DECRETO DE ALCALDIA N° 001-2012/MDSMP - Convocan a la realización de Matrimonios Civiles Comunitarios

EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
Fecha de la disposición24 de Enero de 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 24 de enero de 2012 459741
Tercera.- VIGENCIA: La presente Ordenanza entrará
en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FREDDY S. TERNERO CORRALES
Alcalde
744418-1
Modifican la Ordenanza Nº 322-
MDSMP
ORDENANZA Nº 324-MDSMP
San Martín de Porres, 16 de enero del 2012
EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTÍN
DE PORRES
POR CUANTO:
En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha
16.ENERO.2012, con el quórum reglamentario de
los señores regidores, se trató sobre modif‌i cación de
Ordenanza aprobada y publicada; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 322-MDSMP (29.
DICIEMBRE.2011), publicada en el diario of‌i cial “El
Peruano” con fecha 30.DICIEMBRE.2011, se aprobó la
Tabla de Valores Unitarios para la Valuación de Otras
instalaciones, en cuyo Segundo considerando no aparece
si dicha aprobación fue por votación Unánime o Mayoritaria
de los señores regidores; lo que deviene necesario
modif‌i car, al amparo de lo que dispone el artículo 201,
numeral 201.1 de la Ley Nº 27444 – del Procedimiento
Administrativo General; y estando a los informes de la
Of‌i cina de Secretaría General (Memorándum Nº 055-
2012-SG/MDSMP) y de la Gerencia de Asesoría Jurídica
(Informe Nº 026-2012-GAJ/MDSMP), manteniendo plena
vigencia y validez legal lo demás que contiene dicha
Ordenanza;
De conformidad con los artículos 9, inciso 8); 39 y
40 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades,
así como artículo 201, numeral 201.1 de la Ley Nº 27444
– del Procedimiento Administrativo General; con el Voto
Mayoritario de los señores regidores y con la dispensa de
la lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de
San Martín de Porres aprueba la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Único.- MODIFICAR el Segundo considerando
de la Ordenanza Nº 322-MDSMP (29.DICIEMBRE.2012),
publicada en el diario of‌i cial “El Peruano” con fecha
30.DICIEMBRE.2011, conforme al siguiente detalle:
DICE:
“…con el Voto … de los señores regidores…”
DEBE DECIR:
“…con el Voto MAYORITARIO de los señores
regidores…”
Manteniendo plena vigencia y validez legal lo demás
que contiene dicho dispositivo municipal.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FREDDY S. TERNERO CORRALES
Alcalde
744419-1
Convocan a la realización de
Matrimonios Civiles Comunitarios
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 001-2012/MDSMP
San Martín de Porres, 09 de Enero del 2012
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN
DE PORRES
VISTO: El Informe Nº 001-2012-SG/MDSMP de la
Of‌i cina de Secretaría General, sobre la realización de
matrimonios civiles comunitarios para el año 2012; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe de Visto, la Of‌i cina de Secretaría
General de esta corporación municipal alcanza la propuesta
para la realización de matrimonios civiles comunitarios en
el transcurso del año 2012, con la f‌i nalidad de formalizar la
situación conyugal de muchas parejas de limitados recursos
económicos, toda vez que existe demanda comunal al
respecto, de acuerdo al Informe Nº 371-2011-GSPS-DRC/
MDSMP de la Encargada de Matrimonios Civiles; por lo
que corresponde brindar a los contrayentes que se acojan
a esta convocatoria las máximas facilidades posibles;
Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 248,
252 y demás concordantes del Código Civil vigente,
corresponde al alcalde celebrar los matrimonios y
dispensar la publicación de los edictos matrimoniales a
los contrayentes en casos especiales como el presente;
De conformidad con los artículos 20, Inc. 6) y 42 de la
Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades, así como
artículos 248, 252 y demás concordantes del Código Civil
vigente;
DECRETA:
Artículo Primero.- CONVOCAR la realización de
Matrimonios Civiles Comunitarios, en las fechas y motivos
que se indican a continuación:
19.MAYO.2012, por el 62º Aniversario de creación de
nuestro Distrito
08.SETIEMBRE.2012, por el Día de la Familia
15.DICIEMBRE.2012, por el advenimiento de la Fiesta
Navideña.
Artículo Segundo.- DISPONER la reducción de
los requisitos y derechos establecidos en el TUPA
para contraer matrimonio civil, aplicable sólo para los
Matrimonios Civiles Comunitarios materia del presente
decreto, siendo los siguientes:
- Partidas de Nacimiento actualizadas de los
contrayentes.
- DNI originales y copias autenticadas por fedatario
municipal
- Declaración notarial de dos testigos (no familiares)
respecto al estado civil de los contrayentes, acompañando
documentos de identidad en original y copia autenticada
por fedatario municipal
- Declaración jurada de domicilio de los contrayentes y
recibo de luz y/o agua si está a nombre de los mismos
- Fotografía a color, tamaño pasaporte, reciente, de
cada contrayente
- Certif‌i cado médico prenupcial y consejería de SIDA
- En caso de menores, divorciados, viudos y/o
extranjeros, adjuntar requisitos exigidos por ley.
- Pago Único: S/. 70.00 Nuevos Soles
Artículo Tercero.- Conforme al artículo 252 del Código
Civil vigente, dispensar de la publicación de los Edictos
Matrimoniales a los contrayentes de los Matrimonios Civiles
Comunitarios convocados a través del presente decreto.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FREDDY S. TERNERO CORRALES
Alcalde
744420-1

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