RESOLUCION MINISTERIAL N° 0032-2012-ED - Aprueban Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Educación

Fecha de disposición24 Enero 2012
Fecha de publicación24 Enero 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 24 de enero de 2012 459711
EDUCACION
Aprueban Reglamento de Procesos
Administrativos Disciplinarios del
Ministerio de Educación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0032-2012-ED
Lima, 23 de enero de 2012
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del
Ministerio de Educación, modif‌i cado por la Ley Nº 26510,
dispone que el Sector Educación está conformado por el
Ministerio de Educación, que es el órgano central y rector,
y por sus diversos organismos públicos descentralizados;
Que, según la Primera Disposición Complementaria
del referido Decreto Ley Nº 25762, modif‌i cado por la
Ley Nº 26510, el Ministerio de Educación se encuentra
facultado para dictar en el ámbito de su competencia,
las disposiciones complementarias necesarias para
perfeccionar su estructura y mejorar su funcionamiento;
Que, el Decreto Legislativo Nº 276 que aprueba la Ley
de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones
del Sector Público y su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo Nº 005-90-PCM, desarrollan entre otros temas,
el régimen de faltas disciplinarias sancionables aplicable a
los servidores y funcionarios públicos así como las normas
que regulan el proceso administrativo disciplinario;
Que, la Ley Nº 27815 que aprueba la Ley del Código
de Ética de la Función Pública modif‌i cada por la Ley Nº
28496 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo
Nº 033-2005-PCM, tipif‌i ca las faltas éticas en que pueden
incurrir los empleados públicos, entendiéndose por
tales, a todo funcionario o servidor de la Administración
Pública en cualquiera de los niveles jerárquicos, sea éste
nombrado, contratado, designado, de conf‌i anza o electo,
que desempeñe actividades o funciones en nombre del
servicio del Estado; estableciendo además, el régimen de
sanciones y el procedimiento administrativo disciplinario
correspondientes;
Que, según la Ley Nº 28175 que aprueba la Ley Marco
del Empleo Público, establece que todo empleado público
que incurre en falta administrativa grave será sometido a
procedimiento administrativo disciplinario;
Que, el artículo 239 de la Ley Nº 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General, tipif‌i ca, entre
otras cosas, las faltas administrativas en que incurren
las autoridades y el personal al servicio de las entidades
públicas, estableciendo las sanciones y procedimientos
disciplinarios aplicables;
Que, resulta necesario aprobar un documento
normativo que contenga disposiciones sobre las faltas
disciplinarias de carácter ético y administrativo contenidas
en las normas antes mencionadas, que sean de aplicación
en el Ministerio de Educación, como parte del ejercicio de
su rectoría sectorial;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 276, su Reglamento aprobado por Decreto
Supremo Nº 005-90-PCM, la Ley Nº 27815 modif‌i cada
por Ley Nº 28496, su Reglamento aprobado por Decreto
Supremo Nº 033-2005-PCM, la Ley Nº 28175, el Decreto
Ley Nº 25762 modif‌i cado por la Ley Nº 26510, y en el
Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, que aprueba el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Educación y sus modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Procesos
Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Educación,
que consta de Siete (7) Capítulos, Cincuenta y Ocho
(58) Artículos, Tres (3) Disposiciones Complementarias
Finales, una (1) Única Disposición Complementaria
Transitoria y una (1) Única Disposición Complementaria
Derogatoria; el mismo que forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2º.- Disponer que la Of‌i cina de Prensa
y Comunicaciones publique la presente Resolución
Ministerial así como el documento normativo aprobado
en el artículo 1 precedente, en el Portal Institucional
del Ministerio de Educación http://www.minedu.gob.pe/
normatividad/, el mismo día de su publicación en el Diario
Of‌i cial “El Peruano”.
Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Directiva Nº 201-SG-
OA-UPER así como cualquier otra disposición que se
oponga o contravenga la presente Resolución Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA SALAS O’BRIEN
Ministra de Educación
744774-1
Aprueban “Lineamientos Nacionales
para el desarrollo del Proceso de
Admisión en los Institutos y Escuelas
de Educación Superior en las carreras
de formación docente” y modifican el
Plan de Adecuación de los actuales
Institutos y Escuelas de Educación
Superior a la Ley N° 29394
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0033-2012-ED
Lima, 23 de enero de 2012
Visto el Of‌i cio N° 01546-2011-ME/VMGP-DIGESUTP;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Of‌i cio de Visto, la Dirección General
de Educación Superior y Técnico Profesional, dependiente
del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio
de Educación, pone a consideración del Viceministerio de
Gestión Pedagógica el proyecto de Resolución Ministerial
y el Informe N° 001-2011-ME/VMGP-DIGESUTP-DESP/
AMPO-MJSC, que lo sustenta, que tiene por objeto
aprobar los “Lineamientos Nacionales para el desarrollo
del Proceso de Admisión en los Institutos y Escuelas
de Educación Superior en las carreras de formación
docente”;
Que, de acuerdo con el literal h) del artículo 39 del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N°
006-2006-ED, es función de la Dirección de Educación
Superior Pedagógica, dependiente de la Dirección
General de Educación Superior y Técnico Profesional, del
Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de
Educación, elaborar normas académicas y administrativas
referidas al ingreso, promoción, certif‌i cación, titulación,
traslado, convalidación, revalidación y otros de las
instituciones de Educación Superior Pedagógica
dependientes del Ministerio de Educación;
Que, conforme a lo establecido en el primer párrafo
del artículo 17 de la Ley N° 29394, Ley de Institutos y
Escuelas de Educación Superior, el proceso de admisión
a los Institutos y Escuelas se realiza por concurso de
admisión u otra modalidad establecida por el sector al que
se encuentran vinculados;
Que, en concordancia con lo establecido por el artículo
17 de la Ley N° 29394, el artículo 23 del Reglamento de
la precitada Ley, aprobado por el Decreto Supremo N°
004-2010-ED, establece, entre otros, que la admisión
a los Institutos y Escuelas de Educación Superior, se
rige por las normas generales del proceso de admisión
establecidas por el Ministerio de Educación;
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar los
“Lineamientos Nacionales para el desarrollo del Proceso
de Admisión en los Institutos y Escuelas de Educación
Superior en las carreras de formación docente”, formulados
por la Dirección de Educación Superior Pedagógica,
dependiente de la Dirección General de Educación
Superior y Técnico Profesional, del Viceministerio de
Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación;
De conformidad, con lo dispuesto en el Decreto Ley
N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,
modif‌i cado por la Ley N° 26510, la Ley N° 29394, Ley
de Institutos y Escuelas de Educación Superior, y su

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