citado evento;
Que, el numeral 11 del artículo 9 de la Ley Nº 27972
Orgánica de Municipalidades dispone que corresponde
al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del
país, que en comisión de servicios o representación
de la Municipalidad realice el Alcalde y cualquier otro
funcionario;
Que, la Ley Nº 27619 establece las normas que regulan
la autorización de viajes al exterior de funcionarios públicos
que irroguen gasto al Tesoro Público, en concordancia
con la Ley de Presupuesto y las normas de austeridad
vigentes.
Que, mediante Memorándum Nº 211-2012-GPP/MDJM
del 09 de noviembre del 2012, la Gerencia Planeamiento
y Presupuesto ha determinado que los gastos que irroga
la asistencia al referido evento, comprende pasajes de ida
y vuelta, cuyo monto total asciende a S/. 2,211.30;
Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto,
mediante Informe Nº 2601-2012-MDJM-GPP de fecha
19 de noviembre del 2012, informa que se cuenta
con la disponibilidad presupuestal respectiva de
acuerdo a la cadena de gasto siguiente: Rubro 09
Recursos Directamente Recaudados, Meta 03, Partida
Específica: 2.3.2.1.1.1, Pasajes y Gastos de Trasporte
(Monto S/. 2,211.30);
Que, con Informe Nº 1534-2012-MDJM-GAJyRC del 08
de noviembre del 2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica
opina se autorice por excepción el viaje al exterior de la
Regidora María Monserrat Antonia Benavides Alegría a la
ciudad de Quilmes, Buenos Aires, República Argentina;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del
artículo 9 de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades,
el Concejo Municipal, arribo al siguiente;
ACUERDO:
Artículo Primero.- AUTORIZASE, por excepción,
el viaje en representación y comisión de servicios a
la señora María Monserrat Antonia Benavides Alegría,
Regidora de la Municipalidad Distrital de Jesús María,
a la ciudad de Quilmes, Buenos Aires, República
Argentina, del 28 al 30 de noviembre del 2011, para los
f‌i nes expuestos en la parte considerativa del presente
Acuerdo.
Artículo Segundo.- Los costos que se deriven de
la presente comisión de servicios serán f‌i nanciados
con cargo a los recursos según se detalla en la parte
considerativa del presente Acuerdo, ascendiendo al
monto de S/. 2,211.30;
Artículo Tercero.- La citada funcionaria efectuará
al Concejo Municipal un informe sobre los resultados
del evento y las acciones que se deriven a favor de la
Municipalidad Distrital de Jesús María, dentro de los
quince (15) días calendario siguientes de concluida la
comisión de servicios.

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